Читать книгу Ley Federal del Trabajo y Leyes de Seguridad Social 2020 - José Pérez Chávez - Страница 63

TITULO XI
Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales CAPITULO I
Disposiciones Generales

Оглавление

Autoridades del trabajo competentes para aplicar las normas de trabajo

523.- La aplicación de las normas de trabajo compete, en sus respectivas jurisdicciones:

I. A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

II. A las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública;

LFT 121, 122. RISTPS 1o, 2o.

II-Bis. Al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral;

II-Ter. A los Centros de Conciliación en materia local;

III. A las autoridades de las Entidades Federativas, y a sus Direcciones o Departamentos de Trabajo;

IV. A la Procuraduría de la Defensa del Trabajo;

LFT 530. RISTPS 33 I.

V. Al Servicio Nacional de Empleo;

LFT 537.

VI. A la Inspección del Trabajo;

LFT 540. REGIAS 1o al 65. JPC SJF, 10a. ép., L. 14, ENE2015, T. II, pág. 1554.

VII. A la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos;

LFT 551.

VIII. A la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas;

LFT 575.

IX. Derogada;

X. A los Tribunales del Poder Judicial de la Federación, y

LFT 591.

XI. A los Tribunales de las Entidades Federativas.

Atribuciones de la Secretaría del Trabajo, departamentos y direcciones del trabajo

524.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los Departamentos y Direcciones del Trabajo tendrán las atribuciones que les asignen sus leyes orgánicas y las normas de trabajo.

R121 y 122 27. RISTPS 1o, 2o. RFSST 5o, 10, 13.

525.- Derogado.

Servicio profesional de carrera judicial en el Poder Judicial de la Federación y los poderes judiciales locales

525-Bis.- El Poder Judicial de la Federación y los poderes judiciales locales establecerán, con sujeción a las disposiciones presupuestales aplicables, un servicio de carrera judicial para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de sus servidores públicos.

Atribuciones de la SHCP y la SEP

526.- Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la intervención que le señala el Título Tercero, Capítulo VIII, y a la Secretaría de Educación Pública, la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que esta Ley impone a los patrones en materia educativa e intervenir coordinadamente con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV de este Título.

LFT 117 al 131, 537 al 539-F. CN 45/2011/ISR.

Ley Federal del Trabajo y Leyes de Seguridad Social 2020

Подняться наверх