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Capítulo 3 DE VUELTA AL REDIL
ОглавлениеEn 1530 dominicos observantes y claustrales quedaron hermanados bajo el patrocinio del papa Clemente VIII y el emperador Carlos I, convencido por su esposa, la reina Isabel de Portugal, de la necesidad de unificar las comunidades blanquinegras de toda la Monarquía bajo unas mismas directrices renovadoras de cuño castellano. La reforma dominicana experimentaría con ello un impulso definitivo en la Provincia de Aragón de la orden de Predicadores, contra el que nada podrían los últimos estertores de la claustra ni las resistencias de la observancia autóctona.1
Significativo a este respecto había sido el nombramiento de un religioso de la Provincia de España, fray Domingo de Montemayor, como prior del convento de Predicadores de Valencia.2 Más todavía después de convertirse en provincial de Aragón en junio de 1531, por obra y gracia de un breve pontificio. A su autoridad quedaron sometidas todas las comunidades hasta entonces dependientes de la Congregación de la Observancia, suprimida en virtud del mismo decreto papal. Aún asistido por algunos de los frailes catalanoaragoneses que compartían la reforma, otros tantos –si no por oponerse a ella, por recelar de los hermanos de Castilla y defender el estilo de la extinta congregación observante– unieron sus críticas a la de la clase política local contra los modos del padre Montemayor y su sucesor al frente del principal establecimiento blanquinegro del reino, fray Amador Espí.3
Ambos personajes serían objeto del atentado mortal perpetrado en Valencia durante el verano de 1534 por un par de frailes descontentos.4 La consternación por el doble asesinato se hizo patente en toda la ciudad. El propio monarca recibió la noticia con estupor, preocupado por el futuro de la reforma dominicana en la Corona de Aragón. Se imponía una revisión de la política regia desarrollada hasta entonces para la integración de las diferentes sensibilidades religiosas en materia reformista; es decir, la italiana, de los viejos frailes observantes de Valencia y Cataluña, y la castellana, de los hombres nuevos. Nadie mejor para ello que fray Juan Micó, desde las múltiples e importantes responsabilidades de gobierno ejercidas en la orden, ya fuera como prior de diferentes cenobios, vicario general o provincial.5
No es casual que el padre Micó mantuviera durante tan complicada tesitura una estrecha relación con el convento de Santa María Magdalena y sus moradoras, a las que procuró devolver por todos los medios a la jurisdicción de santo Domingo, sirviéndose de algunas de ellas con gran predicamento en esta comunidad. Pocas monjas gozaban de tanta reputación como sor Violante Torrent,6 conocida por sus visiones sobre el futuro del cenobio. En uno de tales delirios,
Vio adesora, estando despierta y muy en sí, como el provincial de la Provincia de Aragón de la orden de Predicadores entrava por el [monasterio], acompañado de dos frayles y de siete monjas del convento de Santa Caterina de Sena, de la propia ciudad, cubiertas con mantos, y que dezía a las monjas que topava lo que dixo Joseph a sus hermanos: Pro salutem enim vestra misit me Dominus ante vos, por vuestra salud me imbió el Señor a vosotros. Y que, declarado esto, tomava possessión de la casa.7
La religiosa adelantó en un año y medio la suerte de las magdalenas, cuya reincorporación a la orden de Predicadores contaría con el aval del duque de Calabria don Fernando de Aragón, a la sazón virrey de Valencia, y el nuevo arzobispo fray Tomás de Villanueva, arribado a la diócesis en 1545, los dos muy vinculados al padre Micó, del primero confesor y confidente del segundo.8 La mediación de ambos resultó decisiva para que el papa Pablo III expidiera un breve, datado el 17 de noviembre de 1547, devolviendo el convento a su status anterior a 1432 por el resto de los tiempos.9
El 1 de febrero de 1548 se ejecutaba el citado decreto pontificio por parte del provincial de Aragón fray Juan Izquierdo, dando cuenta de ello a Carlos I y al príncipe Felipe.10 En compañía de los padres Juan Micó y Jaime Ferrán11 tomó posesión de Santa María Magdalena, pronunciando las mismas palabras del Génesis con que la madre Torrent había presagiado este episodio.12 Allí en el cenobio quedarían, para la adecuación del mismo a la observancia, siete religiosas procedentes de la comunidad dominicana de Santa Catalina de Siena, plenamente reformada conforme a los criterios de la corona.13
Conocemos los nombres de estas monjas, así como los oficios para los que fueron designadas por las autoridades de la orden.14 Además de la superiora sor Eleonor Corts15 y la subpriora sor Agnés Roix,16 sobre las que recaería el gobierno del cenobio, estaría sor Jerónima Blasco,17 maestra de novicias, y por tanto encargada de instruir a éstas en la vida religiosa de la orden, la oración, la lectura o la escritura;18 sor Angélica Blasco,19 en este caso cantora y al frente del coro;20 sor Jerónima Sans,21 como procuradora o responsable de los bienes temporales de la comunidad;22 sor Mariana Estanya,23 cancerbero de las entradas y salidas del recinto en calidad de portera;24 y sor Serafina Montserrada,25 sacristana a quien competía el cuidado de ornamentos y utensilios litúrgicos.26 A ellas se sumarían un año después las madres Ángela Ferrer y Catarina Hortolana,27 del convento observante de Nuestra Señora de la Consolación de Xàtiva, fundado en 1520 por fray Luis de Castellolí.28
