Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género - Javier Durán Ruiz Francisco - Страница 11

BIBLIOGRAFÍA

Оглавление

ACNUDH (Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos), Principios y directrices recomendados sobre los derechos humanos en las fronteras internacionales, Ginebra, 2014.

Arango, J.; Garcés, B.; Mahía, R. y Moya, D., “Introducción. Inmigración y movilidad humana en tiempos del Coronavirus”, en Arango, J.; Garcés, B.; Mahía, R. y Moya, D. (dir.), Inmigración en tiempos de COVID-19. Anuario CIDOB de la Inmigración, 2020, CIDOB, Barcelona, 2021, pp. 1430, DOI: doi.org/10.24241/AnuarioCIDOBInmi.2020.34.

Bayón, J. C., “¿Democracia más allá del Estado?”, en Ruiz Miguel, A. (ed.), Entre Estados y Cosmópolis. Derecho y justicia en un mundo global, Madrid, Trotta, 2014, pp. 121-138.

Ceriani, P., “Comunicación 16/2017: A.L. c. España et. al.”, Case Note 2020/2, Leiden Children’s Rights Observatory, 18 de mayo de 2020, (consultado 1.9.2021), https://childrensrightsobservatory.nl/case-notes/casenote2020-2.

Comisión Europea, Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo, “Hacia una estrategia global con África”, JOIN (2020) 4 final, de 9 de marzo de 2020, (consultado 22.2.2021), https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/55817dfb-61eb-11ea-b735-01aa75ed71a1.

Comisión Europea, Últimas estadísticas de la inmigración: impacto de la COVID-19, Bruselas, 29 de enero de 2021, (consultado 12.2.2021), https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_232.

Defensor del Pueblo, Visita institucional a Canarias, 16.12.2020, (consultado 15.1.2021), https://www.defensordelpueblo.es/noticias/visita-institucional-canarias/.

De Lucas, J., “El miedo en las sociedades más seguras de la historia”, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, n.º 43, 2009, pp. 85-92.

De Lucas, J., “Violencia, fronteras, Derecho”, Sin permiso, 27 de abril de 2014.

De Lucas, J., Mediterráneo: el naufragio de Europa, Valencia, Tirant lo Blanch, 2015, pp. 47-56.

Durán Ruiz, F. J., “MENA y extutelados. La cuestión de las autorizaciones de residencia de los menores extranjeros no acompañados tras la mayoría de edad y la jurisprudencia”, Revista de derecho migratorio y extranjería, n.º 55, 2020, pp. 17-52.

Durán Ruiz, F. J., Los menores extranjeros no acompañados desde una perspectiva jurídica, social y de futuro, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2021.

Ferrero Turrión, R. y López Sala, A. M., “Fronteras y seguridad en el Mediterráneo”, en Zapata-Barrero, R. y Gallardo Ferrer, X. (eds.), Fronteras en movimiento. Migraciones hacia la Unión Europea en el contexto Mediterráneo, Barcelona, Bellaterra, 2012, pp. 229-254.

IOM (International Organization for Migration), Glossary on Migration. International Migration Law, Geneva, IOM, 2004.

López Ulla, J. M., “Alcance del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en relación con la detención de un menor extranjero no acompañado. La obligación positiva de no dejarle en desamparo”, UNED. Teoría y Realidad Constitucional, n.º 32, 2013. pp. 481-497.

Ministerio del Interior, Inmigración irregular 2020. Datos acumulados del 1 de enero al 31 de diciembre. Informe quincenal, (consultado 27.1.2021), http://www.interior.gob.es/documents/10180/11389243/Informe+Quincenal+sobre+Inmigración+Irregular+-+Datos+acumulados+desde+el+1+de+enero+al+31+de+diciembre+de+2020.pdf/e5553964-675a-40d7-9361-5dbf4dfd3524.

OECD, COVID-19 crisis puts migration and progress on integration at risk, (consultado 19.2.2021), https://www.oecd.org/migration/covid-19-crisis-puts-migration-and-progress-on-integration-at-risk.htm.

OCDE, Cuál es el impacto de la pandemia de COVID-19 en los inmigrantes y sus hijos, 19 de octubre de 2020, (consultado 25.1.2021), http://www.oecd.org/coronavirus/policy-responses/what-is-the-impact-of-the-covid-19-pandemic-on-immigrants-and-their-children-e7cbb7de/.

Solanes, A., “Una reflexión iusfilosófica y política sobre las fronteras”, Anuario de Filosofía del Derecho, n.º 32, 2016, pp. 145-184.

Sudre, F. (coord.), Les grands arrêts de la Cour européenne des Droits de l’Homme, Paris, Presses Universitaires de France – P.U.F., 8e édition, 2017.

