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VI. BIBLIOGRAFÍA

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1. Ya en el Deuteronomio 1.13-33 “Envío de los espías a Canáan” encontramos una primera referencia escrita a esta relación. Números 13:17-20) Moisés comisiona a los espías. Los envió, pues, Moisés a reconocer la tierra de Canaán, diciéndoles: Subid de aquí al Neguev, y subid al monte, y observad la tierra cómo es, y el pueblo que la habita, si es fuerte o débil, si poco o numeroso; cómo es la tierra habitada, si es buena o mala; y cómo son las ciudades habitadas, si son campamento o plazas fortificadas; y cómo es el terreno, si es fértil o estéril, si en él hay árboles o no; y esforzaos y tomad del fruto del país. Y era el tiempo de las primeras uvas.

2. Sin ir más lejos, SUN TZU afirmaba en su obra El arte de la guerra (traducción de GARCÍA-NOBLEJAS SÁNCHEZ-CENDAL, G.). Alianza Editorial: “conoce al enemigo y conócete a ti mismo, lograrás cien victorias en cien batallas”. Igualmente de sobra son conocidos los “Comentarios a las Guerras de las Galias” de JULIO CÉSAR, donde ya en el Libro I, César ordena poner espías a Dumnórige –hermano de Diviciaco– para observar todos sus movimientos y tratos. Tampoco la Edad Media es desconocedora de tales prácticas, vid. “Espías y agentes dobles durante la Edad Media”, National Geographic, https://historia.nationalgeographic.coM.Es/a/espias-y-agentes-dobles-durante-edad-media_6942/2, consultado el 20 de enero de 2020, como tampoco lo es la Edad Moderna, entre otros, MARCOS RIVAS, J: Los dueños del secreto. Espías y espionaje de la Monarquía de los Austrias en el Archivo de Simancas. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Madrid, 2015.

3. Al menos en su totalidad, no podemos compartir la afirmación de que los servicios de inteligencia están caracterizados por la búsqueda de información secreta, es decir, información que no va a ser divulgada y a la que solo van a acceder determinadas personas, tal y como hace RUEDA, F: La casa II. Editorial Roca. Barcelona, 2017, p. 17. Prólogo de SAIZ, ALBERTO (Ex Director del CNI). ISBN 978-84-16867-65-3. Actualmente se cifra en 2 zettabytes (4 millardos de gigabytes) el volumen de información disponible a través de Internet. En cinco años la información en red se ha multiplicado aproximadamente por nueve. De hecho, en torno a un 95% de la información que maneja un servicio de inteligencia procede de este tipo de fuentes.

4. KENT, S: Inteligencia estratégica. Editorial Pleamar. Buenos Aires, 1978, p. 9.

5. Hay que tener en cuenta que su régimen económico-presupuestario y de personal se desarrollará en régimen de autonomía funcional bajo la figura de Organismo público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, ex art. 7 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia. Luego si bien se encuentra incardinado dentro de la estructura del Ministerio de Defensa, lo está a los meros aspectos formales, dado que su régimen funcional lo aleja de una estructura que responde a un orden jerarquizado propio de estamentos militares.

6. Vid. art. 1 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.

7. Su adscripción no ha estado exenta de polémica. Adscrito desde su creación hasta el año 2011 al Ministerio de Defensa, pasa a depender de Ministerio de la Presidencia desde ese mismo año en virtud de la Disposición adicional 2.ª del Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, hasta el año 2018, culminando su proceso de transformación en una entidad totalmente “civil”, aunque con presencia acentuada entre su personal de militares. En 2018, Disposición Adicional 2.ª, del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, retorna a su adscripción originaria, pero sin sufrir cambios en su condición, circunstancia que se mantiene con el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, art. 1.4. Pese a esta circunstancia, las particularidades del propio Centro, hacen que sus redes y sistemas de información y telecomunicaciones del Centro Nacional de Inteligencia, de conformidad con su régimen jurídico, mantengan su propia dirección y gestión, por lo que no están sometidas a las facultades de dirección del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (CESTIC), directamente dependiente de la Secretaría de Estado de Defensa.

