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Sobre el concepto de «Constitución» y otros relacionados Pregunta N°1. ¿Qué es una Constitución?

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Hay dos maneras de entender el concepto de Constitución. Una es la manera del abogado, para quien lo más importante acerca de la Constitución es que ella le provee reglas que permiten alegar causas ante tribunales. En este sentido, la Constitución es un conjunto de reglas reunidas en un texto (los abogados suelen hablar, de hecho, del «texto constitucional»). ¿Qué es lo que distingue a ese texto de los demás? El abogado responde: la forma en que se modifica y el tipo de argumentos que provee para alegar en ciertos tribunales. A diferencia de los textos legales, el texto constitucional es especialmente difícil de modificar, y los argumentos constitucionales cumplen distintas funciones en los litigios respecto de otros textos legales.

Está claro, sin embargo, que este concepto de Constitución es insuficiente en el debate constituyente, porque cuando se demanda una nueva Constitución no se demanda un nuevo texto-difícil-de-modificar. Tampoco se trata de discutir sobre qué argumentos que tengan retórica constitucional deben servir en causas judiciales. El concepto del abogado puede ser un concepto útil en ciertos contextos –y por ello es importante tener en cuenta estas funciones–, pero ahora no nos sirve, porque no permite entender qué es lo que se juega al iniciar un proceso constituyente. Para esto necesitamos otro concepto de Constitución, uno que ponga en relieve su sentido político.

Para introducir este segundo sentido podemos comenzar atendiendo al nombre de la Constitución: «Constitución Política de la República»; ella hace exactamente eso, constituye. ¿Constituye qué? Como lo dice su título: constituye políticamente a la República, constituye la política de la República. Es decir, configura el poder político que rige en Chile. Esto es bastante claro cuando notamos las cosas que decide: cómo se genera el poder político institucional, cómo se accede a él, cómo se detenta, cómo se pierde, cuáles son los procedimientos mediante los cuales se ejerce y cuál es el resultado de ese ejercicio (¿Se crean reglas? ¿Para quién?), cuáles son sus límites y sus fines, etc.

La Constitución, en otras palabras, es una (o varias) decisión(es) fundamental(es) sobre la política, sobre el poder político. La Constitución establece, por ejemplo, que ciertas formas de poder no se transmiten de un soberano a su heredero, que quienes detentan el poder de crear reglas deben ser en general electos en elecciones universales, que esas reglas deben servir para ciertos fines generales, etc.

Este es el sentido en que se usará la expresión en estas explicaciones, y cuando queramos hacer referencia a la Constitución en el sentido del abogado, hablaremos de «el texto constitucional».

El Proceso Constituyente en 138 preguntas y respuestas

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