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Regla IV Conocer las técnicas de litigación del interrogatorio

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ÓSCAR FERNÁNDEZ LEÓN

Abogado

Las funciones que desarrolla todo abogado se circunscriben sustancialmente al asesoramiento o consejo legal, intermediación y defensa ante los tribunales. Centrándonos en esta última, la finalidad de su actuación se corresponderá con obtener, en base a las circunstancias concurrentes, una resolución judicial lo más favorable posible a los intereses de su cliente, fin que discurrirá entre diversos márgenes (absolución, condena parcial, etc.) y siempre condicionado por dichas circunstancias, pues no podemos olvidar que el resultado final del litigio dependerá de los más variados factores tales como los elementos de hecho que conforman nuestra pretensión (que podrán ser mejores o peores), de la decisión de una tercera persona especializada (el juez) y de la fortaleza de los argumentos del contrario e, igualmente, de la habilidad profesional de nuestro adversario.

Partiendo de este contexto, el abogado afronta el litigio disponiendo de una serie de competencias técnicas, integradas por un conjunto de conocimientos sustantivos que son necesarios para que el asunto que el cliente pone en nuestras manos llegue a buen puerto, competencia que en una profesión como la nuestra en la que entra en juego la defensa de bienes esenciales como la libertad, la propiedad, etc., constituye un elemento básico de la relación abogado-cliente.

Igualmente, durante su intervención en el litigio, el abogado actuará a la luz de un conjunto de normas que lo guiarán y orientarán en el camino que ha de seguir hasta obtener la resolución final del caso; nos referimos con ello a las normas procesales que hemos tratado en la regla precedente, normas de necesario e imprescindible cumplimiento para todo abogado litigante, pues sin ellas no sabrá cómo actuar y como interrelacionarse con los diversos sujetos procesales. De hecho, una deficiente preparación procesal puede suponer tanto la merma de oportunidades de defensa como intervenciones poco afortunadas que motiven llamadas de atención por el juez y la consiguiente pérdida de concentración.

Igualmente, las normas procesales establecerán no sólo las reglas de juego del ritual procesal, sino también del haz de derechos y obligaciones de las personas involucradas en el proceso.

Ahora bien, durante el recorrido que conlleva toda causa o proceso, el abogado se encontrará con una serie de resistencias que emanan de la propia contradicción del mismo, y que se materializarán, a modo de ejemplo, en las discrepancias con el propio cliente, en el interrogatorio de un testigo hostil o de un testigo favorable que modifica su declaración, en las impugnaciones o protestas del abogado contrario, o en la actitud del juez durante nuestra intervención mientras interrogamos o exponemos nuestro informe, etc., resistencias que requerirán del abogado un plus respecto de esos conocimientos técnicos y procesales.

Ello es así, pues es obvio que el litigio, al fin y al cabo, se desarrolla entre seres humanos, y las situaciones que se producirán serán diferentes en cada caso, lo que requerirá de una capacidad especial para sortear tales dificultades y de una serie de competencias muy heterogéneas que conformarán un perfil profesional único y exclusivo:

- habilidades emocionales que lo revestirán de una capacidad de interacción con los distintos agentes;

- habilidades de comunicación que le permitirán transmitir su mensaje, tanto al dirigirse a su cliente como al interrogar o al exponer su alegato;

- profundo conocimiento de la aplicación práctica y los usos forenses respecto de las reglas procesales, lo que le dará seguridad y capacidad de respuesta ante cualquier imprevisto en sala y, por supuesto,

- una capacidad estratégica para manejarse con seguridad, soltura y pericia durante las fases más complejas del acto judicial.

Contando con dichas competencias y orientado por su estrategia o línea de defensa o acusación que le va a guiar durante el desarrollo del proceso, el abogado presentará su caso ante el juez como el más creíble y fundamentado en derecho.

Para lograr dicho objetivo, deberá servirse de las técnicas estratégicas de litigación, que comprenden los procesos de comunicación y argumentación seguidos por el abogado antes, durante y después del juicio, en los que empleando contenidos procesales, materiales y técnicas importadas de los usos forenses, la oratoria, psicología forense y otras disciplinas, conseguirá transmitir la credibilidad de su pretensión a través de la elaboración de unas líneas de defensa solventes, sabiendo cómo realizar un interrogatorio y un contrainterrogatorio eficaz, presentando el resto de la prueba, y exponiendo un alegato persuasivo.

Las técnicas de litigación, tal y como las venimos definiendo, no se encuentran codificadas o recogidos en norma alguna, pues las mismas constituyen un intangible que se ha ido creando por la experiencia y práctica de todos los intervinientes en el foro (jueces, fiscales, abogados, etc.) que nos han precedido, (que se manifiesta con el buen hacer en sala), encontrándose íntimamente vinculadas a la estrategia, perspicacia, imaginación y maestría del profesional que las ostenta.

Ante la falta de codificación de las mismas, y al ser «modos de actuar» del abogado durante el litigio, existe en la doctrina una falta total de uniformidad en la identificación de las mismas. No obstante, en nuestra opinión, las técnicas de litigación jamás serán un número cerrado, pues están en constante creación a través de la práctica diaria de los tribunales; por otro lado, no existe motivo por el cual nos veamos obligados a identificarlas como categorías únicas e inamovibles.

Por lo tanto, las técnicas de litigación constituyen un conjunto de capacidades que, fruto de la experiencia de otros profesionales, conceden al abogado que las incorpore a su práctica y que, de forma efectiva, las utilice en su experiencia diaria.

En definitiva, las técnicas de litigación ayudarán a incrementar la autoestima profesional del abogado litigante, lo cual se proyectará al exterior a través de la excelencia y maestría que proporciona todo buen hacer.

REFLEXIÓN: El empleo de técnicas de litigación en el interrogatorio es el equivalente al empleo de técnicas de negociación para el negociador profesional; sin dichas técnicas, estaremos más cerca del fracaso que del éxito.

Máximas del interrogatorio

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