Unas y otras pudieron asistir a la enésima maravilla atribuida al popular Cristo Crucificado de Santa María Magdalena
Celebrava un religioso grave sobre el altar el incruento sacrificio de la missa, oyéndola todas las religiosas, que rogavan por la promoción más feliz de la observancia..., quando se vieron con assombro desprenderse de la imagen de este Señor muchas centellas de fuego. Que como éste vino a introducir en el mundo, para que ardiesse en él de su amor soberano, quiso prevenir a sus esposa del que encendía fogoso en aquel convento...29
Con prodigios o sin ellos, no todas las magdalenas aceptaron la nueva situación de su comunidad, y aún menos el desembarco de monjas ajenas provenientes de un convento en la vanguardia de la reforma dominicana. Tanto es así que, para evitar posibles disturbios, algunas religiosas como la anterior priora sor Violante Navarro30 y su incondicional sor Isabel Ribes31 hubieron de ser trasladadas, a Santa Catalina de Siena la primera, y a la capital de La Costera la segunda. «Y ab aquest remey, restà lo convent molt reservat y posat en gran consens»32 bajo la atenta supervisión del padre Juan Micó, hasta su fallecimiento en 1555.33
Entretanto el concilio de Trento no tardaría en dar un nuevo impulso a la reforma de las órdenes regulares, sin que los monasterios femeninos quedaran al margen.34 Como es sabido, el asunto de los regulares fue tratado a finales de 1563, en la sesión xxv de esta asamblea.35 Además de restablecer la clausura en todo su rigor –por medio de la renovación de la decretal Periculoso, promulgada en l298 por Bonifacio VIII–36 se impondría a las religiosas, en cuya vocación nadie debía forzarlas,37 un tiempo mínimo de noviciado, nunca inferior a los doce meses, y la edad requerida para la profesión, dieciséis años cumplidos;38 los exámenes preceptivos por parte del ordinario y previos a su ingreso en la vida consagrada;39 la comunión y confesión mensual obligatoria;40 el procedimiento a seguir en la elección de sus superioras;41 la plena jurisdicción de las autoridades de la orden sobre los conventos no exentos,42 o las visitas canónicas a los mismos.43
El capítulo general dominicano reunido al año siguiente en Bolonia, bajo la presidencia de fray Vincenzo Giustiniani, se hizo eco de estas disposiciones.44 Unos meses después eran dadas a conocer a todas las monjas de la Provincia de Aragón, incluidas nuestras magdalenas, por parte del padre Juan Izquierdo y con una carta del siguiente tenor:
A todas las reverendas madres y religiosas de la dicha Provincia. Salud y consolación del Spíritu Santo. El hijo de Dios, que por nuestra salud y bien del Cielo vino, nos dixo ser el camino para el Cielo la guarda y observancia de los mandamientos, lo qual como consta no sólo se a de entender de aquellos mandamientos y preceptos que Él, por sí mesmo, nos dio, pero aún de todos aquellos que por sus ministros que son perlados nos fueren inpuestos, los quales tanto más fuerça para nos obligar trahen quanto es más justa la causa porque se ordenan, y sería mayor el peligro si dexassen de cumplir y poner por la obra. Esto digo porque, siendo los tiempos tan calamitosos, padeciendo la Iglesia tantos trabajos, aviéndose resfriado tanto la charidad en los coraçones de muchos, a dispuesto y ordenado Nuestro Dios y Señor que assí por el sacrosanto consilio como por nuestro capítulo general nuevamente en Bolonia tenido, se hayan establecido tales y tan santos estatutos y ordinaciones para todos aquellos que a la Iglesia ayudar y favorecer pueden, que tomando cada uno la parte que le cabe, y con el amor del Señor, encorporándola en su alma no será menos que Nuestra Madre la Iglesia no reciba muy gran alivio y todas nuestras almas no pequeño aumento en la santidad y virtud. La porción que todas las religiosas cabe son ciertos capítulos que aquí verán insertos, no menos pertenecientes al culto divino y decoro de nuestra sagrada religión que provechosas para sus almas y conciencias. Porque lo ordenado, al no ser entendido aprovecha muy poco, se les traduze en nuestra vulgar lengua y romançe para que, entendiéndolo a la clara, con mayor facilidad y diligencia, lo puedan poner por obra. El Señor, que ha inspirado en los coraçones de sus ministros [que] tales leyes y estatutos se hiziesen, infunda en las almas de todas vuestras reverencias su divino amor y gracia para que, poniéndolos por effecto con aquel zelo que conviene y yo espero, sea Dios alabado, fortalezida la regular observancia, el decoro de nuestra sagrada religión aumentado y todas vuestras reverencias, por su obediencia, coronadas en el Cielo.45
A esta comunicación oficial adjuntó el provincial un extenso documento con la traducción de los decretos conciliares en materia de vida religiosa y su concreción para los conventos de Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca, según lo determinado por el último cónclave de la orden. El texto abordaba fundamentalmente los aspectos relacionados con el gobierno monacal, con especial interés por las elecciones priorales, demasiado a menudo ocasión de discordias y trifulcas entre las monjas. Hablaba también de la pobreza e incluiría, entre otros asuntos, la celebración de algunas fiestas litúrgicas, que hasta aquel momento no habían gozado de mucho predicamento, como las de la Corona del Señor, santa Bárbara y santa Dorotea, o un apartado sobre lo establecido por Trento al respecto del Santísimo Sacramento.