Turégano, I., “Fronteras, movilidad y ciudadanía”, Bajo palabra. Revista de filosofía, n.º 23, 2020, pp. 131-162.

Zapata-Barrero, R., “Teoría política de la frontera y la movilidad humana”, Revista Española de Ciencia Política, n.º 29, julio 2012, pp. 39-66.

1.Este artículo ha sido realizado en el marco del proyecto I+D+i PID2019-105018RB-100 “Racismo y Discriminación: los Derechos Humanos bajo amenaza”, del Ministerio de Ciencia e Innovación.

2.IOM (International Organization for Migration), Glossary on Migration. International Migration Law, Geneva, IOM, 2004, pp. 8, 31 y 42. Esa definición, más amplia, es la que mantiene el ACNUDH cuando habla de migrante internacional, ACNUDH (Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos), Principios y directrices recomendados sobre los derechos humanos en las fronteras internacionales, Ginebra, 2014, p. 4.

3.Bayón, J. C., “¿Democracia más allá del Estado?”, en Ruiz Miguel, A. (ed.), Entre Estados y Cosmópolis. Derecho y justicia en un mundo global, Madrid, Trotta, 2014, p. 121.

4.Solanes, A., “Una reflexión iusfilosófica y política sobre las fronteras”, Anuario de Filosofía del Derecho, n.º 32, 2016, pp. 153-157.

5.Brown, W., Estados amurallados, soberanía en declive, Herder, Barcelona, pp. 30-34.

6.Turégano, I., “Fronteras, movilidad y ciudadanía”, Bajo palabra. Revista de filosofía, n.º 23, 2020, pp. 133-134.

7.De Lucas, J., “El miedo en las sociedades más seguras de la historia”, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, n.º 43, 2009, p. 86.

8.De Lucas, J., “Violencia, fronteras, Derecho”, Sin permiso, 27 de abril de 2014, p. 2 y De Lucas, J., Mediterráneo: el naufragio de Europa, Valencia, Tirant lo Blanch, 2015, pp. 47-56.

9.Brown, W., Estados amurallados, soberanía en declive, op. cit., p. 57.

10.Ferrero Turrión, R. y López Sala, A. M., “Fronteras y seguridad en el Mediterráneo”, en Zapata-Barrero, R. y Gallardo Ferrer, X. (eds.), Fronteras en movimiento. Migraciones hacia la Unión Europea en el contexto Mediterráneo, Barcelona, Bellaterra, 2012, p. 241.

11.Zapata-Barrero, R., “Teoría política de la frontera y la movilidad humana”, Revista Española de Ciencia Política, n.º 29, julio 2012, p. 62.

12.Barbero, I., Las transformaciones del Estado y del Derecho ante el control de la inmigración, Gipuzkoa, Cuadernos 3, Ikuspegi. Observatorio Vasco de Inmigración, 2010, p. 77.

13.OECD, COVID-19 crisis puts migration and progress on integration at risk, (consultado 19.2.2021), https://www.oecd.org/migration/covid-19-crisis-puts-migration-and-progress-on-integration-at-risk.htm.

14.Comisión Europea, Últimas estadísticas de la inmigración: impacto de la COVID-19, Bruselas, 29 de enero de 2021, (consultado 12.2.2021), https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_232.

15.Arango, J.; Garcés, B; Mahía, R. y Moya, D., “Introducción. Inmigración y movilidad humana en tiempos del Coronavirus”, en Arango, J.; Garcés, B.; Mahía, R. y Moya, D. (dir.), Inmigración en tiempos de COVID-19. Anuario CIDOB de la Inmigración, 2020, CIDOB, Barcelona, 2021, p. 19, DOI: doi.org/10.24241/AnuarioCIDOBInmi.2020.34.

16.STJUE, Comisión/Polonia, Hungría y República Checa (mecanismo temporal de reubicación de solicitantes de protección internacional) (C-715/17, C-718/17 y C-719/17), de 2 de abril de 2020.

17.Ministerio del Interior, Inmigración irregular 2020. Datos acumulados del 1 de enero al 31 de diciembre. Informe quincenal (consultado 27.1.2021), http://www.interior.gob.es/documents/10180/11389243/Informe+Quincenal+sobre+Inmigración+Irregular+-+Datos+acumulados+desde+el+1+de+enero+al+31+de+diciembre+de+2020.pdf/e5553964-675a-40d7-9361-5dbf4dfd3524.

18.Defensor del Pueblo, Visita institucional a Canarias, 16.12.2020, (consultado 15.1.2021), https://www.defensordelpueblo.es/noticias/visita-institucional-canarias/.

