Читать книгу Los menores extranjeros no acompañados desde una perspectiva jurídica, social y de futuro - Javier Durán Ruiz Francisco - Страница 4

I Introducción al fenómeno de los menores extranjeros no acompañados. Concepto, cuantificación y vulnerabilidades 1. MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS EN LA UNIÓN EUROPEA Y EN ESPAÑA 1.1. MENA EN LA UNIÓN EUROPEA, EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO Y DEL FENÓMENO A) El fenómeno migratorio de los menores y jóvenes no acompañados y los datos

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La migración, como fenómeno que ha acompañado al ser humano desde sus orígenes y que solo a partir del siglo XX se viene considerando un «problema» por parte, fundamentalmente, de los países receptores de inmigrantes1, no es un proyecto o fenómeno que implica exclusivamente a adultos. Desde mediados de la década de los 90 del siglo pasado, se viene produciendo de forma particularmente intensa en la Unión Europa2, y dentro de ella en los países del arco mediterráneo y en España en concreto, el fenómeno migratorio de la migración irregular de menores de edad –niños y niñas, jóvenes y adolescentes– solos, sin sus familias.

La presencia de los menores inmigrantes no acompañados no es en absoluto una realidad solo presente en algunos Estados miembros, sino que estamos ante un hecho europeo, una realidad presente en el conjunto de la Unión Europea, si bien más o menos relevante dependiendo de la situación socioeconómica y geográfica de cada país y con procesos y circunstancias muy diferenciados. Nos encontramos ante un fenómeno migratorio que aun siendo reciente, ya no es nuevo, y que supone un complicado reto para las Administraciones de los Estados miembros pero especialmente para la Unión Europea en su conjunto como espacio de libertad, seguridad y justicia no solo para los ciudadanos de la Unión o del Espacio Económico Europeo y sus familias, sino para todas las personas, especialmente aquellos más vulnerables, como es el caso de los menores migrantes y de los menores que migran solos.

Esta situación existente en muchos países de Europa desde hace años. Como expone Bermúdez González3, en Alemania los primeros inmigrantes adolescentes eran ya visibles en los años 70, provenientes mayoritariamente de la Europa del Este, y en el caso de Italia, el fenómeno comenzó a ser importante a partir de finales de los 80 y particularmente a comienzos de los años 90, como puede comprobarse según los datos obtenidos en el informe comparativo del proyecto CONRED I4, realizado en los años 2000-20015, como consecuencia de la desmembración de Yugoslavia y la denominada guerra de los Balcanes, si bien los menores inmigrantes de cada uno de estos orígenes contaban con sus propias peculiaridades. En España veremos que este fenómeno comienza también en la década de los 90 del siglo pasado.

Las primeras investigaciones en la materia revelaron que la migración de menores ocurre fundamentalmente desde países cuyas fronteras se encuentran cercanas a las de Estados miembros de la Unión Europea, con fronteras cercanas entre países de la UE y países pobres o con gran cercanía a través del mar, como ocurre en España (por su cercanía con África, y su frontera con Marruecos en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla), Italia, Francia… Es decir, en el Mediterráneo occidental sobre todo, con orígenes en Marruecos, Argelia y Túnez.

No obstante, la migración de estos menores «solos» también afecta a los países de Europa central, como Alemania, donde los protagonistas son menores provenientes de algunos países de Europa del Este según Setién y Berganza6, que lo explicaban, en 2005, diciendo que las migraciones de menores solos son un fenómeno relacionado con la cercanía entre los lugares de origen y destino, puesto que los menores no cuentan con recursos, contactos o medios económicos suficientes para utilizar las redes de tráfico de personas entre fronteras y, por tanto sus desplazamientos no pueden ser muy largos.

Es verdad que este fenómeno migratorio se ve agudizado en deter-minados supuestos por la cercanía entre los países receptores y los países de origen de los menores inmigrantes: como ejemplos tenemos los casos de Italia y la región de Sicilia, la más meridional y cercana a África7, particularmente la cercanía de la isla de Lampedusa respecto de Libia; el caso de Grecia, en la que se han incrementado enormemente las solicitudes de asilo de menores no acompañados a raíz de los conflictos en Siria o Afganistán8; o de España por tener directamente frontera con Marruecos en los casos de Ceuta y Melilla9 con Marruecos y encontrarse la península también a escasos kilómetros atravesando el estrecho de Gibraltar; o la cercanía de las Islas Canarias respecto de la costa de Senegal.