En la misma línea, el capítulo general romano de 1569 –bajo el epígrafe de accesu ad monasteria monialium– volvería a brindar una visión de las dominicas en plena sintonía con el pensamiento conciliar.46 Ordenaciones confirmadas y desarrolladas por los sucesivos cónclaves blanquinegros celebrados en las décadas siguientes.47
Para la aplicación de toda esta legislación iba a contar el convento de Santa María Magdalena con un puñado de monjas forjadas bajo la impronta del más aventajado discípulo del padre Micó, san Luis Bertrán.48 A tan conocido reformador dominico, prior de los conventos de Valencia y Museros y misionero en las Indias, deberían su ingreso en la vida religiosa muchas de estas mujeres a las que atendió espiritualmente durante sus frecuentes visitas a Na Rovella. Lo cuenta el padre Beaumont de Navarra con su habitual estilo:
después de su incorporación y reforma, lograron [las monjas] seguridad en su curso, sin torzer de aquella senda que ilumina la verdad de la perfección evangélica, en los aciertos de un ángel que destinó Dios para infundir con su presencia nueva virtud en cada estrella con que desfogara mayores luzes de santidad y con el fanal de su doctrina desterrasse nieblas que suele, en tan delicada carrera, suscitar lo remontado de la misma eclíptica por donde se camina. Este fue mi gloriosíssimo padre san Luis Bertrán.49
Quiso el tiempo que algunas de estas pupilas bertranianas acabaran rigiendo los destinos de las magdalenas en tan crucial etapa de su historia. Lo hizo por ejemplo sor Mónica Antist, que en 1538 había ingresado con su hermana gemela Luisa en esta comunidad, donde ambas pasaron una década antes de profesar a los diecisiete años de edad.50 Al priorato llegó en 1572, de la mano de fray Luis, para «dedicar todos sus alientos a multiplicar los bienes espirituales y temporales sobre los que se apoya la religión». Velaría así por el cumplimiento de los ejercicios comunitarios por parte de las monjas, estimulando entre ellas oraciones, vigilias y penitencias. Para la rehabilitación de las viejas instalaciones conventuales logró agenciarse diferentes cantidades económicas de importancia –a partir de un privilegio de amortización de dos mil libras– que destinó a mejorar la entrada del recinto, levantar la cerca del mismo y abrir nuevas dependencias en su interior. Obras proseguidas durante su segundo mandato al frente del cenobio, entre 1581 y 1584, esta vez con el dormitorio de las religiosas, algunas habitaciones de la enfermería, el coro y la sacristía, dejando «la casa sens dengú deute, provehida de forment y de tot lo demés, con [solvènsia] y xixanta lliures en lo depòsit».51
Vinculada como la madre Antist al padre Bertrán estuvo sor Catarina de Castro, de la casa de Ariza, muy próxima a la orden de Predicadores. En 1553, con solo diez años de edad, había tomado el hábito dominicano por consejo del santo, profesando algo más de un lustro después.52 El 20 de septiembre de 1594 se convirtió en priora muy a su pesar.53 Aunque pudo de esta forma solicitar a las autoridades provinciales la designación de fray Francisco Sala –hechura también de su maestro–54 como confesor del convento. La ayuda de este último resultó determinante para el establecimiento de la celebración anual de la festividad del Santísimo Sacramento.55 Junto a él constituyó también
la germandad y devoció dels vehins del convent que los disaptes y vespres de festes de Nostra Señora se canta la Salve y vénen desde lo altar major fins a la capella de Nostra Señora de la Consolació ab sos ciris encesos y lo confesor y a voltes ab la imatge de Nostra Señora, lo qual nunca se havia fet en aquest convent.56
