Читать книгу Leyes Administrativas - Luis Martín Rebollo - Страница 268
ОглавлениеArtículo 187.
(Antiguo artículo 171 TCE)
La Unión podrá crear empresas comunes o cualquier otra estructura que se considere necesaria para la correcta ejecución de los programas de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración de la Unión.