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III. DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES SATISFECHAS

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Una vez el usuario o consumidor haya manifestado de manera inequívoca su decisión de desistir, y siempre y cuando dicha comunicación se realice en el plazo de 14 días, el empresario tendrá la obligación de reembolsar todo el pago recibido del consumidor, incluidos los costes de entrega15). El reembolso deberá realizarse sin demora indebida, antes del transcurso de 14 días naturales desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato.

En caso de retraso injustificado por parte del empresario respecto a la devolución de las sumas abonadas, el consumidor y usuario podrán reclamar que se les pague el doble del importe adeudado, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizados por los daños y perjuicios sufridos que excedan de dicha cantidad.

Si el consumidor hubiera seleccionado expresamente una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria, el empresario no estará obligado a rembolsar los costes adicionales que de ello se deriven16). Salvo en aquellos supuestos en los que sea el empresario el encargado de recoger los bienes, en los contratos de venta a distancia el empresario podrá reservarse el derecho a retener la cantidad correspondiente al reembolso hasta que el consumidor no haya hecho entrega de los mismos o no haya presentado prueba de la devolución de los mismo17).

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