Читать книгу Leyes Administrativas - Luis Martín Rebollo - Страница 271
ОглавлениеArtículo 190.
(Antiguo artículo 173 TCE)
Al principio de cada año, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo.Dicho informe versará en particular sobre las actividades realizadas en materia de investigación y desarrollo tecnológico y de difusión de los resultados durante el año precedente, así como sobre el programa de trabajo del año en curso.