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Relaciones con otras disciplinas

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 Medicina Legal: Soporte informático a los conocimientos y procedimientos médicos aplicados a las cuestiones de interés forense. Un elemento destacable en estas relaciones es la confección de las llamadas Historias Clínicas Virtuales.

 Criminología: Esta disciplina estudia de las razones que provocan la comisión de delitos, su posible prevención y la reinserción del delincuente en la sociedad (naturaleza causal, psicológica, objetivos preventivos y de recuperación social). Generalmente se inserta e identifica con alguna de las doctrinas penales “no retributivas”, es decir en las distintas modalidades de prevención. (33) Se constituye en un soporte imprescindible a la hora de intentar realizar la reconstrucción virtual del hecho, el factor humano es uno de los elementos más complejos de determinar en dicha reconstrucción. Desde antaño hemos oído hablar del modus operandi, que pretende establecer conductas típicas en la forma de actuar delictiva y relacionarlas con determinada persona o determinado perfil psicológico.

 Criminalística: Concebida como el conjunto de conocimientos técnico-científicos, aplicados a la resolución de los interrogantes indiciarios procesales, mantiene con la Informática Forense una estricta relación de género (Criminalística) a especie (Informática Forense).

 Disciplinas periciales integradoras: Se constituyen en soporte mutuo e instrumento de cada disciplina específica. La labor pericial es una labor transdisciplinaria de ahí su pertinencia relacionante (Fotografía Pericial, Planimetría, Medicina Legal, Papiloscopía, Identificación Humana, Rastros, Laboratorio pericial, Documentología, entre otras).

A esta altura del desarrollo argumental se hace necesario recordar la definición de esta nueva disciplina:

Se denomina Informática Forense al conjunto multidisciplinario de teorías, técnicas y métodos de análisis, que brindan soporte conceptual y procedimental, a la investigación de la prueba indiciaria informática.

Como toda disciplina en ciernes, requiere de una definición y de ciertos principios que la delimiten (marco de referencias y variables normativas), los que describiremos en el siguiente capítulo.

16. Probar: (Del lat. probāre).

1. tr. Hacer examen y experimento de las cualidades de alguien o algo.

2. tr. Examinar si algo está arreglado a la medida, muestra o proporción de otra cosa a que se debe ajustar. U. t. c. prnl.

3. tr. Justificar, manifestar y hacer patente la certeza de un hecho o la verdad de algo con razones, instrumentos o testigos.

4. tr. Gustar una pequeña porción de una comida o bebida. Probé la sopa para asegurarme de que tenía sal.

5. tr. Comer o beber algo. U. m. con neg. Desde el año pasado no prueba el alcohol.

6. tr. ant. aprobar (dar por bueno).

7. intr. Hacer prueba, experimentar o intentar algo. Probó a levantarse y no pudo.

8. intr. Dicho de una cosa: Ser a propósito o convenir, o producir el efecto que se necesita. El calor me prueba bien; el frío me prueba mal.

Prueba.

1. f. Acción y efecto de probar.

2. f. Razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo.

3. f. Indicio, señal o muestra que se da de algo.

4. f. Ensayo o experimento que se hace de algo, para saber cómo resultará en su forma definitiva.

5. f. Análisis médico.

6. f. Muestra, cantidad pequeña de un alimento destinada a examinar su calidad.

7. f. Examen que se hace para demostrar o comprobar los conocimientos o aptitudes de alguien.

8. f. En algunos deportes, competición.

9. f. Muestra del grabado y de la fotografía.

10. f. Reproducción en papel de una imagen fotográfica.

11. f. Der. Justificación de la verdad de los hechos controvertidos en un juicio, hecha por los medios que autoriza y reconoce por eficaces la ley.

12. f. Impr. Muestra de la composición tipográfica, que se saca en papel ordinario para corregir y apuntar en ella las erratas que tiene, antes de la impresión definitiva. U. m. en pl.