Pero lo anterior es cierto solo en parte. En muchos casos los menores han demostrado una capacidad enorme para recorrer largas distancias desde sus lugares de origen e invertir recursos propios y de su entorno buscando familiares, amigos o contactos, tanto para llegar a territorio de la Unión Europea como para moverse entre los Estados miembros dentro del territorio de la Unión, buscando un destino final preestablecido en sus proyectos migratorios o mejores oportunidades con una migración en varias fases, como demuestra el hecho de que Alemania y Suecia hayan sido en los últimos años los países que más solicitudes de asilo de menores extranjeros no acompañados han recibido10.

A este respecto, la Unión Europea no cuenta con estadísticas específicas sobre el número de menores extranjeros no acompañados, y no en todos los Estados miembros existe, como en España, un Registro estatal para saber cuántos se encuentras bajo la protección de las autoridades estatales. Sin embargo, las normas comunitarias sí han establecido la obligación de que se recojan los datos relativos a los MENA solicitantes de asilo en los Estados miembros, que analizamos a continuación:

Tabla 1. Solicitantes de asilo considerados menores extranjeros no acompañados en la Unión Europea y sus Estados miembros 2010-2019

2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
UE– 27 países ( desde 2020) 8.895 10.290 11.420 11.460 21.205 91.955 60.075 29.195 16.785 14.115
UE– 28 países (2013–2020) 10.610 11.690 12.540 12.725 23.150 95.205 63.250 31.400 19.845 17.890
Bélgica 860 1.385 975 415 470 2.545 1.020 735 750 1.220
Bulgaria 20 25 60 185 940 1.815 2.750 440 480 525
Chequia 5 10 5 0 5 15 5 5 10 10
Dinamarca 410 270 355 350 815 2.125 1.185 460 240 195
Alemania 1.950 2.125 2.095 2.485 4.400 22.255 35.935 9.085 4.085 2.690
Estonia 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0
Irlanda 35 25 25 20 30 35 35 30 15 50
Grecia 145 60 75 325 440 420 2.350 2.455 2.640 3.330
España 15 10 15 10 15 25 30 20 75 100
Francia 610 595 490 365 270 320 475 590 740 755
Croacia : : 70 55 10 5 170 40 25 35
Italia 305 825 970 805 2.505 4.070 6.020 10.005 3.885 660
Chipre¡ 35 15 25 55 50 105 215 225 260 565
Letonia 5 0 0 5 0 10 5 10 5 5
Lituania 10 10 5 0 5 5 0 0 0 0
Luxemburgo 20 20 15 45 30 105 50 50 35 35
Hungría 150 60 185 380 605 8.805 1.220 230 40 10
Malta 5 25 105 335 55 35 15 5 5 20
Holanda 700 485 380 310 960 3.855 1.705 1.180 1.225 1.045
Austria 600 1.005 1.375 935 1.975 8.275 3.900 1.350 390 860
Polonia 230 405 245 255 185 150 140 115 125 105
Portugal 5 5 10 55 15 50 25 40 40 45
Rumanía 35 55 135 15 95 55 45 265 135 185
Eslovenia 25 60 50 30 65 40 245 390 555 670
Eslovaquia 5 20 5 5 10 5 0 10 10 30
Finlandia 315 150 165 160 195 2.535 370 175 105 95
Suecia 2.395 2.655 3.575 3.850 7.045 34.295 2.160 1.285 900 875
Reino Unido 1.715 1.395 1.125 1.265 1.945 3.255 3.175 2.205 3.060 3.775
Islandia 0 0 5 0 0 5 20 10 5 5
Liechtenstein 0 0 0 0 0 5 5 0 0 0
Noruega 630 635 705 670 940 4.790 270 175 145 125
Suiza 220 310 495 355 775 2.670 1.985 765 435 490
Total 10.610 11.690 12.540 12.725 23.150 95.205 65.525 32.355 20.430 18.505

Fuente: elaboración propia a partir de los datos de Eurostat.

Gráfico 1. Solicitantes de asilo considerados menores extranjeros no acompañados en la Unión Europea (UE 28) 2008-2019


Fuente: elaboración propia a partir de los datos de Eurostat.

Podemos apreciar como las cifras de menores extranjeros no acompañados solicitantes de asilo en la Unión Europea permanecieron más o menos estables entre 2008 y 2011. En 2008 fueron 11.695, en 2009 aumentó a 12.190 y descendió en 2010 a 10.610 para ir creciendo de nuevo año a año (11.690 en 2011 y 12.540 en 2012) hasta los 12.725 en 2013.2008 es el año en que comienzan a recopilarse datos a este respecto por los Estados miembros tras establecer la obligación el art. 3.a) del Reglamento (CE) 862/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección internacional.

