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PRÓLOGO

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Con auténtica satisfacción tengo el privilegio de presentar esta obra de uno de los más destacados representantes de la nueva generación de juristas que se dedican al estudio, investigación y enseñanza del derecho de sucesiones, como lo es su autor, el profesor Esteban Matías Gutiérrez Dalla Fontana. Constituye esta trascendente obra su tesis para obtener el Doctorado en Ciencia Jurídica, que fue aprobada con la más alta calificación: sobresaliente y recomendada para su publicación, siendo sus jurados los Dres. Marcos M. Córdoba, Alejandro Laje y Raúl Gustavo Lozano. La experiencia del autor, tanto en el ejercicio de la docencia sobre derecho sucesorio en la Universidad Nacional del Litoral, en la Universidad Católica de Santa Fe y en la Universidad Abierta Interamericana (sede Rosario), como derivada de su intenso ejercicio profesional en el área de sucesiones, se refleja en la precisa técnica metodológica para el desarrollo de la compleja temática propuesta, en la claridad de la exposición y en la erudición que demuestra su profundo conocimiento teórico y práctico de la materia. Su firme vocación por la investigación lo han llevado a efectuar un completo estudio sobre la legitima como instrumento de la política del Estado destinada a la protección a la familia y a vigorizar la solidaridad intergeneracional, desarrollando los fundamentos de tal política desde las diversas perspectivas: filosófica, sociológica, económica y jurídica, fundamentos que también brindan las razones justificantes de las limitaciones que impone tal finalidad protectoria del núcleo familiar a los derechos individuales de sus integrantes, tanto del causante como de sus sucesores.

Aclara de entrada en su Introducción que su estudio tiene por finalidad demostrar que la legítima hereditaria es un medio de protección de la familia en un Estado constitucional de Derecho. El instituto se incardina en el derecho sucesorio, y a lo largo de la historia, ha mantenido su esencia y estructura, superando los cambios y evoluciones de la sociedad.

El Estado protege a la familia como objetivo del bien común, en la persona de cada uno de sus integrantes, limitando con tal finalidad la libertad de testar y el derecho de propiedad de una persona. Frente a corrientes que pretenden suprimir el instituto de la legítima, el autor persigue destacar el acierto y la justicia de la institución, su arraigo y vigencia en nuestras costumbres jurídicas y en el espíritu de nuestra comunidad.

Luego de una breve referencia a sus antecedentes en la historia del Derecho, y a un completo panorama de su actual regulación en el derecho comparado, concluye que ni aún en las legislaciones que admiten la libertad de testar, esa libertad es absoluta, pues siempre se mantiene una protección al núcleo familiar a través de alimentos obligatorios, etc.

Dedica un capítulo exhaustivo a la evolución del instituto en el derecho argentino, en la etapa de vigencia del derecho hispano; luego a partir del Código Civil y sus modificaciones, refiriendo asimismo los intentos fallidos de suprimir la legítima; y finalmente su regulación en el Código Civil y Comercial.

Con este completo paisaje de la legítima hereditaria, pasa a estudiar los fundamentos de la protección de la familia como política del Estado constitucional de Derecho, cuyos basamentos los encuentra en los principios perennes de la filosofía jurídica y en la doctrina de los derechos fundamentales de la persona, consagrada por los Tratados y Convenciones sobre derechos humanos, desarrollando con profusa erudición estos temas.

Y a continuación, analiza los distintos aspectos funcionales del instituto de la legítima como objetivo de la política estatal protectoria de la familia: como restricción al derecho de propiedad y a la libertad de testar; como objetivo de bien común; como limitación al tráfico de bienes; como fundamento de la inoponibilidad de la persona jurídica, pues en ciertos casos se utiliza la fachada societaria como medio para burlar el orden público de las normas legitimarias sucesorias; y, finalmente, como medio de protección económica de la familia. Y explica en cada caso con sólidas argumentaciones la razonabilidad de los límites que impone la legítima al propietario, pues antes que pensar en liberalidades inconsultas, debe observar sus deberes personales y familiares.

Concluye que, a más de ciento cincuenta años de la sanción del Código velezano, el sistema legitimario sigue vigente, habiendo superado las críticas y reproches que se le han formulado, se ha ajustado a la idiosincrasia de la sociedad donde debe aplicarse, y se amoldó a las nuevas realidades de la sociedad del siglo XXI, debido a la inmutabilidad de su fundamento: asegurar la protección de la familia y favorecer la solidaridad intergeneracional. Es, por lo tanto, un factor de estabilidad social, que integra los intereses del Estado y de la comunidad, y constituye uno de los objetivos del Preámbulo de nuestra Constitución Nacional en cuanto persigue el bienestar general y el afianzamiento de la justicia. El sistema legitimario es, por consiguiente, un instrumento para lograr este objetivo, pues satisface el interés familiar en la persona de cada uno de sus integrantes, y con ello contribuye al bien común de la sociedad, pues de la sólida y buena organización de las familias depende la estabilidad y bienestar de la comunidad en general.

Se trata, en suma, de un estudio profundo de los fundamentos, características y funciones del régimen legal de legítimas, de cuya trascendencia social se deriva la razón de su permanencia a través de la historia, de su vigencia actual y, seguramente, futura. Por ello la obra interesa no sólo al abogado, al operador del derecho, sea que se dedique al ejercicio de la profesión, o a la función judicial, sino también es una obra de formación cultural que interesará a toda persona que tenga inquietud y se preocupe por la vigencia del bien común y de los valores superiores que guían nuestra vida social. No dudamos que su éxito editorial colmará las expectativas y aspiraciones de su autor.

Francisco A.M. Ferrer

La legítima hereditaria

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