13. f. Mat. Operación que se ejecuta para comprobar que otra ya hecha es correcta.

14. f. pl. Der. Probanzas, y con especialidad las que se hacen de la limpieza o nobleza del linaje de alguien.

Prueba antes de la letra. f. prueba tirada por vía de ensayo, cuando aún no se le ha puesto la inscripción que dice lo que el grabado representa.

Prueba de fuego. f. La comprometida y decisiva, en la que es necesario demostrar que se está a la altura de lo esperado.

Prueba de indicios, o indiciaria. f. Der. La que se obtiene de los indicios más o menos vehementes relacionados con un hecho, generalmente criminal, que se pretende esclarecer.

Prueba negativa. f. Fotogr. Imagen que se obtiene de la cámara oscura como primera parte de la operación fotográfica, donde los claros y los oscuros salen invertidos.

Prueba positiva. f. Fotogr. Última parte de la operación fotográfica, que consiste en invertir los claros y los oscuros de la prueba negativa, obteniendo así sobre papel, cristal o metal las imágenes con sus verdaderas luces y sombras.

Prueba semiplena. f. Der. prueba imperfecta o media prueba, como la que resulta de la declaración de un solo testigo, siendo éste de toda excepción.

Prueba tasada. f. Der. La que, por diferencia de la regla de su libre estimación por el juez, la ley exige específicamente para poder acreditar un hecho determinado. Ver libres convicciones y sana crítica (libres convicciones razonada).

A prueba: loc. adj. Dicho de un empleado: Que durante un tiempo tiene que demostrar su valía para poder confirmar su puesto de trabajo mediante un contrato.

loc. adv. Denota que algo está hecho a toda ley, con perfección.

loc. adv. Entre vendedores, u. para dar a entender que el comprador puede probar o experimentar aquello que se le vende, antes de efectuar la compra.

Prueba de agua, de bomba. locs. advs. U. para referirse a lo que por su perfecta construcción, firmeza y solidez, es capaz de resistir al agua, a las bombas, etc.

Prueba de. loc. adj. Adecuado para probar el límite de la resistencia de alguien. loc. adj. desus. Que tiene la consistencia o firmeza de una cosa en lo físico o en lo moral.

En prueba de. loc. prepos. Como muestra o señal de algo.

Poner a prueba. a alguien o algo. loc. verb. Someterlo a determinadas situaciones para averiguar o comprobar sus cualidades, comportamientos, etc.

Recibir a prueba. loc. verb. Der. Abrir el período del juicio en que los interesados han de proponer y practicar sus justificaciones o probanzas.

Referido virtualmente en: http://www.rae.es.

17. Probar: del lat. Probāre, probar, ensayar, aprobar, comprobar. De uso general en todas las épocas y común a todos los romances de occidente. La grafía medieval era provar… Corriente en la Edad Media era la acción intransitiva “resultar ser” o “resultar ser cierto”, “todos a él vinién consejo demandar: / lo que lis él dizié faziégelo provar”…Un resto de la misma es la alocución probar bien o mal, por convenir, sentar bien o mal, hablando especialmente del clima, muy usual desde el siglo XVII y hasta hoy, aunque actualmente en castellano tiende a sustituirse por sentar. Cuando probar en calidad de verbo modal se combina con un infinitivo con el valor de intentar o hacer prueba, se ha construido, sobre todo en la Edad Media, con el auxilio de la proposición “de”… Aprobar, nótese que en la Edad Media no se distingue semánticamente de probar, los primeros testimonios de la acción moderna se hallan en el siglo XV, Celestina, Seguro de Tordesillas,…-var: probo, aprobo, compprobo, de approbare; aprobable, aprobaión, aprobador, aprobante, aprobanza, aprobativo, aprobatorio. Comprobar, tomado de comprobare id.; comprobable, comprobacion comprobante, comprobatorio. Improbar: raro. Reprobar, tomado de reprobare, reprobable, reprobación, reprobador, reprobatorio, reprueba. Probo, tomado de probus, probidad, de probitas –atis, improbo, de improbus improbidad, réprobo de reprobus id. En realidad reprobare sólo en apariencia deriva de probare (ver reproche).

