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II Introducción

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La presente obra pretende analizar el reciente recurso interpuesto por la Comisión Europea contra los artículos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público reguladores de la responsabilidad del Estado-Legislador por vulneración del derecho de la Unión Europea desde la óptica iuscomunitaria con el fin de dar nuestra opinión fundada acerca de su viabilidad, así como para indicar las eventuales consecuencias que se podrían derivar de un fallo condenatorio.

Sin embargo, esta empresa parece de difícil consecución si con carácter previo no estudiamos con profusión el instituto jurídico que este caso nos plantea y su evolución a lo largo de los tiempos. Es por ello que este trabajo se organizará en dos partes claramente diferenciadas sistemática y metodológicamente, que no estancas, pues la primera es imprescindible para poder cumplir exitosamente la segunda.

En consecuencia, la primera parte de este estudio de marcado carácter propedéutico irá destinada a examinar la figura de la responsabilidad extracontractual por vulneración del ordenamiento de la Unión Europea desde sus orígenes más remotos hasta las modernas formulaciones que de este instituto jurídico se han dado tanto a nivel nacional como europeo.

Destáquese la complejidad de este trabajo por la necesidad de cohonestar la evolución de tan distintos ordenamientos jurídicos que de forma paulatina han ido retroalimentándose y complementándose. A tal efecto, allende de analizar la evolución de este instituto en sede comunitaria, también deberemos prestar gran atención a la recepción que de esta figura han hecho nuestros tribunales, especialmente, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional.

Asimismo, no es posible negar que uno de los ramos jurídicos en los que esta institución se ha desarrollado con mayor plenitud es en el ámbito tributario. Por ello, aunque no pretendemos enfocar esta obra exclusivamente desde la perspectiva fiscal se hace imposible ignorarla, más cuando la mayoría de pronunciamientos judiciales relevantes dimanan de actuaciones tributarias.

Otro de los desafíos que presenta este TFG es el de hacerlo fácilmente comprensible a fin de que las explicaciones resulten claras y pueda hacerse un seguimiento cronológico de las mismas, pues como ya hemos mencionado antes el hecho de tener que referirnos a diversos ordenamientos obliga a interpolar a lo largo del trabajo tanto la evolución de esta figura desde el prisma comunitario como los avances alcanzados a nivel nacional.

Es por ello, que, tras examinar los antecedentes históricos de esta institución, su consagración a raíz de la celebérrima sentencia Francovich y la caracterización que las sentencias europeas posteriores hicieron de este instituto jurídico, nos detendremos para compilar los rasgos sustantivos y adjetivos predicados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hasta ese momento y que, a día de hoy, constituyen la base de esta responsabilidad.

A continuación, nos concentraremos en estudiar la recepción de esta figura en el ámbito nacional para lo cual debemos apoyarnos en los precedentes existentes antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978 (principalmente, Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y doctrina del Tribunal Supremo por ruptura de la confianza legítima), en la ya periclitada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional por la aprobación de leyes inconstitucionales.

Acabaremos el anterior apartado haciendo referencia a las Sentencias del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2004 y de 24 de mayo de 2005 y volveremos de nuevo la mirada hacia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con el Caso Transportes Urbanos (Sentencia de 26 de enero de 2010) y las implicaciones que de este pronunciamiento se desprendieron.

Habiendo analizado desde sus albores hasta la actualidad la fisonomía de la responsabilidad del Estado-Legislador por la infracción del ordenamiento comunitario y concluida ya la primera parte de esta obra, examinaremos como se gestó la actual Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 2015 y cómo esta configura la precitada responsabilidad.

Finalmente, y a raíz del recurso interpuesto por la Comisión Europea contra la vigente regulación, trataremos de pasar a través del tamiz iuscomunitario los preceptos controvertidos de la Ley 40/2015 con el objeto de expresar fundadamente nuestra opinión acerca de las debilidades técnicas que esta presenta, cómo debieran solventarse y qué consecuencias podrían derivarse de un fallo condenatorio contra España.

Por último, señalar que este estudio pretende abordar la responsabilidad del Estado-Legislador por infracción del ordenamiento comunitario sin entrar a examinar otros títulos que también pudieran servir de base para declarar dicha responsabilidad patrimonial como pudieran ser: la responsabilidad del Estado-Legislador por el quebranto de la confianza legítima, la responsabilidad de la Unión Europea por la producción de actos lícitos, la responsabilidad patrimonial por la producción de leyes inconstitucionales, entre otros, sin perjuicio de que tangencialmente nos refiramos a alguno de ellos.

La responsabilidad estatal por infracción del Ius Comunitario

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