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El catastro del
Marqués de la Ensenada

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En 1749, el rey Fernando VI, dio el visto bueno a Zenón de Somodevilla, marqués de la Ensenada, para que se efectuara en todo el reino de Castilla la evaluación de la propiedad, es decir, que confeccionará un catastro. El objetivo directo era la constitución de una contribución única, y ello llevaría aparejado que el estado asumiría la administración directa de las llamadas rentas provinciales, entre otras medidas.

Sus verdaderos efectos prácticos fueron totalmente nulos, la complejidad de la realidad castellana pudo con el intento de reforma. Sin embargo, el Catastro del marqués de la Ensenada fue, desde el punto de vista de recogida de datos, todo un éxito. Hoy día la información recogida en este catastro es un instrumento fundamental para el investigador y para el estudio económico y social de un periodo fundamental de nuestra historia.

La elaboración de este documento fue larga y laboriosa, se tardaron más de cinco años en recopilar todos los datos. Se recoge en el mismo la estimación de los bienes que posee cada individuo, tanto el valor de las propiedades inmuebles, como el de la producción de la tierra o de la industria.

El catastro se confeccionó de la siguiente manera, la base legal la establece una Real Cédula promulgada el 10 de octubre de 1749, por la que quedan abolidas las alcabalas, millones, censos, diezmos, foros, etc. y se instaura un impuesto único, que variaría su cuantía dependiendo de la capacidad económica de cada individuo.

Para la recogida de datos se creará en cada municipio una comisión, constituida por un religioso, un regidor y dos o más vecinos, dependiendo de los lugares. Por un lado, esta comisión deberá apoyar y ayudar a los medidores de tierras reales, en la recopilación y clasificación de las fincas tanto rústicas como urbanas, así como en colaborar en la recogida de los datos referentes a las industrias y comercios. Para ello, deberán atenerse a un Real Interrogatorio, compuesto por 40 preguntas. El resultado de esta encuesta se verificará de dos formas, por un lado tendremos lo que se conoce como Respuestas Generales y por otro las denominadas Respuestas Particulares.

El Real Interrogatorio contiene preguntas como qué especies de frutos se cogen en el término, cómo se llama la población, si existen minas, molinos, qué propios tiene el común, cuántas tabernas y mesones hay, si existen conventos, si hay hospitales, si ejercen oficio artistas, etc.

En Antequera, el catastro se elabora en 1753. Concretamente, la comisión constituida a tal efecto se reunió el 30 de abril, en las casas del juez particular privativo, nombrado para ello, cargo que recayó en don Eusebio de Uribe y Salazar, caballero de la orden de Santiago, Caballero 24 de la ciudad de Jaén, Corregidor y Capitán de Guerra, y Superintendente General de Renta Reales de la ciudad de Antequera, y actuando de secretario, el abogado don Sebastián de Molina. Se concluye la total recogida de datos el 29 de octubre de 1754.

Veamos algunas de las Respuestas Generales, por ejemplo la tercera:

Que ocupa su termino de levante a poniente 4 leguas y de norte a sur 6; y de circunferencia de 20 a 21 leguas que a caballo y paso regular se pueden andar en 30 horas; su figura la que queda puesta al principio; con frontera al levante con los términos de las Villas de Archidona e Iznajar, a Poniente con las de Estepa, Campillos, Teva y Ardales; al norte el de la ciudad de Lucena, villa de Benameji y Estepa, y al sur con los términos de Álora, Almogia y Casabermeja de la jurisdicción de Málaga****2.

A la pregunta 22, de cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de habitantes, cuántas arruinadas; y, si es de Señorío, explicar si tiene cada una alguna carga que pague al dueño por el establecimiento del suelo y cuánto, se contesta:

Que hay en el pueblo 3.740 casas habitables, 10 inhabitables y 34 arruinadas, y en sus aldeas 723 casas habitables y 11 inhabitables y 23 arruinadas y que las aldeas de Cuevas Altas y Bajas, pagan un tributo perpetuo por ser el suelo de sus propios****3.

La pregunta 36 interroga sobre cuántos pobres de solemnidad hay en el pueblo, y la respuesta es 800.

En cuanto a las respuestas particulares, estas se clasifican en tres grupos. Por un lado, tenemos las referentes a las propiedades rústicas y urbanas, en las que se distinguen las seculares y las eclesiásticas; y por otro lado, se agrupan las respuestas referentes a industria.

En nuestro Archivo Histórico Municipal, se conservan estas Respuestas Particulares en 11 volúmenes, aportándonos unos riquísimos y detallados datos sobre nuestra ciudad y sus individuos. Gracias a ello podemos determinar, por ejemplo, los volúmenes de propiedades de la Iglesia, especificados por órdenes religiosas o cofradías, las cargas o la producción concreta de cada propiedad, el número exacto de industrias y de personas dedicadas a ellas, etc.

Veamos un ejemplo de la información que nos facilita este catastro:

Francisco Primo, maestro de tallista, posee una casa en el callejón de los curtidores parroquia de Santa Maria con doce varas de frente y veinte de fondo linda por una parte con las de don Jacinto de Alcántara y por otra con las de don Juan Caballero, propiedad en comunidad con José Gaitero, Manuel Escalona y José de Palma todos cuatro interesados por iguales partes, puede producir ciento setenta y seis reales de los que aquí corresponden cuarenta y cuatro reales por su parte.****4

En cuanto al seglar industrial, los datos que nos aportan son como este:

Pedro Gómez, fabricante de seda y tejedor de ella, de estado casado, adquiere de utilidad en treinta libras de seda que labra cuatrocientos y cincuenta reales de vellón al año y por tejedor se anota en su clase.****5

En 1754, el marqués de la Ensenada fue destituido de su cargo y encarcelado. Las intrigas palaciegas, su vinculación con la Compañía de Jesús y la oposición de una parte de la oligarquía castellana, que veía amenazada su posición por la reforma que suponía el catastro, son algunas de las causas que se han esgrimido para justificar su caída.

No obstante, las reformas que implicaban el catastro continuarán en los años siguientes, incluso una buena parte de la oligarquía, gracias al catastro, podrá legalizar una serie de propiedades, sobre todo rústicas, hasta ese momento complicadas de justificar y de muy variada procedencia, como por apropiación de tierras de propios.

****2 A.H.M.A. Fondo Municipal. A.M.A. Sección Secretaría. Subsección Padrones y Censos. Legajo s/n

****3 A.H.M.A. Fondo Municipal. A.M.A. Sección Secretaría. Subsección Padrones y Censos. Legajo s/n

****4 A.H.M.A. Fondo Municipal. A.M.A. Sección Secretaría. Subsección Padrones y Censos Libro nº 1.998

****5 A.H.M.A. Fondo Municipal. A.M.A. Sección Secretaría. Subsección Padrones y Censos Libro nº 1.997.

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