Referido en: Corominas Joan, Pascual Juan. Diccionario Crítico Etimológico Castellano e Hispánico. Editorial Gredos, Madrid, 1981, pp. 657 y 658.

18. Medios de prueba. Art. 378. “La prueba deberá producirse por los medios previstos expresamente por la ley y por los que el juez disponga, a pedido de parte o de oficio, siempre que no afecten la moral, la libertad personal de los litigantes o de terceros, o no estén expresamente prohibidos para el caso. Los medios de prueba no previstos se diligenciarán aplicando por analogía las disposiciones de los que sean semejantes o, en su defecto, en la forma que establezca el juez.”

19. Como ejemplo típico podemos destacar los accesos indebidos a los datos sensibles de una persona física o jurídica.

20. Como ejemplo, podemos señalar el uso de herramientas de análisis y decodificación de claves para acceder a una institución bancaria y realizar una transferencia de fondos ilegal.

21. Cadena Causal Propia: Sucesión de eventos entre los cuales el precedente (antecedente) es causa necesaria y suficiente para la producción del siguiente (consecuente). Cadena Causal Impropia: Cuando a la relación precedente siguiente le falta una o ambas características de la Cadena Causal Propia (causa necesaria y suficiente).

22. Esta circunstancia se hace evidente en las declaraciones testimoniales, donde frecuentemente es necesario recurrir al careo para intentar desambiguar una situación, técnica ésta que no siempre permite alcanzar resultados positivos (una parte “convence” a la otra, una parte “se acomoda” a los dichos de la otra, “vieron” cosas distintas, los focos de atención y perspectivas no coinciden, no se ponen de acuerdo, etc.).

23. Esta dificultad se hace evidente en los análisis históricos, cuanto mayor es la distancia a los hechos relatados, más difícil es interpretar y relatar los mismos. Entre otras cosas porque menores son las fuentes de información disponibles para realizar el relevamiento de la información necesaria. Por otra parte cuando los hechos son muy recientes, están afectados por la subjetividad del intérprete, que también los condiciona; el análisis de nuestro pasado reciente como Nación es un fiel reflejo de esta circunstancia.

24. No se obtienen los mismos resultados si se realiza la autopsia de un cadáver preservado de manera adecuada, ocho horas después de fallecido, que si éste ha estado expuesto a la intemperie durante un mes.

25. En sentido similar, aunque no idéntico, la define el doctor Pablo A. Rodríguez Regalado en su artículo “Nuevo Enfoque en la definición de la ciencia criminalística”. “Criminalística es la ciencia mediante la cual se procede al examen de indicios o evidencias de diverso origen y naturaleza, por parte de expertos forenses, con el objeto de plasmar la información obtenida en un pronunciamiento pericial que sirva de ilustración para un proceso judicial, administrativo o de índole particular”.

Obviamente, que esta definición propuesta amerita una argumentación, la que de inmediato paso a exponer :

Primero: Definitivamente, no podemos negar que la Criminalística sea ciencia, es tema ampliamente dilucidado, pues ésta se encuentra comprendida dentro de las ciencias “factuales” (que estudia hechos que ocurren en el mundo y del tipo “mixto”, porque hace suyos temas que corresponden a las Ciencias Naturales y a las Ciencias Sociales, constituyéndose en una Ciencia Técnica, como corresponde al planteamiento hecho por Kedrov y Spirkin..

Segundo: El empleo de las ciencias, técnicas y artes que comprende a la Criminalística, permite justamente el examen de indicios o evidencias.