8. En el mismo sentido, ROSALES PARDO, I. A: “La inteligencia en los procesos de toma de decisiones en la seguridad y defensa”. Cuadernos de estrategia, núm. 130 (2005) (ejemplar dedicado a: El papel de la inteligencia ante los retos de la seguridad y la defensa internacional), p. 35.

9. Si bien otros estados, principalmente limítrofes siguen manteniendo este tipo de conflictos lo que podría justificar el mantenimiento de este concepto en su visión tradicional, en un país como España, que además forma parte de un organismo supranacional como es la Unión Europea, difícilmente puede mantener esa visión tradicional.

10. Basta con ver el propio Preámbulo del Tratado de la Unión Europea, para darse perfecta cuenta de ello. En su virtud, los Estados firmantes están resueltos, entre otros, a desarrollar una política exterior y de seguridad común que incluya la definición progresiva de una política de defensa común que podría conducir a una defensa común de acuerdo con las disposiciones del artículo 42, reforzando así la identidad y la independencia europeas con el fin de fomentar la paz, la seguridad y el progreso en Europa y en el mundo.

11. A parte de incorporar tanto medios civiles como militares para el mantenimiento de la paz (art. 42), la política de seguridad y defensa de la Unión, en particular, las misiones en este ámbito abarcarán las actuaciones conjuntas en materia de desarme, las misiones humanitarias y de rescate, las misiones de asesoramiento y asistencia en cuestiones militares, las misiones de prevención de conflictos y de mantenimiento de la paz, las misiones en las que intervengan fuerzas de combate para la gestión de crisis, incluidas las misiones de restablecimiento de la paz y las operaciones de estabilización al término de los conflictos. Todas estas misiones podrán contribuir a la lucha contra el terrorismo, entre otras cosas mediante el apoyo prestado a terceros países para combatirlo en su territorio (art. 43).

12. OLOF PALME en el contexto de la Guerra Fría, planteó un concepto de “Seguridad Común” en base a que… los países no pueden adquirir seguridad a las expensas de otros, y tampoco a través sólo del poder militar. La seguridad común requiere que los pueblos vivan en dignidad y paz, que tengan lo necesario para alimentarse, encontrar trabajo y vivir en un mundo sin pobreza ni destrucción”. En sus postulados este concepto se acerca al de Seguridad Humana. COMISIÓN INDEPENDIENTE SOBRE ASUNTOS DE DESARME Y SEGURIDAD. Informe Seguridad mundial. Un programa para el desarme. Edit. Lasser Press. México, 1982, p. 32.

13. Vid. art. 8.1. de la Constitución Española: Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

14. Siguiendo nuevamente a PALME, refrendamos su idea, que propugna que… en su búsqueda de seguridad, las naciones se deben esforzar por alcanzar objetivos más ambiciosos que la estabilidad, la meta del sistema actual, en el que la seguridad se basa en los armamentos. De hecho, la estabilidad basada en los armamentos no se puede mantener indefinidamente… “Seguridad mundial. Un programa…”, op. cit., p. 32.

15. KENNAN, G: “La capacidad continuada de un país para proseguir el desarrollo de su vida interna sin interferencia seria, o amenaza de interferencia de potencias extranjeras”. Policy Plannin Study Review of Current Trends, U.S. Foreign Policy, Policy Planning Staff, PPS, vol. 1, part 2, núm. 23 (1948), pp. 509-529. Top Secret. Included in the U.S. Department of State, Foreign Relations of the United States (Washington DC Government Printing Office, 1976).

