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Prólogo DR. LUIS ARRIAGA VALENZUELA, SJ (1)

LA SITUACIÓN DE LA VIOLENCIA RELACIONADA CON LAS DROGAS EN MÉXICO DEL 2006 AL 2017: ¿ES UN CONFLICTO ARMADO NO INTERNACIONAL?

México está sumido en una ola de violencia armada sin precedentes en su historia reciente. Desde hace al menos una década, los derechos humanos de cientos de miles de personas (mexicanos y extranjeros, particularmente migrantes centroamericanos en tránsito) han sido violentados de manera sistemática y, en el caso de algunas violaciones concretas (como la tortura y la desaparición en ciertas regiones del país), de manera generalizada.

Existe un amplio consenso en el sentido de que esto derivó, por un lado, de la “guerra contra las drogas” y la militarización extrema de la seguridad pública en el país (inaugurada por el gobierno de Felipe Calderón y continuada por los de Enrique Peña Nieto y Andrés Manuel López Obrador). Por otro lado, derivó también del aumento cualitativo y cuantitativo de la violencia perpetrada por actores no estatales vinculados a la delincuencia organizada.

En no pocas regiones del país, la población quedó inerme entre la cruenta violencia de las organizaciones criminales y la violencia desproporcionada de las fuerzas de seguridad.

Como es sabido, el marco conceptual y normativo de los derechos humanos ofrece un conjunto consolidado de conceptos y normas aplicable en contextos como este. Un “lenguaje” para “nombrar” la violencia; un recurso para denunciar el comportamiento de los perpetradores y, sobre todo, para exigir jurídica y políticamente justicia y reparación para las víctimas, así como la no repetición para la sociedad en su conjunto.

Personalmente, a mi paso por la dirección del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, obra social de la Compañía de Jesús, pude constatar de primera mano cómo este bagaje de los derechos humanos es útil y potente para develar realidades de opresión y encauzar, en un lenguaje cuya legitimidad aceptan todos los actores, las demandas de las víctimas.

Desde la óptica de los derechos humanos, pocos se atreverían a negar que México está atravesando por una crisis de derechos humanos. (2) Por lo tanto, parece no haber controversia sobre la competencia de distintas instancias especializadas en derechos humanos, jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, para abordar la situación en su conjunto y los casos específicos, con el fin último de lograr que los derechos humanos sean respetados, protegidos y garantizados, y que posibles futuras violaciones sean prevenidas.

Pero desde otras perspectivas, la dimensión cuantitativa de la violencia (es decir, el masivo número de asesinatos, desapariciones, actos de tortura y desplazamiento forzado, entre otros) ha llevado a distintos analistas a preguntarse si la situación que enfrenta México es propiamente hablando un “conflicto armado interno”.

Como recordará el lector, en 2017 el informe anual sobre conflictos armados del International Institute for Strategic Studies (IISS) causó gran revuelo y controversia al resaltar que el conflicto en México había sido el segundo más violento del mundo en el año 2016, solamente superado por el de Siria, pero por encima de los de Irak y Afganistán. (3)

La discusión sobre la categorización de la situación de violencia en México como un “conflicto armado interno” se ha comenzado a dar, más allá de los círculos de la prensa y la política, también en los ámbitos académico y de la sociedad civil. De esta manera, desde las universidades y las organizaciones de la sociedad civil nos preguntamos si la situación de violencia armada en México (sin duda brutal y extendida por prácticamente todo el país) puede ser (o incluso si debe ser) entendida como un “conflicto armado no internacional” (CANI), según lo estipulado por el Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Por supuesto, la pregunta sobre si la violencia en el país constituye un CANI no se resuelve de manera fácil ni automática. Desde la perspectiva técnico–jurídica, las respuestas son complejas y no están libres de controversia. Es un debate abierto y lo tenemos que abordar.

Desde el ITESO pensamos que la discusión sobre la clasificación del “conflicto” es relevante. Por ello, en colaboración con la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), ofrecemos al lector este informe.

El reporte, elaborado por la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Leiden, ofrece un análisis técnico–jurídico sobre la clasificación de la violencia armada en México. La pregunta central que se aborda es si la situación en México constituye un CANI. Para ello, el reporte rastrea las dos dimensiones clave en la clasificación de un CANI: la intensidad del conflicto (en términos del número de víctimas y otros elementos) y la dimensión organizacional de los grupos armados criminales que se enfrentan a las fuerzas del Estado mexicano. Con base en este análisis, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Leiden concluye que ambos criterios se cumplen.

Esto, por supuesto, exige discusiones más amplias. Particularmente, en el iteso nos tenemos que preguntar si la distinción tajante entre las fuerzas del Estado y las organizaciones delictivas no termina soslayando que en múltiples regiones del país lo que acontece más bien es un fenómeno de macrocriminalidad, al que le son propias estructuras criminales mixtas en las que ya no puede trazarse la línea entre los agentes estatales y los agentes no estatales, como mostró el caso Ayotzinapa. En este sentido, es posible que los desgastados organigramas de las organizaciones criminales que presentan los medios de comunicación o que difunden las autoridades federales tras la captura de algún alto mando del crimen disten de ser una caracterización apropiada.

Al margen de lo anterior, desde el iteso nos tenemos que preguntar también si en efecto la caracterización de la situación de México como un CANI, la posibilidad de aplicar a este contexto el DIH y la calificación de las atrocidades ocurridas en el país como crímenes de lesa humanidad susceptibles de ser conocidos por la Corte Penal Internacional (CPI), verdaderamente abren caminos concretos de justicia y verdad para las víctimas de este México lastimado. Para una institución como la nuestra, esa es en última instancia la pregunta primera y última, pues lo que ha acontecido en nuestra nación en los últimos tres lustros nos exige plantear soluciones concretas, plausibles y de cara a las víctimas. Desde luego, estas preguntas quedan todavía en el aire.

Mediante la publicación de este informe, no obstante, esperamos contribuir, al menos en parte, al desarrollo de una discusión que estamos convencidos necesitamos tener.

1- Rector del ITESO. Abogado y doctor en Educación para la Justicia Social por la Universidad Loyola Marymount, en Los Ángeles, California, con un posdoctorado por el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Stanford, en Palo Alto, California. Ha colaborado en la defensa y promoción de los derechos en distintas organizaciones, entre ellas, el Centro de Derechos Indígenas, en Chiapas (2001–2002). Fue director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, en la Ciudad de México (2006–2011).

2- Alejandro Anaya–Muñoz y Barbara Frey, Mexico’s Human Rights Crisis (University of Pennsylvania Press, 2018); Open Society Foundation, ‘Undeniable Atrocities. Confronting crimes against humanity in Mexico’ (2016).

3- Elizabeth Roberts, ‘Report: Mexico was second deadliest country in 2016’ (CNN, 11 de mayo de 2017) <https://edition.cnn.com/2017/05/09/americas/mexico-second-deadliest-conflict-2016/index.html> consultado el 1 de septiembre de 2018; David Argen, ‘Is Mexico really the second–deadliest country in the world?’ (The Guardian, 11 de mayo de 2017) <https://www.theguardian.com/world/2017/may/11/mexico-deadly-violence-international-institute-strategic-studies> consultado el 1 de septiembre de 2017.

La situación de la violencia relacionada con las drogas en México del 2006 al 2017

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