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SISTEMA DE HONORARIOS FIJOS
ОглавлениеEste sistema, que tiene su origen en los sistemas de minutación que los Colegios de Abogados han venido institucionalizando a través de los baremos de honorarios profesionales, se caracteriza porque el abogado ofrece al cliente, a través de un presupuesto u hoja de encargo, unos honorarios fijos previamente determinados por la prestación de un servicio cuyo ámbito queda claramente establecido ab initio. Es más, normalmente y salvo excepciones consignadas en la hoja de encargo, el precio suele estar cerrado. Es un sistema muy propicio para la presupuestación de asuntos litigiosos.
La minutación por precio determinado es un sistema muy empleado en los despachos de abogados especialmente en los asuntos judiciales, quizás por la influencia de los baremos colegiales, que venían estableciendo un porcentaje a aplicar sobre una cuantía calculada en función de la base minutable del asunto.
La fijación de honorarios a precio cerrado genera en el cliente mucha certidumbre, pues desde el principio, conoce los importes que habrá de destinar al pago de dichos servicios, lo cual favorecerá su gestión presupuestaria, beneficio éste que puede predicarse del abogado, quien dispondrá de unos ingresos establecidos desde el principio y con una previsión de cobro a futuro, que le ayudará, junto con otros casos similares, a gestionar la tesorería de su negocio.
Sin embargo, como señala Orlando Medina1), no debe olvidarse que el abogado, en la mayoría de los encargos profesionales que recibe, no está en condiciones de poder «cerrar» un presupuesto al cliente, ni por tanto ofertar en firme un precio conocido «a priori» por sus servicios. La litis, por su propia naturaleza, constituye una senda por recorrer, intrincada, llena de interrogantes e imponderables, obstáculos que el profesional tiene que intentar salvar en interés de su cliente, y sólo al final del camino es posible determinar con certeza la retribución que ese profesional debe percibir por su esfuerzo. Por ello, el mayor problema que suele producirse con los honorarios fijos radica en que, en ocasiones, la estimación de los mismos es defectuosa y posteriormente el trabajo se torna irrentable. Ello es debido a que la carga de trabajo final es muy superior a la prevista y nos hemos quedado cortos en la estimación de los honorarios. Una acertada política de precios del despacho deberá tener en consideración diversos factores para el cálculo de los honorarios fijos, puesto que emplear indiscriminadamente el baremo puede suponer un claro perjuicio en unas ocasiones para el despacho y en otras para el cliente, incumpliéndose con ellos los principios de transparencia y previsibilidad. Por ello, es fundamental que previa la elaboración de un presupuesto de esta naturaleza, adoptemos una serie de medidas para calcular con la máxima precisión el importe definitivo, que debe ajustarse a una regla esencial: los honorarios resultantes han de generar rentabilidad al despacho, sin perder la necesaria competitividad, o lo que es lo mismo, que el cliente lo encuentre ajustado a su presupuesto pero que el despacho pueda trabajar de forma rentable.
Para alcanzar este objetivo estimo que debemos respetar las siguientes reglas:
1.ª Conocimiento del trabajo a realizar: Es esencial que conozcamos con detalle en qué consiste la prestación de servicios que tendremos que realizar para llevar a cabo satisfactoriamente el encargo. A ello lógicamente nos ayudará nuestra experiencia, pues es posible que ya hayamos trabajado en casos similares. Para ello, será interesante desglosar el mismo en partes coincidentes con actuaciones de diversa naturaleza. Por ejemplo, en el caso de un juicio ordinario civil, nos encontraremos con fases como la de preparación de la demanda, preparación y asistencia a la audiencia previa y al juicio. A su vez, esas fases se dividirán en otras como reuniones con el cliente, obtención de información fáctica, estudio del asunto, etc.
Mientras mayor sea nuestro conocimiento del asunto, más objetivo y realista será nuestro presupuesto de honorarios, pues podremos valorar, como veremos a continuación, las distintas intervenciones que tenemos en el caso.
2.º Horas de dedicación: Sabedores de las distintas fases en la que prestaremos nuestros servicios, ya podremos realizar una estimación certera del tiempo que vamos a dedicar al asunto, a lo que contribuirá enormemente nuestra experiencia en casos similares. Siguiendo el caso anterior, podríamos estimar las siguientes magnitudes:
Preparación de la demanda | 20 horas |
Preparación y asistencia a la Audiencia Previa | 10 horas |
Preparación y asistencia al Juicio | 15 horas |
Total de horas estimadas | 45 horas |
Con este dato, ya conocemos la dedicación que vamos a tener en la llevanza completa del asunto, lo que nos facilitará alcanzar una presupuestación más realista.
3.º Personas que intervendrán en el asunto: Por otro lado, es posible y previsible que en la realización del encargo participen profesionales de diversa categoría, por ejemplo un sénior y un junior o un asociado y un junior, etc. Lo importante en este punto radica en conocer quiénes van a intervenir, en qué fases lo van a hacer y qué tiempo imputamos a cada uno de ellos. Sigamos pues con el ejemplo:
Sénior | 20 horas (preparación de la demanda) |
Asociado | 25 horas (preparación y asistencia a la audiencia previa y al juicio) |
Esta información no deja de ser relevante, pues como ya hemos señalado, todo despacho debe conocer el coste-hora de sus profesionales, lo que nos ayudará enormemente a establecer el presupuesto con la máxima fiabilidad y trasparencia.
4.º Coste del servicio profesional: Conocedores del objeto del encargo, de la estimación de la duración de la intervención de los distintos profesionales del despacho en el mismo, podremos obtener una estimación aproximada del cálculo del presupuesto aplicando las tarifas horarias del despacho.
Sénior | 20 horas x 150 € = 3.000 € |
Asociado | 25 horas x 85 € = 2.125 € |
Total | 5.125 € |
A este importe se añadirá el beneficio y los impuestos que legalmente procedan.
5.º Otros factores a considerar: No obstante lo anterior, dicha estimación no supone, de por sí, que ésta sea la oferta final que debamos realizar al cliente, pues habría que considerar numerosos factores para finalmente adoptar la decisión oportuna. Lo que si nos facilita este sistema es una idea muy aproximada de una minutación basada la rentabilidad del despacho, además de ser bastante fidedigna en cuanto a la carga de trabajo, pues las horas del mismo se estiman lógicamente en función de la complejidad en la preparación de cada una de las fases.
Entre los factores a considerar se encuentran nuestras experiencias previas con el cliente y la filosofía de minutación que viene impregnando la relación; el grado de importancia o trascendencia del asunto, pues éste suele llevar aparejada una elevada carga de complejidad y tensión en el trabajo realizado; el resultado que a dicho encargo atribuyen los baremos colegiales, pues qué duda cabe que son un elemento de orientación muy importante; igualmente, el riesgo que para el cliente lleva aparejado el asunto, lo que influirá notablemente en la percepción de nuestros honorarios; y, cómo no, en el mensaje que nos está enviando el mercado a través de los precios de la competencia en el momento de emitir el presupuesto.
Consecuentemente, tras la realización de estas últimas consideraciones, estaremos preparados para emitir nuestro presupuesto cerrado en las mejores condiciones posibles, sin olvidar, que siempre tendremos que guiarnos por la regla del respeto a la rentabilidad de nuestro despacho.