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Fondos de cesantías

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Los fondos de cesantías son conjuntos de recursos captados de trabajadores dependientes e independientes que se gestionan también de forma colectiva, originados en el pago de cesantías y sus rendimientos, aportes voluntarios independientes y venta de activos integrantes de los portafolios, que para todos los fines legales se consideran un patrimonio autónomo. Su finalidad es que los resultados de la gestión de activos se distribuyan de forma colectiva entre los aportantes, de suerte que se busque la mejor rentabilidad posible, de acuerdo con la política de inversión y la estrategia de asignación de activos.

Estos fondos nacen a la vida jurídica en virtud de un reglamento que debe ser aprobado previamente por la Superintendencia Financiera de Colombia, así como sus modificaciones. Actualmente se cuenta con un régimen de autorización general para aquellos reglamentos que se ajusten a las especificaciones de la Circular Básica Jurídica, y un régimen especial para los que se separen de su contenido.

Los reglamentos autorizados de forma general deberán contener estipulaciones relativas a:

 1. La política de inversión.

 2. Las inversiones admisibles considerando criterios de rentabilidad, seguridad y liquidez74.

 3. Las operaciones no autorizadas, incluyendo las prohibiciones de que los recursos captados sean utilizados para otorgar créditos, los valores sean entregados en prenda o como gravamen de obligaciones ―salvo que se trate de obligaciones propias del fondo de cesantías―, la SAFC actúe como contraparte del fondo por ella administrado, los recursos se inviertan en activos no autorizados normativamente, las funciones de la sociedad administradora sean delegadas en terceros, los aportes lícitamente realizados sean rechazos, y los ahorradores sean sometidos a tratos discriminatorios.

 4. El deber de valorar los activos que componen los portafolios a precios de mercado, lo cual deberá hacerse diariamente para reflejar los resultados económicos con la misma periodicidad.

 5. Los derechos de los afiliados, incluyendo el de tener cuentas individuales (una por cada portafolio); obtener información financiera del fondo y de su cuenta, tanto en unidades como en pesos; recibir semestralmente un extracto de la cuenta individual; participar con voz y voto en la asamblea de ahorradores.

 6. Los deberes de los afiliados, en particular el de no tener multiafiliación; pagar la remuneración a que tiene derecho la SAFC, y cumplir el procedimiento para el retiro definitivo y parcial de sus aportes.

 7. La obligación de mantener la separación patrimonial de los recursos y activos de cada uno de los portafolios entre sí, del fondo con otros fondos, y con los recursos de la sociedad administradora.

 8. El deber para la SAFC de contar con cuentas bancarias independientes para cada portafolio.

 9. La carga de cobrar oportunamente los rendimientos financieros de los activos.

 10. La representación de los aportes de los ahorradores en unidades, las cuales integrarán cuentas de capitalización individual, cada una de las cuales tendrá dos subcuentas por cada portafolio75.

A partir del año 2013, los fondos de cesantías se sometieron a una nueva estrategia de gestión, consistente en la división de los recursos captados en dos portafolios independientes entre sí, denominados de corto plazo y de largo plazo, lo que se conoce como los multiportafolios.

La finalidad de esta distinción es que, al tener expectativas de redención diferentes, puedan estar confirmados por activos que respondan a diferentes exposiciones de riesgos de mercado. En el portafolio de corto plazo, por responder a un horizonte de inversión corto, se esperan activos con menor exposición y menor volatilidad, de suerte que en caso de redenciones se mitigue el riesgo. El portafolio de largo plazo, en tanto corresponde a horizontes de permanencia superiores a un año, buscará una rentabilidad superior con mayor exposición a los riesgos de mercado76.

A continuación se hace una presentación de los mismos:

Tabla 8. Multiportafolio en materia de fondos de cesantías.

Portafolio de corto plazo Portafolio de largo plazo
Horizonte de permanencia Horizontes de inversión cortos, con una mitigación del riesgo de retiro de ahorradores. Busca inversiones de menor riesgo y, consecuentemente, inferior rentabilidad. Horizontes de permanencia superiores a un año, por lo que puede buscar mejor rentabilidad con inversiones a largo plazo.
Aumentos de recursos Los ahorradores podrán realizar aumentos de sus recursos en este portafolio cada 12 meses. Los ahorradores podrán realizar aumentos de sus recursos en este portafolio cada 6 meses.
Aplicabilidad La regla general es que los recursos integrarán el portafolio de corto plazo los primeros 6 meses, salvo que el ahorrador manifieste algo diferente77. Los recursos integrarán el portafolio de largo plazo en dos casos: cuando exista una manifestación de voluntad del ahorrador o todos los 31 de agosto por traslado del saldo disponible en el corto plazo, si el ahorrador no manifiesta su voluntad en sentido diferente78.
Estudio sobre el mercado de valores

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