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1. ACUERDO DE LIBRE COMERCIO 1.1. COMERCIO DE BIENES

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Con el nuevo Acuerdo en vigor, las empresas se enfrentan a nuevas barreras comerciales, que llevan a realizar ajustes en las cadenas de suministro integradas entre la UE y el Reino Unido. Ambas partes han acordado crear una ambiciosa zona de libre comercio sin aranceles ni cuotas arancelarias sobre mercancías, con mecanismos de cooperación regulatoria y aduanera, así como disposiciones que garanticen la igualdad de condiciones para una competencia abierta y justa, como parte de una asociación económica más amplia9. El Acuerdo también limita las tarifas que las aduanas pueden cobrar por los servicios prestados e incluye varias disciplinas modernas que van más allá de los compromisos estándar de la OMC, como ser en las áreas de monopolios de importación y exportación, licencias de importaciones automáticas, restricciones de importación y exportación, entre otros.

Sin embargo, todas las importaciones estarán sujetas a formalidades aduaneras y deberán cumplir con las normas de la parte importadora, se aplicarán las reglas de origen a las mercancías para conceder condiciones comerciales preferenciales en virtud del acuerdo y todas las importaciones en la UE deben cumplir con todas las normas de la UE y estarán sujetas a verificaciones y controles reglamentarios por motivos de seguridad, salud y otros fines de interés público.

Por tanto, el Acuerdo confirma el derecho de ambas partes a aplicar instrumentos de defensa comercial de acuerdo10 con las normas de la OMC, así como medidas específicas, autónomas y rápidas.

Práctica del Comercio Exterior UE-Reino Unido entre empresas después del Brexit

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