Читать книгу Plan general de contabilidad. ADGD0308 - Manuel Abolacio Bosch - Страница 14
4. La empresa: clases de empresas
ОглавлениеA la hora de hablar de empresas, lo primero que se debe hacer es buscar una definición que haga ver claramente el concepto que se está tratando.
Una empresa es una entidad autónoma de producción, en la que se coordinan diversos medios productivos (trabajo humano y elementos materiales e inmateriales), bajo la dirección de un empresario, con el fin de elaborar productos o prestar servicios que permitan la satisfacción directa o indirecta de alguna necesidad humana.
En cualquier caso, existe mucha literatura y diversidad de criterios y definiciones de las empresas. Así, por ejemplo, la Comisión de la Unión Europea considera empresa a “toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica”, o, según el Derecho internacional, “la empresa es el conjunto de capital, administración y trabajo dedicados a satisfacer una necesidad en el mercado”.
Analizando en detalle estas y otras definiciones que se puedan encontrar, se ve que existen ciertas pautas comunes en todas ellas, como es la existencia de unos medios productivos organizados para la producción de bienes y servicios encaminados a satisfacer una demanda.
A la hora de clasificar las empresas, existen multitud de criterios, si bien algunos de ellos tienen un mayor interés desde un punto de vista contable, como pueden ser aquellos que tienen en consideración el tamaño, el sector productivo y la forma jurídica y titularidad.
Algunas de las clasificaciones que se podrían realizar son:
1 En relación al tamaño, están los siguientes tipos de empresas:Microempresa.PYME Pequeña.Mediana.Grande.
La Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE realiza la clasificación recogida en la siguiente tabla en función de este criterio.
Empresa | CRITERIOS | ||
Balance general anual (miles de euros) | Volumen de negocio anual (miles de euros) | Trabajadores (númerode empleados) | |
Microempresa | < 2.000 | < 2.000 | < 10 |
PYME Pequeña | < 10.000 | < 10.000 | < 50 |
Mediana | < 43.000 | < 50.000 | < 250 |
Grande | ≥43.000 | ≥50.000 | ≥250 |
Tamaño de empresas según Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE
Nota
Existe diversidad de opiniones a la hora de determinar los criterios que permiten encuadrar a una empresa en uno de los tamaños descritos, pero la cifra anual de negocios y el número medio de empleados son parámetros de referencia indiscutidos.
Sabía que...
El PGC permite presentar cuentas anuales abreviadas a las empresas en función de su tamaño.
1 En relación al sector productivo, las empresas pueden clasificarse en:Empresas productoras de bienes o industriales (que a la vez pueden subdividirse en agrícolas, artesanales, extractivas, etcétera).Empresas comerciales (mayoristas, minoristas, comisionistas).Empresas de servicios (transporte, enseñanza, ocio, etcétera).
Importante
Dadas las especiales características de determinados sectores productivos, el PGC adapta sus normas generales a través de ajustes sectoriales, como el del sector inmobiliario, de entidades aseguradoras, de empresas concesionarias de infraestructuras públicas o empresas vitivinícolas, entre otras.
1 En función de si el capital está en manos públicas o privadas, se tienen:Empresas privadas, cuando la propiedad de la empresa es de esta naturaleza.Públicas, si el capital pertenece al Estado, Comunidades Autónomas, Diputaciones, Ayuntamientos u otros organismos dependientes de estas instituciones.Mixtas, si la titularidad es compartida por entes públicos y privados.
2 Según el ámbito geográfico donde realizan su actividad, serán:Locales, cuando operan en una localidad determinada.Nacionales, si sus operaciones se realizan únicamente en territorio nacional.Internacionales, cuando operan en al menos dos países distintos.
3 Según la cuota de mercado que posean, se encuentran:Empresa líder, cuando posee la mayor cuota de mercado, fijando precios y estrategias que son seguidas por las demás.Empresa aspirante, que es aquella que intenta ganar cuota de mercado respecto al líder y el resto de competidores.Empresa seguidora, aquella con una cuota de mercado pequeña, que no supone amenaza para el líder.Empresa especialista, que es aquella que se especializa, buscando un segmento de mercado muy concreto, en busca de un posible monopolio.
4 Por la forma jurídica y titularidad, se podría hacer la siguiente distinción:Según tengan o no ánimo de lucro:Empresas mercantiles.Empresas no mercantiles (asociaciones, fundaciones, patronatos, etcétera).Según la titularidad pertenezca a una o a más personas físicas o jurídicas:Empresas individuales.Empresas sociales, que, a su vez, pueden clasificarse en:Regulares o irregulares, según las formalidades de su constitución y acceso a un registro público.Mercantiles puras (colectivas, comanditarias, anónimas y limitadas) o especiales (cooperativas, mutualidades, etcétera).Las que limitan la responsabilidad de sus socios al capital comprometido (anónimas, limitadas, etcétera) y las que no lo hacen (colectivas, comanditarias simples).
Nota
Se consideran empresas sociales irregulares aquellas que, desarrollando una actividad empresarial, no se someten a los requisitos de forma, publicidad, constitución y registro de las sociedades mercantiles habituales.
Es interesante hacer una mención especial a dos tipos de sociedades que serán las que más habitualmente se encuentren: la Sociedad Limitada y la Sociedad Anónima. Como se acaba de ver, ambas son empresas mercantiles, sociales, regulares, puras, con responsabilidad limitada al capital comprometido por los socios y privadas.
La Sociedad Limitada (S. L.) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) es una sociedad de carácter mercantil en la que el capital social, que estará dividido en participaciones sociales, indivisibles y acumulables, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. El capital mínimo para su constitución es de 3.000 euros.
La Sociedad Anónima (S. A.) es una sociedad de carácter mercantil en la que su capital social está dividido en acciones. Los socios se constituyen como tal mediante la adquisición de dichas acciones, no respondiendo con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado. El capital mínimo de este tipo de sociedad es de 60.000 euros.