Читать книгу Por el derecho comprender - Henrik López Sterup - Страница 8
ОглавлениеPara un efectivo ejercicio de la democracia, los ciudadanos necesitamos entender las leyes y demás comunicados del Estado. Así, requerimos claridad en los textos que recibimos de las empresas —tanto públicas como privadas— para la adecuada defensa de nuestros derechos y el cumplimiento de los deberes. Contrario a esto, es común en la sociedad sentir que los funcionarios son inaccesibles y que los trámites son innecesariamente complejos. De igual forma, la eficiencia de las entidades se ve afectada por no saber comunicarse con los usuarios.
El presente libro cuenta cómo un grupo de personas y organizaciones se han preocupado por la falta de claridad en el lenguaje y han actuado para contribuir a hacer realidad el presupuesto jurídico y político del derecho a comprender, con la consecuente responsabilidad para todas las entidades de hacerse comprensibles.
Ante la ya existencia de iniciativas mundiales de lenguaje claro, esas personas y organizaciones provenientes de la sociedad civil, la academia y los sectores público y privado se unieron tras considerar que la cooperación facilita el trabajo y permite lograr mejores y mayores resultados.
Fue así como surgió la Red de Lenguaje Claro de Colombia, creada oficialmente el 18 de octubre de 2018 bajo el liderazgo de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, cuya pretensión es difundir y promover el lenguaje claro para mejorar la comunicación principalmente entre el Estado y la sociedad. Las seis entidades fundadoras de la Red1, en las que laboran los autores de los capítulos, son: el Departamento Nacional de Planeación, la Cámara de Representantes del Congreso de la República, el Instituto Caro y Cuervo, la Universidad Icesi, la Universidad Eafit y, por supuesto, la Universidad de los Andes. En esta obra, figura como autora invitada Claudia Poblete Olmedo, profesora de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso e integrante de la Red de Lenguaje Claro de Chile, quien ha acompañado el proceso de creación, desarrollo y fortalecimiento de la red colombiana.
Dada la diversidad de entidades que hacen parte de la Red, este es un libro de reflexión sobre discusiones teóricas y experiencias de intervención. También incluye resultados de investigaciones, así como propuestas de pautas para la escritura jurídica y para elaborar material pedagógico. De este modo, el libro reúne trece capítulos con el objetivo común de generar conciencia sobre el tema y contribuir en la transformación de imaginarios culturales sobre el uso del lenguaje (especialmente el jurídico).
Para empezar, el primer capítulo analiza las definiciones que han surgido sobre el lenguaje claro y las cuestiona para plantear una propuesta que podría tener mayor utilidad práctica. Aunque esa definición fue discutida en una reunión de la Red y eso llevó a realizar ajustes en el texto para su versión final, la propuesta es provisional y no necesariamente compartida por todos los autores. Sin embargo, refleja elementos comunes en la comprensión del término que permiten saber que se está hablando de lo mismo.
Los capítulos segundo al quinto ayudan a sustentar la importancia del lenguaje claro para ejercer la ciudadanía democrática. El segundo capítulo cuenta la razón de la existencia del movimiento internacional del lenguaje claro. El tercero argumenta cómo la claridad en el lenguaje genera inclusión social. El cuarto explora de qué manera el lenguaje claro es un instrumento de gestión pública adecuado para establecer relaciones más horizontales entre autoridades y personas. El quinto analiza si existe un deber de lenguaje claro en la prestación del servicio de asistencia jurídica.
Los capítulos sexto al noveno proporcionan los fundamentos del lenguaje claro para comprender la filosofía, el significado, los alcances y los desafíos de este concepto a partir de la práctica institucional. De esta manera, el sexto capítulo brinda un panorama sobre las actitudes lingüísticas que distancian a los sujetos de las instituciones. El séptimo explora el sentido del lenguaje en la vida del hombre principalmente en su relación con el Estado. El octavo propone estándares de claridad para la redacción jurídica. El noveno caracteriza el nivel de lenguaje claro de la escritura investigativa en el derecho.
Para finalizar, los capítulos décimo al décimo tercero presentan experiencias concretas de intervenciones realizadas en facultades de derecho para diagnosticar y mejorar la comunicación de los abogados con la sociedad. En este sentido, el décimo capítulo hace un análisis de textos jurídicos producidos por estudiantes de últimos semestres de la carrera, con el fin de evaluar su claridad. El onceavo propone a los profesores de derecho unos ejercicios didácticos para desarrollar la competencia comunicativa oral y escrita en lenguaje claro. El doceavo narra una experiencia de intervención en un Consultorio Jurídico para promover el lenguaje claro en la atención a usuarios. El último describe el diseño e implementación de estrategias pedagógicas de lenguaje claro en un curso de derecho comercial.
Los capítulos podrían estar organizados de muchas otras maneras, pues en todos ellos hay reflexiones producto de las experiencias en el desarrollo de estrategias para promover el lenguaje claro. Como los presentamos en este libro, buscamos —luego de una comprensión común del término— llamar la atención del lector sobre la conveniencia para la democracia de lograr una comunicación en lenguaje claro. Una vez reconocido su valor, esperamos que los lectores tengan interés en conocer mejor las bases conceptuales y los alcances del lenguaje claro. Por último, quienes estén interesados en promover el lenguaje claro podrán tomar ideas prácticas para aportar en la formación jurídica.
Agradecemos a los estudiantes, egresados, profesores, administrativos, directivos, funcionarios, familiares y ciudadanos en general que con su entusiasmo y cariño nos han animado constantemente a seguir creyendo en las potencialidades del lenguaje para mejorar las condiciones de vida en nuestro país.
Betsy Perafán Liévano
Notas
1 A la fecha de abril de 2021, se han adherido a la Red otras seis entidades: la Universidad del Norte, el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la firma de abogados Peña Delgado & García, la Veeduría Distrital y el Consejo de Estado (Sección Quinta).