Читать книгу El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli - Vicente Gómez Benedito - Страница 25
2.1.6 Geldo
ОглавлениеQueda por reseñar la Baronía de Geldo, la última que se incorporó al Ducado de Segorbe, la de menor extensión y la más parca en la aportación de rentas. El duque de Segorbe compró el lugar de Geldo en el año 149580 con el propósito de dotar con las rentas obtenidas al recién constituido Monasterio de la Esperanza de Segorbe, de la orden jerónima.81
Destacan en Geldo (cuadros 18 y 19) las exiguas rentas provenientes de censos y particiones de frutos, consecuencia de su reducidísimo término municipal. De hecho, la mayor parte de las tierras trabajadas por los geldanos se situaban en el vecino término de Segorbe, lo que también permite explicar el bajo índice que resulta al relacionar la renta señorial con la población (cuadro 6). La mayor parte de las tierras de Geldo eran fértiles huertas que soportaban las cargas señoriales más elevadas del Ducado, pero esta mayor presión señorial no podía compensar la falta de bienes inmuebles, fundamentalmente tierras, sobre los que gravar las prestaciones señoriales.
La Carta Puebla firmada tras la expulsión de los moriscos reguló unos censos fijos de 3 sueldos por hanegada de huerta, mientras que la partición de frutos también se encontraba entre las más elevadas, la sexta parte en el regadío y la octava en el secano.82 No obstante, al igual que había ocurrido en otras baronías, en Geldo la partición en el regadío, la más importante por extensión superficial, se consiguió reducir a la octava parte de la cosecha. Pero lo auténticamente sorprendente era que esta mejora la fundamentaban los vecinos en una supuesta gracia de la Casa ducal de la que no existía documentación alguna. No era el único fraude que se venía cometiendo en la población; cuando en el año 1766 el contador general del duque efectúe la visita general a Geldo, los vecinos no solo serán incapaces de legitimar la mejora en la partición de frutos, sino que tampoco podrán explicar por qué razón habían dejado de pagar el tercio diezmo.83 Pero las presiones de los agentes ducales no resultaron efectivas y los vecinos siguieron limitándose al pago de las prestaciones señoriales anteriores a la visita.
CUADRO 18
Distribución de la renta nobiliaria en Geldo en 1766
Reales | % | |
Partición de frutos | 3.923 | |
Censos en dinero de casas y tierras | 1.403 | |
Censos del molino (paga la ciudad de Segorbe) | 323 | |
Total partición y censos enfitéuticos | 5.649 | 72,20 |
Luismos | 300 | 3,83 |
Tienda, panadería y taberna | 225 | |
Horno | 1.350 | |
Carnicería | 60 | |
Total monopolios y derechos privativos | 1.635 | 20,90 |
Escribanía juzgado alcalde ordinario | 45 | 0,58 |
Arriendos de bienes donde se conserva el dominio útil (huerto) | 195 | 2,49 |
Total Geldo | 7.824 | 100,00 |
Fuente: Elaborado a partir de la visita general de 1766. En ADM, Segorbe, leg. 6/24, ff. 82v-84r.
CUADRO 19
Ingresos de la Casa ducal por partición de frutos en Geldo en 1766
Reales | |
Trigo, 15 cahíces | 1.688 |
Maíz, 20 cahíces | 1.200 |
Hoja de morera, 25 cargas | 563 |
Alubias, 1 cahiz | 127 |
Lino, 4 arrobas | 120 |
Vino, 1 bota | 90 |
Algarrobas, 3 cargas | 90 |
Aceite, 2 arrobas | 45 |
Total | 3.923 |
Fuente: Elaborado a partir de la visita general de 1766. En ADM, Segorbe, leg. 6/24, f. 83v.
Y si nimias podían considerarse las rentas provenientes de censos y particiones, más insignificantes resultaban las cimentadas en los derechos privativos. Ya se ha relatado cómo el molino señorial de la población fue establecido enfitéuticamente a la ciudad de Segorbe como una de las comodidades para que se apartase del pleito de incorporación a la Corona. La enajenación del molino no solo había supuesto un perjuicio económico para la hacienda señorial, calculado en unos 2.700 reales anuales,84 sino también un foco de conflictos con la población, ya que el molino utilizaba el canal que permitía el riego de la huerta geldana y en épocas de sequía limitaba su uso a los vecinos.85 Tampoco resultaban mucho mejor parados los derechos de tienda, panadería y taberna. Se arrendaban por 450 reales anuales, pero el duque solo ingresaba la mitad porque, según el concejo, la otra mitad les correspondía a ellos por ser propios de la población, aunque en ningún momento demostraron documentalmente esos supuestos derechos. En realidad, el único monopolio que generaba unos ingresos satisfactorios era el horno, arrendado anualmente por 1.350 reales.
En conclusión, el modestísimo término municipal de Geldo presentaba unas rentas nobiliarias extremadamente exiguas, no solo por lo menguado de sus bienes inmuebles, sino también porque su menor trascendencia en el conjunto de dominios del Ducado relajó el control señorial y permitió que algunos fraudes en las prestaciones y derechos privativos fueran adquiriendo carta de naturaleza como prerrogativas y exenciones de los vecinos.