Читать книгу Los efectos de los matrimonios polígamos en el ordenamiento español - Leticia Rojo Álvarez-Manzaneda - Страница 9
2.2. Código de familia de Argelia
ОглавлениеEn lo que se refiere al Código de familia de Argelia de 1984, dedica la sección primera de su libro primero al matrimonio, y a la poligamia su artículo 8.
En dicho artículo se procede a legalizar la institución de la poligamia, y se establece que un hombre puede contraer matrimonio –dentro de los límites de la Sharia– como máximo con cuatro esposas y “mediante el trato equitativo con todas ellas”. La ley establece como requisitos que el motivo tiene que ser justificado y que el hombre debe informar previamente a la futura esposa que “en cualquier caso, puede interponer una acción judicial contra éste si lo estima oportuno o solicitar el divorcio”28.
En lo que respecta a las modificaciones introducidas en este Código, debemos destacar como las organizaciones e instituciones de derechos humanos en general y de derechos de la mujer en particular, se congratulan con las mismas, en tanto que suponen ciertas garantías y derechos para la mujer en supuestos de poligamia, que antes no estaban contemplados29.
Este Código ha sido objeto de modificación en el año 200530, y en lo relativo a la poligamia se añade –a los requisitos ya establecidos– que el hombre solicite autorización matrimonial al presidente del tribunal, “quien deberá asegurarse de que las mujeres dan su consentimiento, de que el motivo es justificado, de que el esposo reúne las condiciones necesarias y de que éste puede garantizar la equidad hacia las esposas”31.