Читать книгу Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law) - Enrique Ortega Burgos - Страница 21

4. RELACIÓN ENTRE DISEÑO INDUSTRIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL ÁMBITO DE LA MODA

Оглавление

− Describa brevemente si en su país la protección por diseño industrial es acumulable con la derivada de la propiedad intelectual.

− Describa brevemente las diferencias entre ambos tipos de protección, a ser posible en el ámbito de la moda.

Es posible que un mismo objeto sea protegido simultáneamente bajo la ley de modelos y diseños industriales y la de Derecho de autor. La figura de la obra de arte aplicada y la del modelo o diseño industrial suelen superponerse. La ley argentina admite la doble protección pero en caso de litigio el titular puede invocar una sola de estas figuras para defender sus derechos.

Si bien son acumulables se trata de dos protecciones diferentes. La ley de derecho de autor apunta a la protección de una obra de arte, en que se plasma la personalidad del autor, quien a través de ella expresa su cosmovisión, sus ideas, creencias, sentimientos, por lo que se prevé la protección del derecho moral del autor, que contempla aspectos extrapatrimoniales como su derecho a la integridad de la obra, etc. En el caso del modelo o diseño industrial en cambio, se apunta a una forma que tiende a dar un aspecto ornamental a un objeto, la protección se centra aquí en el aspecto patrimonial. La novedad universal exigida a este último no tiene correlato en el caso del derecho de autor, donde el creador puede optar por proteger su obre cuando lo desee, aún mucho después de haberla hecho pública. En la Argentina la Justicia en lo Civil y Comercial Federal es competente para resolver sobre temas de propiedad industrial, que incluye lo relativo a los modelos y diseños industriales mientras los temas de derecho de autor se ventilan ante la Justicia Civil.

Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law)

Подняться наверх