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2.5 Conclusiones

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Actualmente la sociedad está en el marco de la cuarta revolución industrial, la cual implica grandes transformaciones y cambios, lo que impacta diversos mundos: físico, digital y biológico. En este último ámbito ha tenido gran desarrollo la biotecnología, como aquella tecnología al servicio de la ciencia y por medio de la cual —a través de la intervención de organismos vivos— se generan nuevos productos y servicios. Es esta hoy un área de evolución exponencial y motor de desarrollo para los países.

No obstante, el derecho ha sido superado por la biotecnología, de allí que en la C4IR se requieran de nuevos marcos científicos, tecnológicos, económicos y sociales que vayan de la mano con su desarrollo. Así lo expresa Schwab (2016a): “Como en anteriores revoluciones industriales, la regulación desempeñará un papel decisivo en la adaptación y difusión de las nuevas tecnologías” (p. 58).

Lo expuesto es debido a que, con la aplicación de la biotecnología, se pueden generar diversos riesgos y problemáticas frente a los derechos de las personas, tales como derecho a la salud, dignidad humana, medio ambiente, privacidad, la seguridad, entre otros. Todos ellos deben ser protegidos por el derecho y específicamente, por el derecho procesal. De ahí que se requiera frente a este campo una regulación clara, coherente y transparente, que favorezca su desarrollo y que vele por la protección de estos derechos. Solo así la biotecnología podrá ser realmente el motor de desarrollo que se espera a nivel mundial.

Nuevas dinámicas del derecho procesal

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