Por aquel tiempo debía de frecuentar igualmente Santa María Magdalena un segundo discípulo de san Luis Bertrán con reputación de varón ejemplar. Hablamos del padre Domingo Anadón, popular portero y limosnero del convento de Predicadores que «a las religiosas encargava siempre la humildad y obediencia y olvido del mundo y de todas las criaturas, exhortándolas que procurassen agradar a un solo Dios y parecer bien a los divinos ojos, cuyas esposas eran». Bien pudo acaecer así entre aquellos muros la conocida anécdota por éste protagonizada:
Entró en un monasterio a visitar unas religiosas, y dos dellas le rogaron que las oyesse sus confessiones, la una con mucha devoción y la otra con curiosidad mujeril por provarle en aquel sacramento si era santo, y si la descubriría algún pecado que no huviesse ella confessado. Confessáronse las dos, y ella salió muy descontenta quexándose de su sequedad, diciendo: ¡Qué fraile y qué santidad. ¿Éste es santo?! Y díxolo de manera que todas las demás conocieron lo que le avía sucedido y la intención que llevaba quando se fue a confessar con él. Y la otra salió alegre y consoladíssima, aviendo notado el bendito padre las intenciones de las dos y hablado a cada una según su espíritu. Y como de Dios dize el psalmista: Cum sancto, sanctus eris, et cum perverso, pervereteris (Ps. 17, 27), assí el bendito padre con la devota estuvo devoto, y con la tibia habló con sequedad, pagándola con la propria moneda y tratándola como indigna por entonces de mejor lenguaje. Con todo, porque todas havían, por la imprudencia de la religiosa, notado su impertinente intención..., dixo con las manos puestas al cielo: Yo confío en la Santíssima Trinidad que todas las monjas que oy están en esta casa han de yr al Cielo.57
«Otra de las nobles plantas que en este cerrado huerto descolló en santidad al riego de la enseñança de su divino jardinero san Luis Bertrán», sería sor Esperanza Palafox,58 superiora de rígida vida ascética, eclipsada por la estela de su sobrina sor Bernardina, exponente destacado de una pléyade de emprendedoras magdalenas valencianas que, bajo idéntica estela bertraniana, proyectaron la reforma a través de la fundación de nuevos establecimientos religiosos diseminados por la Provincia dominicana de Aragón.59
1. A. Robles Sierra, «La reforma entre los dominicos de Valencia en el siglo XVI», en Corrientes espirituales en la Valencia del siglo XVI (1550-1600), Valencia, 1983, pp. 184 y 195.
2. A falta de una biografía sobre tan interesante personaje, superior hasta entonces del convento de San Esteban de Salamanca, remitimos a V. Beltrán de Heredia, Historia de la reforma de la Provincia de España (1450-1550), Roma, 1939, pp. 143-183.
3. J. M.a de Garganta, «San Juan de Ribera y san Luis Bertrán», Teología espiritual, 5 (1961), pp. 72-73.
4. «Acompañado [fray Domingo de Montemayor] del maestro fray Amador Spí, del convento de Predicadores, fue al monasterio de Santa Catalina de Sena, que es de religiosas de la misma orden, para consolarlas espiritualmente y ordenar lo que convenía para su buen regimiento. Saliendo el provincial y el prior de este monasterio a 10 de julio de este año, dos apóstatas, que días avía que lo eran y andavan por la ciudad, le salieron al encuentro cerca las casas de don Joan Cervellón, llamadas comúnmente la Taraçana. Dieron al provincial una cuchillada grande en la cabeza y otra en el ombro; cayó en tierra con la fuerça de las heridas y luego el prior se amparó de él para defenderle de otras heridas que le querían dar; recibiólas el prior en su persona de los apóstatas no menos mortales que las que su santo prelado avía recibido». BUV. Ms. 204, J. Falcó, J. Falcó, Historia de algunas cosas más notables pertenecientes a este convento de Predicadores de Valencia, p. 184.
