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LA INSTRUCCIÓN CONTINÚA

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Algo debió de parecer mal al auditor Miquélez de Mendiluce cuando a comienzos de mayo se iniciaron nuevas diligencias, designándose para su instrucción al capitán de Infantería Olegario Briones Fernández y como secretario al sargento Francisco Esteban González. Es posible que en tal decisión influyera la escasa fiabilidad que para algunos pudiera tener la pertenencia a la Guardia Civil del anterior instructor; también puede, y parece más probable, que el auditor considerara «excesivo» el informe del alférez Morín Clemente. El 11 de mayo prestó nueva declaración Juan Durán Dopino, para entonces guardia municipal y vecino del número 29 de la calle general Prim, quien ahora redujo el número de horas pasadas en el Depósito Municipal de ochenta y dos a cuarenta y tres, mencionando de paso la reyerta que dio origen a la detención. Cuando se le preguntó que cómo no acudió a un médico tras la paliza o por qué no puso una denuncia ante el juez municipal, pese a haber pasado por el juzgado cuando salió del depósito, afirmó que temía ser castigado en cuanto el hecho fuera conocido por la Guardia Civil, de la que aseguró que usaba vergajos. Ese mismo día el juez instructor ordenó un careo entre Durán Dopino y Fernando Rubio Pastor, confirmando ambos haber sido testigos respectivos de los malos tratos sufridos.

Rosario Jiménez Maqueda se reafirmó en su testimonio anterior, citando a otra testigo de nombre Antonia. Esta, Antonia Lancharro Perera, de 25 años y natural de Real de la Jara (Sevilla), vivía en la calle Mendizábal.12 Dijo al instructor que podría reconocer al guardia civil que aquella noche de febrero maltrató a Rubio Pastor (Cagarrache) con una goma en el poyete de su casa después de sacarlo a la calle. Recordó que fue ese mismo guardia el que golpeó a otro cliente que finalmente se escabulló hacia el corral y luego se fue. Otras mujeres que también debieron declarar ante el instructor fueron Josefa Sánchez Rosas y una tal Manolita, que presenció la paliza dada a Fernando Rubio Pastor y lo comentó a otras vecinas, como la mencionada Josefa. Practicado un reconocimiento en el cuartel, Antonia Lancharro reconoció a Joaquín Ramos Rodríguez como el que golpeó a Rubio. En careo posterior, en clara maniobra de confusión, el guardia Ramos afirmó que media hora antes de los hechos había visto a Antonia en estado de embriaguez en la otra punta del pueblo. Pero esta se reafirmó en su declaración.

Fue Ramón Marcos Claro, segundo teniente de alcalde, el que el día 12 de mayo certificó al instructor las horas pasadas por los detenidos en el Depósito Municipal: Fernando Rubio Pastor, tres cuartos de hora; Juan Durán Dopino, cuarenta y cuatro horas, y Antonio Fernández Brajones, sesenta y seis horas.

Uno de los que fue llamado a declarar ahora fue el juez municipal Joaquín Viñeta Pons, de 51 años y que en esos días vivía en Mérida, quien dijo no recordar detalles por el tiempo transcurrido y por estar alejado del juzgado con motivo de una baja por enfermedad de noventa días, aunque desde luego afirmó que no apreció lesión alguna en Durán Dopino, García Durán y Fernández Brajones cuando fueron a declarar, ni estos dijeron nada sobre malos tratos, ya que de haber sido así hubiera ordenado de inmediato el obligado reconocimiento facultativo. Cuando fue llamado a declarar el cabo Cristóbal Carranza Galván, se informó desde el propio cuartel de Villafranca que se encontraba prestando servicios en Sotrondio, cerca de Langreo; los demás guardias seguían en el pueblo. Finalmente, a mediados de mayo, el cabo Galván ofreció su testimonio en Badajoz, en el cuartel del Regimiento Castilla, ante el sargento Francisco Esteban González. Para entonces, y contra todo pronóstico, ya había vuelto a Villafranca como cabo comandante del puesto de la Guardia Civil. Una vez más Carranza Galván se reafirmó en todo lo dicho y volvió a negar cualquier posibilidad de malos tratos.

Fue la propia Guardia Civil la que el día 9 de junio se interesó en que el juez municipal Álvarez del Vayo remitiera al juez instructor los antecedentes judiciales de los denunciantes. Durán Dopino, el ahora guardia municipal, había sido procesado en tres ocasiones: en agosto del 31 por coacciones, en febrero del 34 por tenencia ilícita de armas y en septiembre del 35 por lesiones. Por las tres sufrió diversas condenas. Por su parte, Rubio Pastor había sido procesado y condenando por tenencia ilícita de armas en 1927 y 1928. Finalmente, Jesús García Morán, Manuel García Conejo, Francisco Dávalos Tortonda, José Romero Pintor, Pedro Godoy Rubio, Fernando Sáez Salamanca y Antonio Fernández Brajones carecían de antecedentes.

Guerra y represión en el sur de España

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