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5.4. Alarma confirmada, alarma no confirmada: diversos tipos de señales a gestionar

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La exigencia de que todos los sistemas de seguridad transmitan las señales de alarmas a las centrales receptoras por vía telefónica podría implicar una gran vulnerabilidad para los inmuebles protegidos. Sin embargo, hay que aclarar que los únicos sistemas de comunicación que actualmente existen en el mercado actúan solo vía cable o por radio (cada uno con sus distintas modalidades) pudiendo ser cualquiera de ellos usado indistintamente en la transmisión de las señales de los sistemas de alarmas.

La mayor parte de los sistemas de seguridad existentes en la actualidad hacen uso de la red de telefonía básica (analógica o digital) para la comunicación de sus señales de alarmas, mientras que los sistemas que comunican dichas señales vía radio son para aquellas instalaciones en las que no es posible el empleo de la red telefónica o como segunda vía de transmisión.

Las dos vías de comunicación descritas resultan en cualquier caso vulnerables: la línea telefónica, porque se puede cortar físicamente el cableado; la vía radio porque pueden utilizarse contra ella inhibidores. Ello implica que ninguna de las dos, por sí misma, puede asegurar por completo la transmisión de la señal de alarma. En consecuencia, la seguridad de que las señales van a ser transmitidas se garantiza de modo más eficaz mediante la instalación de dos vías de comunicación independientes.

Estas dos vías están previstas por la Orden Ministerial INT/316/2011, de 1 de febrero, de cuyo artículo 12 se deriva que, aun cuando el modo común de verificar una alarma sea cualquiera de los anteriores, lo cierto es que, cuando se trate de sistemas con doble vía de comunicación, una alarma se considerará confirmada cuando:

1 Se reciba una señal de alarma y la misma vaya seguida de la comprobación de que se han perdido una o varias de las vías de comunicación.

2 Se compruebe la pérdida de una de las vías de comunicación, seguida de la activación de un elemento detector del sistema, y se comunique tal circunstancia por una segunda vía.

3 Se compruebe el fallo de las dos vías de comunicación.


Nota

En su Informe UCSP N.º 2013/090, de fecha 26 de noviembre de 2013, la Unidad Central de Seguridad Ciudadana, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana (Dirección General de la Policía) concluye que tanto la Orden Ministerial INT/316/2011, de 1 de febrero, como el resto de la normativa aplicable recogen las actuales vías de transmisión de datos e imágenes existentes en el mercado, dejando a los usuarios libertad para elegir, junto con los profesionales de la seguridad, es decir, las empresas, los más idóneos en función del tipo o ubicación de la instalación.

Para terminar de exponer en qué casos se considerará que una alarma está confirmada, habrá que incluir aquellos en que la alarma se haya producido por la activación de cualquier elemento destinado a este fin: por ejemplo, los pulsadores de atraco o antirrehén, o bien un código de coacción activado mediante teclado o contraseña pactada.

En el caso de que la alarma provenga de alguna de las instalaciones que dispongan de sistemas de seguridad de grado 3 o 4, la alarma se considerará confirmada cuando se reciban, de modo sucesivo, tres o más señales procedentes de, al menos, dos detectores diferentes y en un espacio de tiempo que no supere, en ningún caso, los treinta minutos.

En estas instalaciones, los sistemas tendrán que tener instalado un mínimo de tres detectores.

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