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3. AGREGACIÓN DE LA CASA DE SEGORBE

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Y un nuevo pleito judicial enmarcó la sucesión en 1670 de Luis Ramón Folch de Cardona, VI duque de Segorbe, y la agregación de la Casa de Segorbe-Cardona a la Casa de Medinaceli. Como ya hemos apuntado, el duque de Segorbe había confiado la continuidad del linaje en la persona de su hijo Ambrosio, pero su prematuro fallecimiento en 1659 hizo que el duque contrajera nuevas nupcias con María Teresa de Benavides, con la que tuvo una extensa progenie, pero solo uno de los descendientes fue varón, Joaquín Folch de Cardona, que sobreviviría tres meses a la muerte de su padre. Sánchez González25 refiere la comprometida situación en la que se encontró la sucesión de la Casa Segorbe-Cardona, pues no habiendo sobrevivido varón alguno de la cuantiosa descendencia dejada por el duque de Segorbe de sus dos matrimonios, reclamaron la posesión de los estados Catalina de Aragón, hija mayor del duque de su primer matrimonio, y Pedro Antonio de Aragón, hermano del difunto duque, quien justificaba su demanda para evitar que «la casa de sus padres pasara a otra línea».26 Pronto se proclamó duque Pedro Antonio,27 y fue corroborado por sentencia del Tribunal de la Gobernación de Valencia de 1671, pero ante la reclamación de su sobrina, el pleito judicial se alargó hasta el año 1675, cuando se dictaminó con sentencia definitiva a favor de Catalina.28

La incorporación de la Casa Segorbe-Cardona a la Casa de Medinaceli supuso, como había anticipado Pedro Antonio de Aragón, la pérdida de la estirpe propia y la culminación del proceso de castellanización de la élite aristocrática catalana y valenciana principiado en la centuria anterior. Las consecuencias para Medinaceli fueron diametralmente opuestas: el extenso conjunto de estados agregados en Cataluña, Valencia y el interior andaluz le iban a permitir transformarse en una casa nobiliaria de carácter marcadamente nacional y acrecentar, aún más si cabe, su importantísimo papel político y su no menos desdeñable poder económico.

En conjunto, los estados de la Casa Segorbe-Cardona venían a rentar en el momento de la agregación en torno a 150.000 ducados anuales, cuando, como ya hemos anotado, unas décadas antes el estado de Medinaceli generaba 50.000 ducados y el de Alcalá de los Gazules aportaba en torno a los 100.000 ducados. No obstante, la nueva Casa agregada comprendía estados muy desiguales en extensión y contribución económica. El estado catalán de Cardona era, con mucha diferencia, el de mayor extensión territorial, pero aportaba escasamente la cuarta parte de las rentas, de las que más de la mitad correspondían a las salinas de Cardona. Los estados de Segorbe y Comares eran más reducidos en extensión; el estado valenciano no alcanzaba la quinta parte de las rentas y el de Comares superaba la mitad del conjunto de la Casa.29 Centraremos nuestra atención en el Ducado valenciano de Segorbe.

El estado de Segorbe tiene su origen en la ciudad del mismo nombre. Situado en el interior valenciano sobre un fértil valle fluvial, Segorbe se constituyó como uno de los señoríos más importantes del Reino de Valencia, tanto por su población, extensión y actividad económica como porque «por la evolución de las herencias y los matrimonios de la Casa real catalano-aragonesa, se convirtió en la capital de un estado feudal que, conocido inicialmente como el Antiguo Patrimonio María de Luna, fue el origen del Ducado de Segorbe».30 La vinculación de Segorbe con la Casa Real de Aragón-Barcelona se inició con la entrega en feudo de la ciudad por el rey aragonés Pedro III a su hijo natural Jaime Pérez en 1279. Esta línea bastarda de la Casa Real pronto entroncaría con el linaje aragonés de los Luna, quienes agregarían al estado señorial el valle de Almonacid, en las estribaciones de la montuosa Sierra de Espadán, y las baronías de Benaguasil, La Pobla de Vallbona y Paterna, territorios llanos, bien regados y muy cercanos o integrados ya en la huerta de Valencia.

Pero el verdadero fortalecimiento del estado señorial se produjo con el enlace matrimonial en 1372 de María de Luna, hija del conde de Luna, con el infante Martín de Aragón. La unión tenía un doble significado para el rey aragonés Pedro IV; por un lado, recompensaba la fidelidad de los Luna en la guerra de la Unión y, por otro, creaba un estado señorial de considerables dimensiones para su segundo hijo. Las posesiones valencianas aportadas por el infante Martín al matrimonio se configuraron en dos conjuntos territoriales. El primero, en la zona meridional del norte valenciano, muy próximo a las posesiones de María de Luna, lo que permitió organizar un estado sólido y compacto, al menos a nivel geográfico; estuvo formado por el señorío de Jérica, Altura, las Alcublas, Llíria, La Vall d’Uixó y la Serra d’Eslida. El segundo, en tierras del sur, constituido por Alcoi y los valles de Seta y Travadell, que nunca tuvo relación con el estado señorial de Segorbe.

Con la muerte sin descendencia de Juan I en 1396, los señores de Segorbe pasaron a convertirse en monarcas de la Corona de Aragón. En ocasiones se ha planteado que la llegada al trono de Martín I y su esposa supuso la incorporación de sus estados señoriales al Patrimonio Real, pero no parece ser esa la realidad, como ha demostrado Cervantes Peris;31 sus posesiones se mantuvieron como propiedades particulares y sirvieron para sufragar, entre otros gastos, las campañas militares sicilianas, sin tener que someterse a la convocatoria de Cortes.

