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CAPÍTULO 6 INFORMÁTICA FORENSE - LA PRUEBA DOCUMENTAL INFORMÁTICA Principios y relaciones periciales informático forenses

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 Principio de entidad pericial propia: El empleo de los medios informáticos como instrumentos de conformación de prueba indiciaria informático forense. Prueba que si bien constituye una parte de la Criminalística y en lo formal no difiere de cualquier otra prueba pericial, se integra con metodología propia, que permite asegurar la detección, identificación, documentación, preservación y traslado de la evidencia obtenida, con técnicas e instrumentos propios e inéditos para las Ciencias Criminalísticas. En este sentido, la prueba indiciaria informático forense, requiere de cuidados específicos que la diferencian de otras pruebas periciales.

 Principio de protección y preservación: Cadena de custodia estricta y con certificación unívoca comprobable.

 Principio de identidad impropio (de Copias): Del original, ya que cuando se duplica un archivo informático la copia no es igual a la original sino idéntica (un bit no difiere de otro bit y entre sí son inidentificables unívocamente).

 Principio tecnológico transdisciplinario: Se requieren conocimientos específicos por parte de todos los involucrados en la prueba indiciaria informático forense:

 jueces para evaluar correctamente la prueba;

 fiscales y abogados para efectuar la requisitoria de manera adecuada y oportuna;

 profesionales de la Criminalística y otros peritos, para no contaminar dicha prueba durante sus propias tareas periciales, contribuyendo a su preservación;

 funcionarios judiciales y policiales, a efectos de proteger y mantener la cadena de custodia establecida.

 Principio de oportunidad: Debido a su facilidad de destrucción normalmente requiere de tareas complementarias que aseguren su recolección (medidas preliminares, inspecciones o reconocimientos judiciales, órdenes de allanamiento o de intercepción judiciales).

 Principio de compatibilización legislativa internacional: Gran parte de los contratos particulares celebrados en el marco del Derecho Internacional Privado se realizan mediante comunicaciones digitales (instrumentadas en correo electrónico en claro o cifrado y certificadas por medio de claves criptográficas o firmas digitales). Estas actividades no sólo devienen en demandas civiles, comerciales y laborales internacionales, sino que en muchas oportunidades constituyen delitos tipificados en la legislación de fondo de cada país. Diversos contratos de trabajo se proponen, establecen y ejecutan por medios informáticos. Sin embargo la pertinencia y utilidad de la prueba informática será siempre relativa a las definiciones que la ley de fondo y forma de cada país establece en particular y las que regulan los tratados internacionales.

 Principio de vinculación estricta: La prueba indiciaria informático forense puede estar relacionada con múltiples actividades delictivas dentro de la legislación internacional o el derecho interno, algo que si bien es propio de toda prueba pericial, se vuelve crítico respecto de esta disciplina por su relación vinculante directa (como medio de ejecución e indicio probatorio), entre otras: actividades de espionaje industrial y comercial, trata de personas, tráfico de órganos, blanqueo de capitales, terrorismo (político, delictivo, ideológico, narcoterrorismo), prostitución y pornografía infantil.

Manual de informática forense

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