19.OCDE, Cuál es el impacto de la pandemia de COVID-19 en los inmigrantes y sus hijos, 19 de octubre de 2020, (consultado 25.1.2021), http://www.oecd.org/coronavirus/policy-responses/what-is-the-impact-of-the-covid-19-pandemic-on-immigrants-and-their-children-e7cbb7de/.

20.Sudre, F. (coord.), Les grands arrêts de la Cour européenne des Droits de l’Homme, Paris, Presses Universitaires de France – P.U.F., 8e édition, 2017.

21.Rapport explicati du Protocole n° 4 à la Convention de sauvegarde des Droits de l’Homme et des Libertés fondamentales, reconnaissant certains droits et libertés autres que ceux figurant déjà dans la Convention et dans le premier Protocole additionnel à la Convention, Strasbourg, 16.12.1963. Disponible en: https://rm.coe.int/16800c9330, (consultado 15.2.2021).

22.TEDH en el asunto Sultani c. Francia, n.º 45223/05, 20 de septiembre de 2007, § 81Y y TEDH, M.A. c. Chipre, n.º 41872/10, 23 de julio de 2013, §§ 252-255.

23.TEDH, Conka c. Bélgica, n.º 51564/99, 5 de febrero de 2002, § 59.

24.TEDH, M. S. S. c. Bélgica y Grecia (GC), n.º 30696/09, 21 de enero de 2011; TEDH, A. C. y otros c. España, n.º 6528/11, 22 de abril de 2014; TEDH, Sharifi y otros c. Italia y Grecia, n.º 16643/09, 21 de octubre de 2014 y TEDH, Tarakhel c. Suiza (GC), n.º 29217/12, 4 de noviembre de 2014.

25.TEDH, Hirsi Jamaa y otros c. Italia (GC), n.º 27765/09, 23 de febrero de 2012.

26.TEDH, Georgia c. Rusia (GC), n.º 13255/07, 3 de julio de 2014; TEDH, Shioshvili y otros c. Rusia, n.º 19356/07, 20 de diciembre de 2016 y Berdzenishvili y otros c. Rusia, n.º 14594/07, 14597/07, 14976/07, 14978/07, 15221/07, 16369/07 y 16706/07, 20 de diciembre de 2016.

27.STC, Pleno. Sentencia 172/2020, de 19 de noviembre de 2020. Recurso de inconstitucionalidad 2896-2015. BOE de 22 de diciembre de 2020, es especialmente reseñable dentro del tema que se analiza el fundamento jurídico 8 c y al voto particular.

28.Se opta por la terminología NNANA, en lugar de la de menor extranjero no acompañado (MENA) más común en el ámbito europeo, para enfatizar la noción de niñez que requiere una protección reforzada, evitar la de extranjería (que ha de ser menos relevante en este contexto e insistir en la variedad de perfil también desde el género. Dicha terminología ha sido utilizada también por ACNUR o UNICEF, https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2012/8281.pdf; y https://www.unicef.es/sites/unicef.es/files/recursos/informe-ninos-migrantes-no-acompanados.pdf (consultados 12.1.2021).

29.En la misma línea, vid. Observación General conjunta n.º 3 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y la Observación General conjunta n.º 22 (2017) del Comité de los Derechos del Niño sobre los principios generales relativos a los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional y la Observación General conjunta n.º 4 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y la Observación General conjunta n.º 23 (2017) del Comité de los Derechos del Niño sobre las obligaciones de los Estados relativas a los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional en los países de origen, tránsito, destino y retorno.

30.Comité de los Derechos del Niño, Dictamen aprobado por el Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones respecto de la Comunicación n.º 4/2016, 1 de febrero de 2019.

31.Entre ellos, cronológicamente, Comité de Derechos Humanos, Comunicación n.º 16/2017, A.L. c. España, 31 de mayo de 2019; Comunicación n.º 22/2017, J.A.B. c. España, 31 de mayo de 2019; Comunicación n.º 17/2017, M.T. c. España,18 de septiembre de 2019; Comunicación n.º 27/2017, R.K. c. España, 18 de septiembre de 2019; Comunicación n.º 21/2017, A.D. c. España, 6 de febrero de 2020; Comunicación 24/2017, M.A.B. c. España, 7 de febrero de 2020; Comunicación 25/2017, H.B. c. España, 7 de febrero de 2020.

32.Ceriani, P., “Comunicación 16/2017: A.L. c. España et. al.”, Case Note 2020/2, Leiden Children’s Rights Observatory, 18 de mayo de 2020, (consultado 1.9.2021), https://childrensrightsobservatory.nl/case-notes/casenote2020-2.

