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F) CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVAN DEL CONTRATO (ART. 12.1.B RR-I)

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224. La Lex Contractus regula la cuestión de la diligencia en la ejecución de la prestación; determina el lugar y el momento de la ejecución de las obligaciones; establece, en su caso, la posibilidad del cumplimiento por tercero; condiciones de la ejecución de la obligación; si la prestación consiste en el pago de una suma económica, la Ley del contrato fija también las condiciones para la liberación del deudor que haya efectuado el pago, la imputación de pagos, intereses de las deudas contractuales, moneda de cuenta, mora, etc.

Litigación internacional en la Unión Europea I

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