5. L. Robles, «Ne pereant. 15 documentos relativos a fray Juan Micó (1489-1555)»y «Juan Micó, O.P., autor del Rosarium sive psalterium Sanctissimi Nominis Jesu», ambos en Escritos del Vedat, VI (1976), pp. 203-232, y XI (1981), pp. 339-360; A. Soler Molina, «El Palomar, bressol de religiosos il·lustres», en El Palomar. On es troben la séquia i el camí, Ontinyent, 1996, pp. 408-455; A. Esponera Cerdán, «Los dominicos Micó y Vidal, de la universidad del Palomar (siglos xvi-xviii)», en II Congrés d’Estudis de la Vall d’Albaida, Valencia, 2008, pp. 552-558; y E. Callado Estela, «El dominico fray Juan Micó. Reforma y predicación en el siglo xvi», en E. Callado Estela (coord.), Valencianos en la Historia de la Iglesia IV, Valencia, 2013, pp. 179-226.
6. «Fon rebuda a l’hàbit a set de novembre de 1499, essent priora sor Aldolça Çavall. Portà de dot huytanta lliures. Morí a cinch de agost de 1567, havent vixcut en la religió xixanta-set anys». ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Religioses y dots de aquelles, f. 33 bis.
7. F. Diago, Historia de la Provincia de Aragón de la orden de Predicadores, desde su origen y principio hasta el año de mil y seyscientos, Barcelona, 1599, f. 255.
8. V. Beaumont de Navarra, Breve y devota descripción de la gloriosa celda del padre san Luis Bertrán, acreditada con singulares prodigios y favores celestiales, venerada en el real convento de Predicadores de Valencia, Valencia, 1722, pp. 96-97.
9. Bullarium ordinis fratres Praedicatorum, Roma, 1732, vol. ii, pp. 655-656. Véase apéndice documental I, doc. 5.
10. AGS. Estado. Leg. 304.
11. Libio de cuna, todavía niño había sido arrancado de Trípoli por una expedición cristiana que lo condujo a Barcelona para recibir las aguas bautismales. Allí vistió el hábito blanquinegro, graduándose en Teología para ocupar en breve el priorato del convento de Santa Catalina Mártir, en la misma Ciudad Condal, y más tarde el de Zaragoza, que dejaría con posterioridad para convertirse en Provincial de Aragón. F. Diago, Historia de la Provincia de Aragón..., op. cit., ff. 99-100.
12. V. Beaumont de Navarra, Compendio histórico del real convento de Santa María Madalena..., op. cit., pp. 100-101.
13. A. Robles Sierra, Real monasterio de Santa Catalina de Siena. Proyección y fidelidad, Valencia, 1992, pp. 99 y ss.
14. ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Fundatió, f. 3v.
15. Había tomado el hábito en marzo de 1497, profesando el 1 de noviembre de 1500. Ya en Santa Catalina de Siena fue subpriora y vicaria y ejerció como superiora en 1532-1533, 1534-1541 y 1547-1548. ARCSCS. Libro de la fundación y de todas las cosas pertenecientes a este religiossísimo convento de la seráphica Virgen Santa Catherina de Sena, de la orden de Predicadores, de esta insigne ciudad de Valencia, ff. 194v-196. Responsabilidad ésta que abandonó para ocuparse del priorato de Santa María Magdalena hasta su muerte, acaecida en 1563. ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, f. 25.
16. Como Catalina había vestido el hábito el 18 de julio de 1516. Su profesión religiosa hubo de esperar hasta el 14 de mayo de 1518. A. Robles Sierra, Real monasterio de Santa Catalina de Siena..., op. cit., p. 69. Con posterioridad a su traspaso a las magdalenas, fue priora de las mismas durante el trienio 1566-1569. ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, f. 25.
17. Tomó el hábito blanquinegro el 30 de septiembre de 1528 y profesó el 25 de enero de 1532, en ambos casos en Santa Catalina de Siena. A. Robles Sierra, Real monasterio de Santa Catalina de Siena..., op. cit., p. 69. Priora de Santa María Magdalena desde 1569 a 1572. ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, f. 25.
18. Constituciones o manual de las monjas del orden de[l] señor santo Domingo..., op. cit., capítulo III. Del oficio de la maestra de novicias, pp. 114-134. Nótese la amplitud del texto dedicado por las constituciones a este oficio. Y es que a través del noviciado –como subraya A. Atienza– no sólo se enseñaban y aprendían las pautas de comportamiento debidas para la inserción en la comunidad, sino que constituía un proceso de socialización y de inmersión en los valores de cualquier orden religiosa, pero también un proceso de aprendizaje e interiorización de las pautas y valores asociados de forma más genérica al estado religioso femenino. A. Atienza López, «Autoridad y poder en los claustros femeninos de la Edad Moderna. Las prioras dominicas vistas desde los textos normativos y ceremoniales», en R. M.a Alabrús Iglesias (ed.), La vida cotidiana y la sociabilidad de los dominicos, Sant Cugat, 2013, p. 59.