33.Vid., entre otros, TEDH, Van der Ven c. los Países Bajos, n.º 50901/99, 4 de febrero de 2003, párr. 47.

34.El hecho de que el menor se encuentre acompañado no es, per se, un elemento suficiente para que el Tribunal deje de apreciar la violación del artículo 3 CEDH. Así, por ejemplo, puede evidenciarse en diferentes resoluciones del TEDH: Muskhadzhiyeva y otros c. Bélgica, n.º 41442/07, 19 de enero de 2010; Kanagaratnam y otros c. Bélgica, n.º 15297/02, 13 de diciembre de 2011; Popov c. Francia, n.º 39474/07, 19 de enero de 2012; Mahmundi y otros c. Grecia, n.º 14902/10, 31 de julio de 2012; A.B. y otros c. Francia, n° 11593/12, R.K. y otros c. Francia, n°. 68264/14, R.M. y otros c. Francia, n°. 33201/11, A.M. y otros c. Francia, n°. 24587/12, y R.C. y V.C. c. Francia, n°. 76491/14, las cinco de 12 de julio de 2016; S.F. y otros c. Bulgaria, n.º 8138/16, 7 de diciembre de 2017; G.B. y otros c. Turquía, n°. 4633/15, 17 de octubre de 2019; y Bilalova y otros c. Polonia, n.º 23685/14, 26 de marzo de 2020.

35.En este sentido pueden consultarse las siguientes resoluciones del TEDH: Assenov y otros c. Bulgaria, n.º 24760/94, 28 de octubre de 1998, párr. 94; Labita c. Italia, n°. 26772/95, 6 de abril de 2000, párr. 120; Bati y otros c. Turquía, n.º 3 de junio de 2004, párrs. 113 a 115; Slimani c. Francia, n.º 57671/00, párr. 27; Riad y Idiab c. Bélgica, n.º 29787/03 y 29810/03; 24 de enero de 2008, párr.100; M.S.S. c. Bélgica y Grecia, n.º 30696/09, 21 de enero de 2011, párrs. 216, 219 y 220; y Rahimi c. Grecia, n.º 8687/08, 5 de abril de 2011, párr. 86.

36.TEDH, Kudła c. Polonia (GC), n.º 30210/96, 26 de octubre de 2000, párr. 92.

37.TEDH, Moustahi c. Francia, n.º 9347/14, 25 de junio de 2020.

38.TEDH, Mubilanzila Mayeka y Kaniki Mitunga c. Bélgica, n.º 13178/03, 12 de octubre de 2006.

39.López Ulla, J. M., “Alcance del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en relación con la detención de un menor extranjero no acompañado. La obligación positiva de no dejarle en desamparo”, UNED. Teoría y Realidad Constitucional, n.º 32, 2013, p. 492.

40.TEDH, Bubullima c. Grecia, n.º 41533/08, 28 de octubre de 2010, párr. 32.

41.TEDH, Rahimi c. Grecia, cit., párr. 106 y Saadi c. Reino Unido (GC), n.º 13229/03, 29 de enero de 2008, párr. 74.

42.TEDH, Housein c. Grecia, n.º 71825/11, 24 de octubre de 2013, párrs. 79-84.

43.TEDH, Abdullahi Elmi y Aweys Abubakar c. Malta, n.º 25794/13 y 28151/13, 22 de noviembre de 2016, párr. 32.

44.TEDH, H.A. y otros c. Grecia, n° 19951/16, 28 de febrero de 2019, párrs. 207, 209, 211 y 213.

45.TEDH, Sh. D. y otros c. Grecia, Austria, Croacia, Hungría, Macedonia del Norte, Serbia y Eslovenia, n.º 14165/16, 13 de junio de 2019, párr. 69.

46.Durán Ruiz, F. J., Los menores extranjeros no acompañados desde una perspectiva jurídica, social y de futuro, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2021, pp. 113-115.

47.COM (2020) 609 final.

48.Durán Ruiz, F. J., “MENA y extutelados. La cuestión de las autorizaciones de residencia de los menores extranjeros no acompañados tras la mayoría de edad y la jurisprudencia”, Revista de derecho migratorio y extranjería, n.º 55, 2020, pp. 17-52.

49.Parlamentary Assembly, Council of Europe, Resolution 2020 (2014), The alternatives to immigration detention of children (consultado 12.1.2021), https://assembly.coe.int/nw/xml/XRef/Xref-XML2HTML-en.asp?fileid=21295&lang=en.

50.Comisión Europea, Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo, “Hacia una estrategia global con África”, JOIN (2020) 4 final, de 9 de marzo de 2020, (consultado 22.2.2021), https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/55817dfb-61eb-11ea-b735-01aa75ed71a1.

Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género

Подняться наверх