Читать книгу Salud y asistencia sanitaria en España en tiempos de pandemia covid-19 - Juan Carlos Alvarez Cortes - Страница 152

15. LAS COMPETENCIAS DE LAS CORPORACIONES LOCALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Оглавление

Los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía regula las competencias en materia sanitaria residenciada en el ámbito local.

El artículo 40 establece que corresponde a los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de las competencias de las demás Administraciones públicas, el ejercicio de las competencias propias establecidas en la legislación básica en materia de entidades locales, en la ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

Sin perjuicio de las competencias autonómicas, corresponderá a los municipios andaluces velar en sus respectivos territorios por la protección y la promoción de la salud de la población en las competencias que puedan asumir, conforme a lo dispuesto en la correspondiente legislación reguladora en materia sanitaria.

Los municipios asumen la coordinación de las intervenciones contempladas en el Plan Local de Salud en materia de promoción de salud comunitaria en su territorio, incorporando y articulando la acción y participación de la población y de los diferentes sectores públicos y privados implicados.

El artículo 41 de la LSA señala que el Plan Local de Salud es el instrumento básico que recoge la planificación, ordenación y coordinación de las actuaciones que se realicen en materia de salud pública en el ámbito de un municipio o de una mancomunidad de municipios. La elaboración, aprobación, implementación y ejecución de este plan corresponden a los municipios.

El Plan Local de Salud abordará los siguientes contenidos mínimos:

a) El hogar y la familia como centro de la intervención.

b) Seguridad y gestión del riesgo: vial, laboral, alimentaria, medioambiental y ciudadana.

c) Reducción de las desigualdades en salud: socioeconómica, cultural, de género, que afecten a grupos específicos o a personas en situación o en riesgo de exclusión.

d) Estilos de vida saludable: actividad física, alimentación equilibrada y lucha contra el tabaquismo.

e) Entornos saludables y estrategias sostenibles; escuelas, lugares de encuentro, ocio y paseo.

f) Elementos de protección en relación con las garantías en salud alimentaria y salud medioambiental.

En el marco del Plan Andaluz de Salud, la administración sanitaria de la Junta de Andalucía establecerá un programa de cooperación y armonización en materia de salud pública con los municipios andaluces, así como iniciativas dinámicas, con el fin de lograr un desarrollo equilibrado, social y territorial. A este respecto, la Comisión Andaluza de Cooperación en Salud Pública como órgano de colaboración, coordinación y cooperación entre la Administración de la Junta de Andalucía y las corporaciones locales en las materias sanitarias.

Salud y asistencia sanitaria en España en tiempos de pandemia covid-19

Подняться наверх