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(2) ¿TRADICIÓN, EXPERIENCIA, FAMILIA O SISTEMA?
ОглавлениеSistema indica, en nuestra aproximación, un concepto distinto del de ordenamiento45, porque abraza el conjunto de ordenamientos que “responden a concepciones jurídicas comunes y que por encima de sus diferencias integran una unidad jurídica superior”46, cuyas dimensiones temporal y espacial, a diferencia de las de los ordenamientos que abraza, no se reducen a un momento o un espacio determinados.
Es más usual que el comparatista (e incluso algún romanista)47 haga referencia al término tradición48 o experiencia49 para expresar la anterior idea. Pero su uso es hecho de modo más restrictivo50 por los juristas que estudian del Sistema de Derecho Romano, quienes no reducen la noción de Sistema a una de las dos expresiones y apelan por otro uso técnico de la noción de Sistema ante el temor de que el Sistema de ius Romanum no sea bien comprendido en su realidad espacio-temporal51 y termine por esfumarse en una visión lineal de la historia; visión lineal de la historia que, por contera, lleva a una concepción ‘apriorístico-evolucionista’ del derecho (entendida en el sentido del derecho posterior como derecho por sí mismo más evolucionado que uno anterior, y no como el derecho llamado a evolucionar, esto es, en un sentido ‘potencial’52).
Incluso, aun cuando con una concepción lineal de la historia puede no llegarse a una afirmación de “superioridad intrínseca” del derecho y a “no despreciar” el “punto de partida”53, tal visión ciertamente no le asigna a este último un rol definido. Por el contrario, parte de los romanistas abogan por una noción antievolucionista de la historia54: entendiendo la historia como parte del Sistema, y no el Sistema como parte de la historia55.
Por otra parte, también se encuentra que en el derecho comparado se hace referencia al término familia56 para expresar (de nuevo solo en parte) aquella idea; concepto que, a diferencia del de tradición o el de experiencia, no evoca tanto un plano temporal; más bien uno espacial en sentido numérico, por decirlo en algún modo: número de espacios).
Podríamos decir que ambos términos, tradición (experiencia) y familia, que encontramos en el lenguaje del comparatista, se complementan: pero la visión de los romanistas57 radica precisamente en llevar a unidad estos dos planos del derecho, espacial (el dónde, el ligamen terrestre)58 y temporal (el cuándo)59, dentro de una noción: la noción de Sistema.