Martín de Sicilia, hijo del rey Martín I, debería haber sucedido en la Corona a su padre, pero su muerte en 1409 en la campaña de Cerdeña creó un conflicto sucesorio que se dilucidó en el conocido como Compromiso de Caspe. Entre los tres pretendientes que acudieron a Caspe para obtener la Corona figuraba Federico de Aragón, hijo natural de Martín de Sicilia y único nieto vivo del rey Martín I. Pero Federico ya estaba derrotado de antemano por Fernando de Antequera, futuro rey de la Corona de Aragón, por lo que tuvo que conformarse con el título de conde de Luna y las posesiones de sus abuelos paternos. Tampoco mantuvo Federico sus estados señoriales valencianos durante mucho tiempo, ya que en 1430 el rey Alfonso V de Aragón le desposeía de estos por haberse pasado al bando castellano en la guerra que en esos momentos libraban ambas coronas. Pasaba a formar parte, ahora sí, el «Antiguo Patrimonio María de Luna» del Patrimonio Real.

Poco más de un lustro permanecieron las posesiones de Federico de Aragón en el Patrimonio Real. El 12 de abril de 1435, Alfonso V, rey de Aragón, firmaba con sus hermanos Juan II, rey de Navarra, y el infante Enrique la concordia de Mesina, en la que acordaban una serie de medidas para compensar a este último por la pérdida del patrimonio castellano en el enfrentamiento que habían mantenido con su cuñado Juan II, rey de Castilla. En la mencionada concordia, Alfonso V se obligaba a donar al infante perpetuamente 15.000 florines fruto de las rentas provenientes de Segorbe, La Vall d’Uixó y la Serra d’Eslida.32 Siete meses después, el 24 de diciembre, Alfonso V firmaba un nuevo privilegio por el que aumentaba los territorios comprometidos, al incluir las baronías de Benaguasil, Paterna y La Pobla de Vallbona, y contemplaba también la jurisdicción suprema para todos los territorios.

Conflictos y enfrentamientos rodearon el arranque de esta segunda época del estado señorial de Segorbe, está vez unido al Condado de Ampurias y gobernado, de nuevo, por una dinastía real, en esta ocasión la Casa de Aragón-Trastámara. En 1430 el rey Alfonso había vendido las villas de Benaguasil, La Pobla de Vallbona y Paterna a la ciudad de Valencia por 75.630 florines,33 traspaso que no supuso impedimento alguno para la donación real de las villas al infante Enrique cinco años más tarde. Más grave sería el conflicto en la ciudad de Segorbe, donde se había presentado una tenaz oposición desde finales del siglo XIII a su enajenación de la Corona, reivindicación que no tuvo resultados favorables y desembocaría en la virulenta rebelión ciudadana del año 1478.34 En estos momentos hay que situar, en concreto en el año 1475, la concesión por los Reyes Católicos del título de duque de Segorbe a Enrique de Aragón, el Infante Fortuna,35 hijo póstumo del infante Enrique, como recompensa por su posicionamiento en la Guerra de Sucesión castellana.

Los primeros duques de Segorbe combinaron en sus dominios una calculada estrategia para aplacar cualquier conato de resistencia a su poder,36 con una política de construcciones arquitectónicas y fundación de patronatos propia de su categoría social y posición política, alguna de cuyas acciones supuso la expansión territorial del señorío. Es el caso del lugar de Geldo, contiguo a Segorbe, que fue comprado en 1495 por el duque para dotar con sus rentas el mantenimiento del recién creado monasterio jerónimo de Nuestra Señora de la Esperanza, en la ciudad de Segorbe.37 Pero la principal actividad de los duques segorbinos fue el servicio a la monarquía hispánica, fundamentalmente en los territorios de la antigua Corona de Aragón. Enrique de Aragón, I duque, desempeñaría durante quince años el virreinato de Cataluña, pasando posteriormente durante casi una década al de Valencia. Pero será su hijo, Alfonso de Aragón, II duque, quien tendrá que dirigir, con notable éxito, las tropas realistas durante los tormentosos años veinte del siglo XVI valenciano, primero contra los agermanados y, poco después, en la revuelta de los moriscos, la conocida como Guerra del Espadán.

Prestigio e influencia se unían a la alcurnia del primer noble entre los valencianos,38 un linaje que años antes había precisado y, al tiempo, posibilitado un enlace matrimonial de acuerdo con su categoría. Y el resultado no había desmerecido el propósito. La prolongada estancia del Infante Fortuna en Cataluña como virrey facilitó el contacto con la nobleza catalana y permitió el acuerdo matrimonial de su hijo con la hija mayor del duque de Cardona, celebrado en Segorbe en 1516. Se unía así la Casa de Segorbe a la principal casa nobiliaria catalana. En las capitulaciones matrimoniales se obligó «al heredero a tomar el nombre, armas e insignias de la Casa de Cardona pero anteponiendo en la titulación el Ducado de Segorbe al de Cardona y a los demás títulos agregados».39 Por esta razón, los siguientes seis duques de Segorbe permutaron el orden de sus apellidos, anteponiendo primero Folch de Cardona y dejando en segundo lugar Aragón.

El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli

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