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I. REGULACIÓN DE LOS MEDIDORES INTELIGENTES EN CHILE
ОглавлениеDada su novedad, la regulación para implementar en Chile un sistema de medición del consumo de energía “inteligente” es relativamente reciente. En efecto, el año 2012 se dictó la Ley n.° 20.571, denominada Ley de Generación Distribuida, que contemplaba el uso de medidores bidireccionales estáticos (MBE), es decir, centrada en la posibilidad de inyectar energía al sistema eléctrico a nivel de distribución, para lo cual era necesario dictar algunas disposiciones sobre el sistema de medición inteligente6. En todo caso, y como se ha dicho, esta regulación no estaba centrada en implementar un nuevo sistema de medición, sino en permitir que los usuarios pudieran producir energía y aquella fuera inyectada al sistema.
A pesar de que los estudios en la materia daban cuenta de la ausencia de investigaciones multisectoriales, en los que estuvieran presentes cada uno de los actores expertos en las áreas involucradas en el desarrollo armónico y sustentable de las redes inteligentes7, se destacaba la conveniencia de implementar los Sistemas de Medición, Monitoreo y Control (SMMC), considerando que no existían obstáculos técnicos para ello. Sin embargo, aquello requería de políticas públicas, sociales y/o regulatorias claras que permitieran que todos los sectores involucrados funcionaran de forma coordinada, desempeñando roles precisos y bajo una estructura de costos regulada8.
Por tal razón, los medidores inteligentes comenzaron a ser incorporados voluntariamente al sistema por iniciativa de algunas compañías distribuidoras, aunque no se contaba con una norma técnica que estableciera los estándares que debían cumplir estos equipos9.
A fines de 2017, se publicó la Resolución Exenta n.° 706, de la Comisión Nacional de Energía (CNE), que establece la Norma Técnica de Calidad de Servicio para Sistemas de Distribución (NTD), cuya finalidad era permitir el correcto funcionamiento del sector eléctrico, para lo cual regula los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento de dicho sector.
Esta normativa tuvo como objetivo principal establecer las exigencias y estándares de calidad de servicio para los sistemas de distribución de energía eléctrica10. Junto con ello, la NTD establece que las empresas distribuidoras deberán implementar un SMMC para sus clientes regulados, conforme a las exigencias técnicas que serán establecidas en el Anexo Técnico Sistemas de Medición, Monitoreo y Control. Estos sistemas forman parte del sistema de distribución y permiten la medición, monitoreo y control en los puntos de conexión de los clientes sometidos a regulación de precios. La misma NTD precisa que forman parte de estos sistemas, entre otros, los medidores.