19. A 30 de septiembre de 1528 vestía el hábito en Santa Catalina de Siena, donde profesó el 25 de enero de 1532. A. Robles Sierra, Real monasterio de Santa Catalina de Siena..., op. cit., p. 69. A la muerte de sor Elionor Corts, en 1563, fue confirmada como nueva priora de Santa María Magdalena, «la primera trienal». Con posterioridad, volvería a ocupar el priorato entre 1578-1581 y 1585-1588. Elegida priora por cuarta vez en 1594, año en el que falleció «molt santament»y ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, ff. 25-26.
20. Constituciones o manual de las monjas del orden de[l] señor santo Domingo..., op. cit., capítulo v. Del oficio de la cantora, pp. 136-139.
21. El hábito de santo Domingo lo había tomado el 29 de noviembre de 1538. Justo un año después, profesaba. A. Robles Sierra, Real monasterio de Santa Catalina de Siena..., op. cit., p. 69.
22. Constituciones o manual de las monjas del orden de[l] señor santo Domingo..., op. cit., capítulo xii. Del oficio de la procuradora, pp. 156-159.
23. El 3 de enero de 1538 había vestido el hábito religioso, profesando el 1 de noviembre de 1539. Ibíd. Fue nombrada superiora de las magdalenas el 9 de diciembre de 1575, concluyendo su mandato tres años después. ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, f. 25v.
24. Constituciones o manual de las monjas del orden de[l] señor santo Domingo..., op. cit., capítulo x. Del oficio de las porteras y torneras, pp. 149-152.
25. Consta que el 1563 había regresado al convento de Santa Catalina de Siena, donde ejercía como procuradora. En 1575 se ocuparía de su priorato. A. Robles Sierra, Real monasterio de Santa Catalina de Siena..., op. cit., p. 69.
26. Constituciones o manual de las monjas del orden de[l] señor santo Domingo..., op. cit., capítulo vii. Del oficio de las sacristanas, pp. 140-145.
27. De la segunda podemos decir que «fon rebuda a dèsset de march de 1523 en lo convent de Nostra Senyora de [la] Consolatió del portal de Valènsia en Xàtiva, de hon fon transl·ladada a est convent de Senta Maria Magdalena per a la reformasió de aquell, en lo qual morí». ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Religioses y dots de aquelles, f. 34 bis.
28. F. Diago, Historia de la Provincia de Aragón..., op. cit., f. 289. También C. Sarthou Carreres, Monasterios setabitanos, Valencia, 1954.
29. V. Beaumont de Navarra, Compendio histórico del real convento de Santa María Madalena..., op. cit., p. 60.
30. Superiora en 1543 y 1547, «fon rebuda a nou de march de 1518, essent priora [sor] Aldolça Çavall. Portà de dot [en blanco]. Morí a vint-y-cinc de mars de 1560 en lo convent de Senta Catherina de Sena, ahon fon translladada». ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, f. 25 y Religioses y dots de aquelles, f. 33v bis.
31. «Fon rebuda a tretze de decembre de 1506, essent priora sor Aldolça Çavall. Portà de dot cent lliures. Morí a [en blanco]». Ibíd., f. 33 bis.
32. Ibíd., Memorial, inventari, registre..., f. 3v.
33. buv. Ms. 932, J. Teixidor, Necrologio de este real convento de Predicadores de Valencia. Devidas memorias a sus hijos nativos con extensión en los más ilustres recogidas de monumentos antiguos y fidedignos. Tomo 2, pp. 353-356.
34. R. Creytens, «La riforma dei monasteri femminile dopo i decreti Tridentini», in Il Concilio di Trento e la riforma tridentina, Bolonia, 1996, vol. ii, pp. 45-84, y C. Soriano, «Trento y el marco institucional de las órdenes religiosas femeninas en la Edad Moderna», Hispania Sacra, 52 (2000), pp. 479-493. Para el caso dominicano J. M.a de Garganta, «Apuntes sobre el momento tridentino de la Provincia de Aragón», en Atti del Convegno Storico Internazionale Il Concilio di Trento e la reforma tridentina, Roma, 1965, vol. ii, pp. 627-646.