Debemos tener en cuenta en este sentido el Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 16 de agosto de 2018, relativo a la aplicación del Reglamento 862/2007/CE, sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección internacional, COM (2018) 594 final, que refleja que, desde el informe de 2015, se han producido mejoras en la exactitud de los datos suministrados por los Estados miembros sobre MENA. El Informe establece como motivos de esta mejora que los Estados miembros siguen introduciendo sistemas administrativos más integrados y globales que utilizan métodos modernos de tecnologías de la información y comunicación. Tales nuevos sistemas responden mejor a los requisitos metodológicos y técnicos de la recogida de datos de Eurostat. Por su parte, Eurostat también recoge metadatos, y especialmente información sobre la exactitud de los datos, que explican, entre otros aspectos, las fuentes de datos y los procedimientos, las estimaciones o procesos de modelización que se hayan aplicado a los datos, y sus posibles efectos en el grado de conformidad con las definiciones del Reglamento. Por ello, la Comisión constata que desde el informe de 2015 se ha reducido de forma significativa la cantidad de datos que faltan o incompletos, ya que algunas autoridades nacionales han mejorado sus prácticas para garantizar que se recoge la información necesaria durante los procesos administrativos relacionados con la inmigración y la protección internacional, y han mejorado los sistemas informáticos para que estos datos puedan extraerse fácilmente para fines estadísticos.

Por otra parte, Eurostat participa en el Grupo de Expertos sobre Estadísticas en favor de los refugiados y los desplazados internos de la ONU, cuyo trabajo ha dado lugar a las Recomendaciones internacionales sobre estadísticas relativas a los refugiados, adoptadas por las Naciones Unidas. Estas recomendaciones han fijado las normas mundiales para producir estadísticas sobre protección internacional y solicitan que se apliquen las normas adecuadas y se eliminen las lagunas en las estadísticas sobre niños desplazados a la fuerza y menores no acompañados.

Esta última cuestión no está resuelta en la Unión Europea pese a que la Comisión ha encomendado a su Centro de Conocimiento sobre Migración y Demografía (Knowledge Centre on Migration and Demography –KCMD–) recopilar datos en este sentido, como veremos en su Comunicación COM (2017) 211, sobre menores migrantes.

El Informe de la Comisión de 2018 al que nos referimos reconoce que, pese a las mejoras, persisten también los problemas de exactitud en relación con los datos recogidos sobre MENA solicitantes de asilo. Estos problemas se refieren tanto a la falta de cobertura (es decir, cuando alguien no registra su residencia) como al exceso de cobertura (es decir, personas que no se han dado de baja, ya que, a menudo, no se ven obligados o alentados a hacerlo).

La Tabla 1 y la Gráfica 1 nos dan una idea bastante fiable –a partir de los datos proporcionados por Eurostat– de la magnitud del fenómeno de los MENA por el número de solicitudes de asilo que se han realizado. Cabe señalar que hay escasas estadísticas sobre los MENA irregulares o que han sido objeto de la trata de seres humanos o del crimen organizado. El número de MENA que solicitan asilo en la UE se ha incrementado a partir de 2010 como comentamos aunque esta tendencia no es homogénea y depende del Estado específico de que se trate. Entre 2013 y 2014, la cifra se duplicó de 12.725 a 23.150 (véase la tabla 1), y la denominada «crisis de los refugiados» tuvo lugar como puede apreciarse, también en el caso de los MENA, en 2015, el año que más menores no acompañados solicitaron asilo: 95.205 (un incremento del 411%) y en 2016 (con 65.525 solicitantes). El número de solicitudes ha descendido después progresivamente pero sigue siendo superior al previo a la crisis, con 32.355 MENA solicitantes de asilo en 2017, 20.420 en 2018 y 18.505 en 2019, siempre con los datos facilitados por los Estados miembros a Eurostat.

Hemos de poner de relieve, como expone Jiménez Álvarez11, que existe una invisibilización de estos procesos migratorios. La autora considera que «los niños y niñas y adolescentes son habitualmente pensados desde una visión “adultocéntrica” de las migraciones, y desde una perspectiva que los considera dependientes de sus familias, entendiéndolos como una carga». Concordamos con ella en que la migración de menores de edad es una migración autónoma con circunstancias concretas que les atañen y les llevan a emprender un proceso migratorio, recursos propios e intransferibles y objetivos distinguibles de los de su familia, y que, de esta forma, se amplía el campo semántico de los menores en las migraciones y se pasa de hablar de «menores dejados atrás» a «familias dejadas atrás».

Los menores extranjeros no acompañados desde una perspectiva jurídica, social y de futuro

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