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Prefacio

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Como lo dijo el Hidalgo Don Quijote “entre los pecados mayores que los hombres cometen, aunque algunos dicen que es la soberbia, yo digo que es el desagradecimiento”, por ello es que comienzo estas líneas agradeciendo profundamente al Catedrático Eugenio Simón Acosta por la generosidad de asociarse a esta obra, a través de su Prólogo.

Previo al indisimulado propósito que todo Prefacio contiene de explicitar el contenido de la obra, deseo comentar el sincero motivo que dio origen a su creación.

Convencido que la tributación de la economía digitalizada no encuentra respuestas en los paradigmas tributarios que gobiernan nuestra disciplina, concluí que cuando un paradigma no responde a las preguntas de su tiempo ha perdido vigencia.

Ello motivo el peregrinaje tributario de la bibliografía que puebla estas páginas y que he tenido el privilegio de leer…

Como diría don Miguel de Unamuno mi pecado ha sido, si alguno, el haberlos exornado en exceso con citas ajenas, más yo lo explicare.

Aunque puede ocurrir que las citas revelen la impostura y la ignorancia del citante, en el presente caso son producto de un largo camino de indagación sobre el tema, con un pensamiento crítico y en búsqueda de soluciones frente a una literatura de invalorable profundidad y modernidad.

Y para expresarlo en términos borgianos mientras otros se jactan de los libros que les ha sido dado escribir, yo me jacto de los que fue dado leer para elaborar este ensayo.

En compañía de las fuentes intelectuales reivindicadas he efectuado el análisis de la economía digitalizada, a través de la evolución de las medidas tributarias propuestas por la OCDE, UE, ONU y ATAF y de las tasas Google de 31 países en cinco continentes.

Asimismo me adentré en la naturaleza jurídica de dichas tasas, su relación con los convenios de doble imposición, la creación del valor como principio tributario, el conflicto entre el unilateralismo y el multilateralismo, los nuevos conceptos de soberanía fiscal y el principio de fuente.

El contenido de la obra ha sido elaborado a partir del derecho comparado, con la intención que pueda ser de utilidad en la enseñanza universitaria y en la vida profesional para comprender la problemática universal que plantea la fiscalidad de la economía digitalizada y las tasas Google como la vigente en España desde enero de 2021.

No hace falta reconocer que el análisis del material y las reflexiones efectuadas lo han sido desde una visión crítica del autor sobre la falta de solución a la problemática tributaria que origina la economía digitalizada (“Quod frustra ponitur subintelliguntur” En vano se expresa lo que tácitamente se sobreentiende), pero el libro termina con una dosis de esperanza en la posibilidad de un acuerdo fiscal global que cambie los paradigmas existentes.

Rubén O Asorey

Tributación de la economía digitalizada

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