16. El artículo 55 de la Carta de las NNUU señala que con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá: a) niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social; […]c) el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos […]. A partir de esta premisa, BALLESTEROS MARTÍN, M. A: “Las estrategias de seguridad y de defensa”, en BALLESTEROS MARTÍN, M. A. (Coord.): Fundamentos de Estrategia para el siglo XXI. Monografía del CESDEN, núm. 67. Madrid, 2004, p. 53, desarrolla que, consecuentemente, la ONU crea agencias especializadas con el objetivo de promover este propósito en el que el individuo parece convertirse en el centro de interés. Esta nueva visión propia del pensamiento político liberal, se materializa en el concepto de Seguridad Colectiva por el que se proscribe el recurso a la violencia como forma de salvaguardar los intereses nacionales, salvo en caso de autodefensa. Así visto, la seguridad colectiva es el fruto de una decisión conjunta de determinados países y en la que se adquiere el compromiso de condicionar las respectivas políticas de seguridad a las de los demás, equilibrando solidariamente las diferencias de intereses, atenuando incertidumbres y desalentando comportamientos agresivos.

17. BARBÉ, E. y PERNI, O: “Más allá de la Seguridad Nacional”. En DE CUETO, C., JORDANO, J (Coords.): Introducción a los Estudios de Seguridad y Defensa. Comares. Granada, 2001, pp. 3-34.

18. Con mera finalidad expositiva, podemos admitir como definición válida y universal, aunque no lo sea, la que ofrece Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), que conceptúa a la seguridad es aquella situación de vida en la que no existe amenaza alguna a la soberanía ni a la integridad del territorio y sus habitantes; una situación en la que no existe atentado alguno contra el normal ejercicio de la autoridad ni contra el funcionamiento adecuado de las instituciones; y una situación en que, tanto las actividades públicas como privadas, pueden llevarse a cabo sin obstáculos que se opongan al logro de los más altos niveles de paz, libertad, prosperidad cultural, cívica, moral y económica. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE DEFENSA. Política de Defensa y Seguridad. Madrid, Ministerio de Defensa, Secretaría General Técnica, 1993, pp. 31-32. Aunque la definición se corresponde formalmente con la de Seguridad Nacional, lo cierto, s que es extrapolable a un concepto de seguridad global, ampliada, general, o como queramos denominarla. Seguridad, en definitiva.

19. Sobre el carácter gradual y comparativo de la seguridad, vid. QUERO RODILES, F: “Introducción a la Teoría de la Seguridad Nacional”. Servicio de publicaciones del EME, 1989, pp. 25-29.

20. Debemos acudir al texto de la derogada Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, por la que se regulan los criterios básicos de la defensa nacional y la organización militar, para encontrar (art. 2) la génesis de un concepto más amplio, más allá de la mera acción de las Fuerzas Armadas. Así política de defensa tiene por finalidad la protección del conjunto de la sociedad española, de su Constitución, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se consagran, del Estado social y democrático de derecho, del pleno ejercicio de los derechos y libertades, y de la garantía, independencia e integridad territorial de España. Asimismo, tiene por objetivo contribuir a la preservación de la paz y seguridad internacionales, en el marco de los compromisos contraídos por el Reino de España. Idéntica redacción tiene el vigente art. 2 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, que deroga la anterior. Esta visión, necesariamente implica una disposición, integración y acción coordinada de todas las energías y fuerzas morales y materiales del Estado, ante cualquier forma de agresión.

21. TOSCHI, O: “El uso de las Fuentes Abiertas en el Mundo de la Inteligencia”. En Seguridad y Democracia. El Futuro de los Servicios de Inteligencia, Madrid, Fundación de la Universidad Complutense de Madrid. 2000, pp. 21-22.

22. GALVACHE VALERO, F.: “La Inteligencia Compartida” en “Estudios sobre Inteligencia: Fundamentos para la Seguridad Internacional”. Cuadernos de Estrategia, núm. 127 (2004), pp. 165-166. Instituto Español de Estudios Estratégicos, Centro Nacional de Inteligencia. Madrid.

