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Primera parte: Reglas generales

Regla I

Distinguir entre el interrogatorio directo y el contrainterrogatorio

ÓSCAR FERNÁNDEZ LEÓN

Abogado

A la hora de encarar el interrogatorio, todo abogado debe conocer y distinguir con claridad meridiana que este se divide en dos modalidades: interrogatorio directo y contrainterrogatorio. A continuación examinamos cada uno de ellos y las consecuencias de dicha distinción para el abogado litigante.

Interrogatorio directo es el interrogatorio que realiza una parte procesal a un interrogado que sostiene una versión propicia de los hechos; como ejemplos del interrogatorio directo en el campo penal señalamos los que realiza la acusación a la víctima y, de otro lado, el que realiza la defensa al acusado. Contrainterrogatorio es aquel al que somete una parte procesal al interrogado que mantiene una versión de la historia contraria a los intereses de quien interroga.

En el interrogatorio directo, partiendo de que el testigo es proclive por lo general a la versión que sostiene el interrogador, será aquél el que, a través de la respuesta a las preguntas, suministrará al juez una información que apoye dicha versión del litigio. Por el contrario, en el contrainterrogatorio, el testigo, poco proclive a quien lo interroga, declarará tratando de favorecer la posición ya mantenida en el interrogatorio directo, es decir, suministrando la información como él crea es más concordante con lo ya declarado y con su visión del litigio.

De esta forma, en el contrainterrogatorio, quien interroga tendrá que disponer de un mayor control sobre las repuestas del interrogado al dirigirse obtener una información muy concreta, mientras que en el interrogatorio directo el interrogador, que conoce el contenido de la narración del testigo, al preguntar y dejarle explayarse, crea una sensación de espontaneidad en las respuestas.

Por ello, a la hora de interrogar al testigo, las partes tienen un papel asimétrico en el que los roles de cada interrogador variarán en función del tipo de interrogatorio que vayan a efectuar, asimetría que se extiende a numerosos aspectos que configuran la preparación y ejecución de los interrogatorios, de forma y manera que el tipo de interrogatorio va a condicionar ampliamente los citados roles del interrogador y la configuración de los propios interrogatorios.

Así, desde la perspectiva del interrogador pueden observarse notables diferencias en cuanto a la forma de encarar su práctica. El interrogatorio directo se percibirá:

- Favorable, pues sabemos que el testigo va a sostener nuestra hipótesis con su declaración.

- Fácil, ya que en su preparación y ejecución el interrogador va a encontrar escasas dificultades.

- Preparación completa, ya que el interrogador va a disponer de la posibilidad de reunirse con el testigo para la preparación del interrogatorio.

- Seguro, ya que, salvo sorpresas, antes de ejecutar el interrogatorio, el abogado dispondrá de un conocimiento casi exacto de lo que el testigo va a declarar, existiendo escaso riesgo de que se vea afectada nuestra línea de defensa.

Por el contrario, desde la perspectiva del contrainterrogatorio la percepción del interrogador será:

- Hostil, pues sabemos que el testigo va a sostener la versión de la otra parte y va a declarar tratando de mantener la misma.

- Difícil, ya que en su preparación y ejecución el interrogador va a encontrar numerosas dificultades.

- Preparación incompleta, ya que el interrogador no va a disponer de la posibilidad de reunirse con el testigo para la preparación del interrogatorio.

- Incertidumbre, ya que antes de ejecutar el interrogatorio, el riesgo de que la declaración del testigo perjudique nuestra hipótesis es muy alta.

Pero, quizás más importante que la propia percepción es el efecto que una u otra modalidad de interrogatorio tendrá en la forma de efectuar el interrogatorio. A continuación incorporamos un cuadro con algunas de las diferencias más importantes:

HABILIDADES EXAMEN DIRECTO CONTRAINTERROGATORIO
Objetivos Acreditar al testigo y su testimonio Impugnar la credibilidad del testigo y de su testimonio
Preguntas Abiertas Cerradas
Testimonios Amplio y narrativo Breve, respuestas concretas
Orden Cronológico Temático
Protagonista Testigo Abogado
Control Dar espacios de tiempo al testigo No dar espacios de tiempo al testigo
Preparación Posible reunión testigo Difícil reunión testigo

REFLEXIÓN: Siempre que hemos interrogado hemos sido conscientes de la diferencia entre interrogar al testigo de parte o de contrario; sin embargo la forma en la que hemos venido haciéndolo ha sido sin considerar que existen técnicas específicas para cada modalidad. Una cosa es intuir, y otra muy distinta poder elegir.

Máximas del interrogatorio

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