Читать книгу Contabilidad electrónica y su envío a través del Portal del SAT 2020 - José Pérez Chávez - Страница 18
Personas físicas que utilicen el aplicativo “Mi contabilidad”
ОглавлениеDe acuerdo con la regla 2.8.1.24 de la RMF2019, las personas físicas que tributen en el régimen de las actividades empresariales y profesionales y en el régimen de los ingresos por el arrendamiento de inmuebles, cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $4’000,000 o que inicien actividades en el ejercicio y estimen que sus ingresos obtenidos en el mismo no excederán de la cantidad señalada que determinen y presenten el pago provisional del ISR y el definitivo de IVA, del periodo de que se trate, en el aplicativo “Mi contabilidad” en términos de lo señalado en la regla 2.8.1.22 de la citada resolución, quedarán relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del Portal del SAT.
2. Presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT) a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA.
Lo anterior, siempre que emitan y reciban todos sus CFDI de ingresos y gastos.