Читать книгу Medio siglo de historia del cooperativismo financiero colombiano - Néstor Alfonso Rodríguez Espinosa - Страница 20

2.1.4FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS POR PARTE DEL ESTADO

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El artículo 333 de la Constitución establece que “[…] el Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial”. Este fortalecimiento del Estado a las organizaciones solidarias se produce sin perjuicio de la autonomía de ellas y obliga al Estado al direccionamiento de políticas públicas encaminadas al desarrollo y consolidación de esta forma alternativa de organización, de tal forma que se haga realidad lo establecido en la Constitución.

Asimismo, vale la pena resaltar el estímulo al desarrollo empresarial como la búsqueda de condiciones favorables por parte del Estado para promover la creación y desarrollo de proyectos empresariales solidarios autosostenibles.

Medio siglo de historia del cooperativismo financiero colombiano

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