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AUTORIDAD AUTÓNOMA CON CIUDADANOS QUE TOMAN DECISIONES
ОглавлениеEl INE está definido en la Constitución como un organismo público autónomo, que tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. En su Consejo General están representados los partidos políticos y hay un consejero por cada fracción parlamentaria del Congreso de la Unión, con voz pero sin voto. Además, está conformado por un consejero presidente y 10 consejeros electorales que tienen voz y voto. El presidente del Consejo y los consejeros electorales son designados por la votación de dos terceras partes de la Cámara de Diputados, de tal suerte que su nombramiento debe ser fruto de amplios consensos políticos.42
La plena autonomía e independencia de la autoridad electoral se consiguió a partir de 1996 al desvincular por completo al Poder Ejecutivo del Instituto Federal Electoral (IFE), pues hasta entonces su Consejo General había sido presidido por el secretario de Gobernación. Los cambios políticos más relevantes ocurridos en las últimas décadas se han dado con la existencia de una autoridad electoral autónoma, que no depende del gobierno: desde la pérdida de la mayoría del partido gobernante en la Cámara de Diputados en 1997, hasta las tres alternancias en la Presidencia de la República que ocurrieron en 2000, 2012 y 2018.
El INE tiene una estructura en todo el país, que incluye 32 juntas locales (una en cada entidad), así como 300 juntas distritales (una en cada distrito electoral). En cada junta hay cinco vocales: el ejecutivo, un vocal que funge como secretario, uno de organización electoral, otro de capacitación electoral y uno más del registro federal de electores. Todos ellos son parte del Servicio Profesional Electoral, esto es, son funcionarios de carrera que han llegado a sus cargos a través de concursos de oposición abiertos y de manera permanente participan en programas de formación y son sometidos a evaluación. Este servicio civil de carrera es clave para asegurar que se cumplan los principios rectores del INE: sus funcionarios están ahí por sus méritos profesionales y cuentan con estabilidad laboral, por lo que no deben su permanencia a ningún actor político o de gobierno.
Durante los procesos electorales, a la estructura profesional del INE se suman ciudadanos que actúan como consejeros locales y distritales, quienes toman las decisiones clave de la organización electoral sobre el territorio. Desde el Consejo General del INE se nombra a seis consejeros electorales locales por cada entidad, con voz y voto, que conforman órganos presididos por el vocal ejecutivo local del INE. Así, de siete votos que hay en cada consejo local, seis corresponden a ciudadanos. En cada consejo local tienen representación, además, los partidos políticos, con voz pero sin voto, para evitar que sean juez y parte de las decisiones. Los consejeros electorales locales se designan a partir de una convocatoria pública que busca identificar a personas de prestigio en las entidades federativas y que provengan de muy diversos ámbitos: el sector empresarial, la academia, la sociedad civil organizada, defensores de derechos humanos, ambientalistas, periodistas, entre otros.
El consejo local, a su vez, designa a seis consejeros para cada consejo distrital de la entidad federativa correspondiente. De esta manera, hay 1 800 consejeros electorales distritales. El vocal ejecutivo distrital del INE preside el consejo con voz y voto, de tal suerte que, una vez más, son los seis ciudadanos que no forman parte de la estructura profesional del INE quienes tienen la mayoría en la toma de decisiones para organizar las elecciones.
Algunas de las funciones más importantes de estos consejos son la insaculación (sorteo) de los ciudadanos que serán funcionarios de casilla, la contratación de los supervisores y capacitadores electorales, el registro de candidatos a diputados que contienden por el principio de mayoría relativa, la acreditación de los observadores electorales, el registro de los representantes de partidos políticos en las casillas, entre otras. Estos consejos son también responsables de realizar los cómputos distritales y la declaración de validez de la elección de diputados y senadores por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, así como el cómputo distrital de la votación para presidente de la república.
Como se puede ver, hay decisiones relevantes que son tomadas desde la autoridad electoral por una mayoría de ciudadanos que no son parte de la estructura permanente del INE. Cada capacitador y supervisor electoral que labora en la tarea de notificar y capacitar a los ciudadanos que fueron sorteados para ser funcionarios de casilla es contratado por el consejo distrital. En esta instancia también se define cuántas casillas habrá en cada distrito, dónde se ubicarán y quiénes serán los funcionarios de las mesas directivas de casilla. Todas las sesiones de los consejos, además, son públicas.
Así, no hay ninguna casilla que no sea fruto del acuerdo de un consejo distrital con presencia de los partidos políticos. Éstos y los candidatos independientes pueden darle seguimiento puntual a cada mesa de votación, conocen los nombres de los ciudadanos que la integrarán, saben cuáles y cuántos son los votantes que pueden sufragar ahí y pueden mantenerse atentos al traslado de los paquetes electorales que van desde las sedes distritales del INE hasta los domicilios de los respectivos presidentes de casilla. En suma, no hay una sola decisión o procedimiento de logística electoral que no sea conocido por todos los contendientes y que no pueda ser observado por cada uno de ellos.
El Estado, con funcionarios de carrera y especialistas en la materia electoral, converge con ciudadanos de a pie encargados de tomar las decisiones más importantes, de encontrar y capacitar a otros ciudadanos que reciben y cuentan los votos que después serán computados por otros ciudadanos que suman cada acta de cada casilla y emiten la declaración de validez de los comicios. Todos acompañados, vigilados y observados a cada paso por los partidos políticos.