35. H. Jedin, Historia del concilio de Trento, Pamplona, 2001, vol. iv, pp. 262-267.
36. El arzobispo de Milán san Carlos Borromeo desarrollaría en breve algunas normas sobre el caso, en relación al espesor y altura de los muros; la cantidad de las puertas y rejas; el material de velos y paredes; los barrotes y vidrios de las ventanas; las dimensiones de los orificios practicados en aquellos lugares donde no pudieran evitarse las conversaciones, aunque sólo fuera para confesarse; el agujero a través del cual se administraba la comunión; el número, forma y tamaño de los tornos; etcétera. Normas que, extendidas pronto a la mayoría de conventos italianos, servirían de modelo para otros muchos lugares. Véase sobre el tema de la clausura y el espacio conventual en general «Clausura», en Dizionario degli istituti di perfezione, Roma, 1974-1975, vol. ii, pp. 1166-1174; M. Brennan, «La clausura, institutionalizatión de la invisibilidad de la mujer», Concilium, 202 (1985), pp. 344-355; M. Vigil, La vida de las mujeres en los siglos XVI y XVII, Madrid, 1986, pp. 208-261; I. Poutrin, «Clòture et perception de l’espace conventuel en Espagne (1560-1660)», en Les religieuses dans le cloître et dans le monde des origins à nos tours, Saint-Etienne, 1994, pp. 597-607; G. Zarri, Recinto, donne, clausura et matrimonio nella prima Età Moderna, Bolonia, 2000, pp. 43-144; F J. Campos (dir.), La clausura femenina en España, San Lorenzo de El Escorial, 2004, 2 vols.; y J. García Oro, Historia de la Iglesia III. Edad Moderna, Madrid, 2005, pp. 241-245.
37. El sacrosanto y ecuménico concilio de Trento. Trad. de I. López de Ayala, Madrid, 1785, sesión xxv De los regulares y monjas, cap. xviii. Ninguno precise, a excepción de los casos expressados por derecho, a muger ninguna a que entre religiosa, ni estorve a la que entra, pp. 480-481.
38. Ibíd., cap. xv. No se haga la profesión sino cumplido el año de noviciado, y pasados diez y seis de edad, p. 475.
39. Ibíd., cap. xviii. Explore el ordinario la voluntad de la doncella mayor de doce años si quisiere tomar el hábito de religiosa y después otra vez antes de la profesión, pp. 478-479.
40. Ibíd., cap. x. Confiessen las monjas y reciban la eucaristía cada mes. Asígneles el obispo confesor extraordinario. No se quede la eucaristía dentro de los claustros de los monasterios, pp. 469-470.
41. Ibíd., cap. vii. Qué personas y de qué modo se han de elegir por abadesas o superioras bajo qualquier nombre que lo sean. Ninguna sea nombrada por superiora de dos monasterios, pp. 464-465.
42. Ibíd., cap. ix. Gobiernen los obispos los monasterios de monjas que están inmediatamente sujetos a la Sede Apostólica, y los demás las personas deputadas en los capítulos generales y otros regulares, p. 468.
43. Ibíd., cap. xx. Los superiores de las religiosas no sujetas a los obispos visiten y corrijan los monasterios que les están sujetos, aunque sean de encomiendas, pp. 483-484.
44. Acta capituli generalis Bononiae celebrati in conventu Sancti Dominici in festo Sanctissimo Penthecostes anno Domini MDLXIIII maii, en M. B. Reichert, Monumenta ordinis Praedicatorum historica. Acta capitulorum generalium V, Roma, 1901, pp. 51-58.
45. Una copia de este documento, perdido para el caso de Santa María Magdalena, en ARCSCS. Libro de la fundación y de todas las cosas pertenecientes a este religiossísimo convento de la seráphica Virgen Santa Catherina de Sena..., ff. 250v-251v. Se halla reproducido en el apéndice documental I, doc. 6.
46. Acta capituli generalis Romae celebrati in conventu Sanctae Mariae super Minervam in festo Sacratissimi Penthecostes anno Domini MDLXIX die XXVIII maii, en M. B. Reichert, Monumenta ordinis Praedicatorum historica. Acta capitulorum generalium V..., op. cit., pp. 96-97.
47. Por ceñirnos únicamente a los reunidos hasta finales de la centuria, en 1571 y 1574 se diría «Circa reformationem claustralium confirmamus et innovamus, quaecunque de claustralium vel conventualium reformatione in praecedenti capitulo fuerunt statuta; quae omnia et singula his ordinationibus pro insertis habere volumus». Acta capituli generalis Romae celebrati in conventu Sanctae Mariae super Minervam in festo Sanctissimo Penthecostes anno Domini MDLXXI die III iunii, y Acta capituli generalis Barcinonae celebrati in conventu s. Catherinae Martyris in festo sanctissimi Penthecostes anno Domini MDLXXIV die XXX maii, en ibíd., pp. 132 y 164. En el mismo sentido volverían a expresarse las autoridades dominicanas en el de Venecia de 1592, regulando de paso el oficio de confesor, persona de edad grave, adornada con maduras y discretas costumbres religiosas, preocupada por la salud espiritual de las religiosas y capaz de conducirlas por los caminos de Dios. Acta capituli generalis Venetiis celebrati in conventu Sanctorum Ioannis et Pauli in festo Sanctissimae Penthecostes anno Domini MDLXXXXII, die decima septima maii, en ibíd., pp. 323-324. El capítulo general valentino celebrado cuatro años más tarde exhortó a las monjas al estricto cumplimiento de sus constituciones: «Admonemus omnes moniales ordinis nostri, quod tenentur ad observantiam eorum, quae in suis constitutionibus continentur; quae si libera voluntate et ex prava consuetudine praetermittant, conscientiam propriam laedunt et graves poenas incurrunt. Quare obligationi suae satisfacturae diligentiores sint in eisdem observandis, quam hactenus fuerint; quod ut praelati etiam procurent, maiori qua possunt diligentia, ipsis iniungimus; si vero occurreret ex aliqua gravi causa vel legitimo impedimento non posse aliquod monasterium illa adamusim servare, ad reverendissimum patrem generalem recurrat, causa et impedimenta proponendo, ut mature consulatur, quid facto opus sit». Acta capituli generalis Valentiae celebrati in conventu praedicatorum in festo sanctissimae Penthecostes anno Domini MDXCVI, en ibíd., p. 371.
