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Prólogo

Repensar el Derecho Procesal ante una sociedad disruptiva

Dr. Horacio R. Granero

Hace poco más de tres años preparábamos el prólogo de la segunda edición de este libro que tuvo una extraordinaria aceptación gracias a la excelencia de los artículos y los autores que gentilmente colaboraron en su elaboración, lo que nos ha alentado a desarrollar esta tercera.

Internet ha supuesto una auténtica revolución en los últimos 30 años, pasando de ser una fuente de información y comunicación muy útil a erigirse en un recurso completamente imprescindible en casi todas las actividades de nuestra sociedad. En lo que atañe al mundo jurídico, se puede afirmar que Internet ha sido y está siendo una herramienta muy útil para los juristas de todos los ámbitos.

Sin embargo, junto a este “Internet de la información” está emergiendo un modelo nuevo conocido como el “internet de las cosas”, en el que las personas, además de transmitir información, pueden llegar a transmitir genuino valor a través de una red. Una de las manifestaciones es la conocida como “tecnología de bloques” o blockchain y el fenómeno asociado de las criptomonedas, que se presentan capaces de suponer una auténtica revolución que puede afectar significativamente, entre otros muchos, al mundo jurídico.

Nos cuesta acostumbrarnos a esta corriente denominada de la “economía disruptiva”, donde se quiere imponer modelos o costumbres no por el hecho de ser prolijamente desarrolladas, sino pura y simplemente porque irrumpen como soluciones, eliminando intermediarios y reduciendo costos. Uber y Airbnb fueron un ejemplo.

En particular, blockchain abre la puerta a la posibilidad de crear verdaderos contratos inteligentes, antes casi propios de la ciencia ficción, capaces de ejecutar sus cláusulas automáticamente una vez verificado el cumplimiento de sus términos, sin intervención alguna de las partes, lo que va a modificar los criterios probatorios en un futuro muy cercano, y es por ello que incluimos un artículo de mi autoría sobre “Contratos inteligentes y blockchain. ¿Las cadenas de bloques pueden convertir a Uber en pasado de moda?” En la sección de temas de Derecho Civil y Comercial, conjuntamente con temas clásicos como “Eficacia probatoria de las comunicaciones electrónicas” –por Eduardo Molina Quiroga–, se incluye el análisis de aquellos influidos por las nuevas tecnologías, como “Los mensajes de WhatsApp en la jurisprudencia civil argentina. Incorporación de estos documentos al proceso judicial” –de autoría de Gastón Bielli– y “El WhatsApp y la privacidad en el proceso judicial” –escrito en coautoría por Silvia Toscano y Luciano Galmarini–. A ello se le suma el análisis sobre la “Validez probatoria del correo electrónico en el proceso civil y comercial”, por Luis Ramunno y los aspectos técnicos y procesales sobre informática forense en: “Prueba digital: nuevos paradigmas en la Justicia. Validez probatoria de e-mails, chats y redes sociales”, por Pablo Rodríguez Romeo. Los Dres. Gasparini y Putschek profundizan en estos interesantes temas desde la óptica del Derecho Comercial y el Dr. Resqui Pizarro aborda la implicancia de las comunicaciones electrónicas en la Propiedad Horizontal.

En el capítulo sobre relaciones de familia, se hace hincapié en “La prueba electrónica y los procesos de familia (WhatsApp, archivos multimedia y Facebook)” por Gabriel Hernán Quadri.

Posteriormente, el libro se introduce en el ámbito del Derecho Laboral, considerando “Las controversias derivadas del uso del correo electrónico laboral y la jurisprudencia. ¿Qué respuestas nos brinda la jurisprudencia?” –por María Inés Abarrategui– y analiza diversos aspectos en torno a “La valoración de la prueba electrónica en sede laboral”, por Carlos Jonathan Ordoñez.

En el capítulo referido al Derecho Penal se investigan las “Técnicas de investigación y vigilancia electrónicas en el proceso penal y el derecho a la privacidad en la moderna sociedad de la información” por Gustavo Eduardo Aboso; la “Prueba Digital en la nube” por Christian Sueiro, y ya, en forma específica, se aborda el “Delito de grooming. Valoraciones en torno a la validez probatoria de WhatsApp, Facebook, correo electrónico con perspectiva de la infancia y de género” por Gabriela Yuba, y “El uso de los medios tecnológicos en los delitos contra la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes” de autoría de Andrea Quaranta, finalizando el capítulo con un análisis de “La prueba de videos en los procesos penal y civil” por Martín Pirota y Pérez Dudiuk

Concluye la obra con doctrina extranjera, mediante un estudio vinculado a “Qué pruebas se pueden obtener sin autorización judicial en España”, de autoría de José Sánchez Hernández.

Todo ello nos permite concluir, como decíamos en el prólogo de la primera edición, que no cabe duda que es un momento fascinante, donde no procede ni refugiarse en criterios que, en muchos casos, han quedado obsoletos o simplemente en desuso, ni tampoco embarcarse en aventuras irresponsables de aceptación de parámetros que pongan en peligro el derecho de la legítima defensa en juicio y la garantía del debido proceso. Tratar de predecir lo que va a pasar en el futuro tomando ciertos datos del presente y del pasado es, desde luego, razonable, pero no asegura el éxito de la predicción.

Sean estas últimas palabras de felicitaciones al excelente Equipo de Redacción de elDial.com, liderado por Romina Lozano, que, bajo la coordinación de María Rosa Steckbaner, han realizado un excelente trabajo de recopilación de notas de doctrina y fallos de reciente y muy importante aplicación.

Buenos Aires, enero 2019

E-Mails, chats, WhatsApps, SMS, Facebook, filmaciones con teléfonos móviles y otras tecnologías

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