Tercero: Que estos indicios o evidencias puedan ser de diverso origen (corpóreos o extracorpóreos) y naturaleza (sólidos, líquidos, pastosos, gaseosos).

Cuarto: El examen obviamente estará a cargo de expertos forenses, ello en razón de que deben ser profesionales o técnicos debidamente calificados en alguna de las áreas que comprende a la Criminalística, ya que ésta responsabilidad no se la podríamos adjudicar a la persona no idónea para este tipo de análisis.

Quinto: El resultado del análisis o examen realizado debe de estar debidamente protocolizado en un informe que tenga una metodología particular, la misma que tiene calidad de “pronunciamiento pericial”.

Sexto: El informe resultante y la información contenida en él puede ser ilustrativa tanto en una investigación policial, proceso administrativo, judicial o interés particular.

Fuente: “Nuevo enfoque en la definición de la ciencia criminalística”, Dr. Pablo A. Rodríguez Regalado Abogado – Perito Criminalístico Doctor en Ciencias Forenses y Criminalística por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.

26. Un ejemplo de esta tarea sería la modelización, con fines reconstructivos del Lugar del Hecho Virtual, a partir del cual se ha realizado una sustitución de identidad con fines delictivos.

27. Pensemos en un delincuente ubicado en Chile, que mediante el empleo de herramientas informáticas disponibles en Irán, decodifica una clave de acceso a una cuenta en Suiza, a partir de la información disponible en una Banca Informática Francesa, realizando una transferencia de fondos a un banco de las Islas Caimán. No sólo involucra lugares geográficos determinables (por la situación de cada servidor de datos y procesos) sino que interviene la conectividad de la red (Internet), que pasa por muchos y muy diversos países, comunicación que forma parte indiscutible de la cadena causal, al momento de analizar el delito cometido. Por ejemplo un mensaje de correo electrónico, enviado desde Buenos Aires (Argentina), hacia Montevideo (Uruguay), puede realizar su recorrido por distintos enrutadores situados en EEUU y Europa, lo que es fácilmente comprobable al realizar un trazado de la ruta seguida, empleando las herramientas disponibles en Internet.

28. Una muestra de esta integración la constituye el derecho de navegación comercial, donde son muchas las normas aceptadas por la comunidad internacional. De todas formas está lejos de contemplar la totalidad de las situaciones previsibles (de lo contrario no sería necesaria la acción protectora de Greenpeace, frente al conflicto ballenero).

29. Aunque se admitan los resguardos electrónicos y en algún momento se llegue a una efectiva implementación de los mecanismos de firma digital y el derecho notarial evolucione, difícilmente se llegará al punto de eliminar los protocolos de los escribanos y sustituir los Instrumentos Públicos escritos.

30. Las máquinas de escribir mecánicas sólo aportaban caracteres de texto (los gráficos se limitaban a algunas líneas de subrayado), las máquinas de escribir electromecánicas aportaron nuevos elementos gráficos que se desarrollaron especialmente en las máquinas de escribir electrónicas. Al llegar las impresoras, las primeras de matriz de puntos tenían dos formas de trabajar, una en textos y otra en gráficos, ahí surge esta división en particular. Actualmente este tema ha quedado prácticamente obsoleto. En cuanto a la redaccion caligráfica, en general, se limita a textos y cuando obran dibujos suelen requerirse los servicios de otros profesionales ajenos a la documentología (expertos en dibujo, pintura, arte, etc.) Suponiendo el caso de un testamento ológrafo, que incluyera planos, representaciones y/o dibujos manuscritos u otras representaciones gráficas, el análisis pericial de esta prueba tal vez no estaría completo con la participación exclusiva de un perito en documentología.

31. Computación por ADN propia, ya que la misma suele ser simulada por medios convencionales.

32. ISP (Internet Service Provider), el proveedor del servicio (p.e., google, yahoo, hotmail, etc.).

33. Prevención General (Positiva o Negativa) y Prevención Especial (Positiva o Negativa).

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