48. Biografías bertranianas clásicas son las de L. Martí, Primera parte de la historia del bienaventurado padre fray Luis Bertrán, de la orden de Predicadores, natural de Valencia, Valencia, 1583; J. B. Roca, Historia verdadera de la vida y milagros de san Luis Bertrán, hijo de la ciudad y convento de Predicadores de Valencia y de su beatificación por nuestro santo padre Paulo V, Valencia, 1608; C. Morrelles, Compendiosa relatio viri fra Ludovici Bertrandi O. P, anno MDCVIII a Paulo V beatificati, cum rescripto beatificationis summariae collecta, Colonia, 1609; V. Saborit, Historia de la vida, virtudes y milagros del beato Luis Bertrán, de la orden de Predicadores, Valencia, 1651; L. Loarte, Historia de la vida, milagros y virtudes del glorioso san Luis Bertrán, Madrid, 1672; y F. Vidal y Micó, Historia de la prodigiosa vida, virtudes, milagros y profecías del segundo ángel del Apocalipsis y apóstol valenciano de las Indias Occidentales, san Luis Bertrán, Valencia, 1743. La más completa bibliografía sobre este santo y su obra, no obstante, queda recogida en E. Callado Estela y A. Esponera Cerdán, «San Luis Bertrán. Un dominico en tiempos de reforma», en E. Callado Estela (coord.), Valencianos en la Historia de la Iglesia II, Valencia, 2008, pp. 181-186.
49. V. Beaumont de Navarra, Compendio histórico del real convento de Santa María Madalena..., op. cit., p. 106.
50. «Feren professió a vint-y-quatre de juliol de 1547, essent priora sor Lleunor Corts. Portaren de dot dos-centes lliures en contants y cent lliures carregades a censal. Foren estes dos germanes tant semblants que ningú que les vea, per molt que les hagués pratigat, sabia distinguir qui era cada una. I arribà a tant esta semblansa que moltes vegades les dos tenien uns matexos pensaments. Morí la sor Lloïsa a tres de giner de 1556, havent vixcut set anys monja professa molt santament». ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Religioses y dots de aquelles, f. 35 bis.
51. Ibíd., ff. 25-26.
52. «Portà de dot tres-centes lliures, carregades sobre béns de son [en blanco]». Ibíd., f. 36 bis.
53. Ibíd., ff. 26-26v.
54. Aragonés de la villa de Monzón, síndico y archivero y con el tiempo prior del convento de Ibiza, «fue singularísimo devoto de santa María Magdalena» así como del Santísimo Sacramento. Sacro diario dominicano, en el qual se contiene una breve insinuación de las vidas de los santos, beatos y venerables de la orden de Predicadores para cada día del año, con alguna reflexión y oración, traducido de italiano en español y añadido por el muy reverendo padre maestro fray Francisco Vidal y Micó, Valencia, 1747, vol. ii, p. 316.
55. V. Beaumont de Navarra, Compendio histórico del real convento de Santa María Madalena..., op. cit., pp. 109-110.
56. ARCSCS. Fondo Magdalenas. Libro antiguo de la fundación y privilegios... Priores, f. 43.
57. V. Gómez, Verdadera relación de la vida, muerte y hechos milagrosos del bendito padre fray Domingo Anadón, portero y limosnero del convento de Predicadores de Valencia, Valencia, 1607, pp. 69-70.
58. Con tal nombre, únicamente se hace eco de ella el padre Beaumont de Navarra, entre las páginas 112 y 113 de su obra tantas veces citada, no así el resto de la documentación consultada.
59. La importancia en el seno de la clausura de los vínculos entre tías y sobrinas –constante también en el convento que nos ocupa– fue puesta de relieve por I. Poutrin, Le voile et la plume. Autobiographie et saintité féminine dans l’Espagne Moderne, Madrid, 1995, pp. 34, 42, 84.