23. Sobre la gestión de servicios privados de seguridad, vid. TORRENTE, D., C. BOSCH, J. L. y VALENCIA, V: “Organizando la seguridad: Análisis organizativo de los servicios privados de seguridad en España”, Política y Sociedad, vol. 42, núm. 3 (2005), pp. 185 y ss.

24. En ningún caso la existencia de agentes privados que intervengan en la seguridad, puede implicar la creación de policías privadas. En el mismo sentido, vid. BALLBÉ, M. y GIRÓ, M: Las fuerzas del orden público, Dopesa. Barcelona, 1978, p. 77. No hay que olvidar nunca lo dispuesto en el propio art. 149.29 CE, por lo que, en todo caso, los servicios de seguridad de carácter privado no constituyen en sí una actividad de policía, tal y como acabamos de ver, si no actividades complementarias de seguridad de carácter meramente físico y en todo caso intervenidas por la actuación pública – actividad administrativa de policía–.

25. Como señala la Guía de Inteligencia Económica y Tecnología del CETISME el proceso actual de globalización, la extensión de las tecnologías de la información y las comunicaciones, la aparición de redes formales e informales, la aceleración del cambio económico, la evolución de las relaciones entre fabricantes de productos terminados y sus proveedores, la introducción de sistemas de gestión de las relaciones con los clientes, el acortamiento de los ciclos de vida de los productos, entre otras muchas cosas, dan lugar a cambios permanentes en la gestión diaria de las empresas y su necesidad de información. CETISME: Inteligencia Económica y Tecnológica, Consorcio CETISME. Madrid, 2002. Esto precisamente es lo que justifica que los sujetos privados también hayan entrado de pleno, no por voluntad propia, si no por obligación, a desarrollar labores de inteligencia.

26. Prácticamente la totalidad de autores que han trabajado sobre el tema ofrecen conceptos individualizados del término inteligencia. Al objeto de facilitar la lectura, y teniendo la obra en que se encuadra el presente texto el carácter de manual, vamos a utilizar a efectos prácticos la definición que se contiene en Glosario de Inteligencia, ESTEBAN NAVARRO, M. A. (Coord.): Glosario de Inteligencia. Ministerio de Defensa, 2007, pp. 82-83, donde se define a la Inteligencia como el producto que resulta de la evaluación, la integración y la interpretación de la información reunida por un servicio de inteligencia.

27. SÁNCHEZ GAMBOA, J. B: “Ideas fundamentales sobre inteligencia”. Inteligencia. Un enfoque integral. Ministerio de Defensa/CESEDEN. Madrid, 2016, p. 19.

28. Aunque sea en una nota a pie, no podemos dejar pasar de largo la posibilidad de hacer una somera referencia al denominado ciclo de inteligencia. La definición oficiosa, por decirlo así, que contiene el Glosario de Inteligencia publicado por el Ministerio de Defensa/CNI, lo contempla como el proceso de generación y comunicación de cocimiento nuevo, veraz y ajustado a las necesidades y los requerimientos de un usuario a partir de la obtención y transformación de información apropiada. Resumiendo, se trata de convertir información en inteligencia, adecuada a un usuario concreto y puesta a su disposición. Será cuando éste la tenga en consideración en sus tomas de decisiones, es decir se aplique, el momento en el que se tenga por cerrado el ciclo de inteligencia.

29. KAPLAN, A. Y HAENLEIN, M: “Siri, Siri in my Hand, who’s the Fairest in the Land? On the Interpretations, Illustrations and Implications of Artificial Intelligence”. Business Horizons, vol. 1, núm. 62 (2019), pp. 15-25.

30. Datos obtenidos de https://www.prosegur.es/media/articulo/seguridad/Inteligencia-artificial-y-seguridad.

Inteligencia artificial y defensa. Nuevos horizontes

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