Читать книгу La propiedad intelectual de las obras creadas por inteligencia artificial - Pablo Fernández Carballo-Calero - Страница 13
3.3. Libro blanco sobre la Inteligencia Artificial
ОглавлениеEl Libro Blanco sobre la Inteligencia Artificial (2020)35 es un documento elaborado por la Comisión Europea que refleja la manera en que dicho órgano apoyará y promoverá el desarrollo y uso generalizado de la IA en toda la Unión.
A la hora de caracterizar el fenómeno objeto de estudio, la Comisión señala que la IA es una combinación de tecnologías que agrupa datos, algoritmos y capacidad informática. Pues bien, en la medida en que los avances en computación y la creciente disponibilidad de datos son un motor fundamental en el pronunciado crecimiento actual de la IA, la Comisión destaca que “Europa puede aunar su potencial tecnológico e industrial con una infraestructura digital de gran calidad y un marco regulador basado en sus valores fundamentales para convertirse en líder mundial de la innovación en la economía de los datos y sus aplicaciones”36. En este sentido, tal y como se destaca en el documento “Una Estrategia Europea de Datos” (2020), resulta particularmente interesante la relación que existe entre la IA y los datos, ya que la disponibilidad de datos es fundamental para entrenar a los sistemas de Inteligencia Artificial37.
Sobre estos cimientos, la UE está en condiciones de desarrollar un ecosistema de IA que acerque las ventajas de la tecnología a la sociedad y la economía europeas en su conjunto: i) a los ciudadanos, para que obtengan nuevos beneficios, como una mejor atención sanitaria, una menor cantidad de averías de los aparatos domésticos, unos sistemas de transporte más seguros y limpios, o mejores servicios públicos; ii) al desarrollo empresarial, por ejemplo, mediante una nueva generación de productos y de servicios en áreas en las que Europa es particularmente fuerte (maquinaria, transporte, ciberseguridad, agricultura, economía verde y circular, atención sanitaria y sectores de gran valor añadido, como la moda y el turismo); y iii) a los servicios de interés público, por ejemplo, mediante una reducción de los costes de la prestación de servicios (transporte, educación, energía y gestión de los residuos), una mayor sostenibilidad de los productos, o proporcionando a los servicios y fuerzas de seguridad las herramientas adecuadas para que aseguren la protección de los ciudadanos, garantizando correctamente el respeto de sus derechos y libertades.
Por lo demás, la Comisión destaca el papel que la utilización de sistemas de IA puede jugar a la hora de alcanzar los objetivos del “Pacto Verde Europeo” (2019)38. De hecho, en este último texto la Comisión ya se comprometía a explorar medidas que garantizasen que las tecnologías digitales (tales como la IA, las redes 5G, la computación en la nube y en el borde, y la internet de las cosas) sirviesen para acelerar y potenciar los efectos de las políticas para combatir el cambio climático y proteger el medio ambiente.
En este contexto, la Comisión pone de relieve que los pilares fundamentales del Libro Blanco son: i) el marco político por el que se establecen medidas para armonizar los esfuerzos a escala regional, nacional y europea; y ii) los elementos clave de un futuro marco normativo para la IA en Europa que genere un “ecosistema de confianza” exclusivo.
Por lo que respecta al marco político, y a través de la colaboración con los sectores público y privado, los objetivos son movilizar recursos para obtener un “ecosistema de excelencia” a lo largo de toda la cadena de valor, partiendo de la investigación y la innovación, así como crear los incentivos adecuados para acelerar la adopción de soluciones basadas en la IA también por parte de las pequeñas y medianas empresas39.
En relación al futuro marco normativo, éste debe velar por el cumplimiento de las normas de la UE, especialmente las normas de protección de los derechos fundamentales y los derechos de los consumidores, particularmente en relación a los sistemas de IA que operan en la UE y presentan un riesgo elevado. En palabras de la Comisión, generar un ecosistema de confianza constituye un objetivo político en sí mismo, y debe ofrecer al mismo tiempo seguridad a los ciudadanos (para que adopten las aplicaciones de la IA) y a las empresas y organismos públicos (para que innoven usando aquellas)40.
En este sentido, la Comisión respalda firmemente un enfoque antropocéntrico que se base en la Comunicación “Generar confianza en la Inteligencia Artificial centrada en el ser humano” (2019)41. En este documento se alerta de que “la IA conlleva nuevos retos, ya que permite a las máquinas aprender y tomar decisiones y ejecutarlas sin intervención humana”. Literalmente señala que “no falta mucho para que este tipo de funcionalidad sea lo habitual en muchos tipos de bienes y servicios, desde los teléfonos inteligentes hasta los vehículos automatizados, los robots y las aplicaciones en línea. Ahora bien, las decisiones adoptadas mediante algoritmos pueden dar datos incompletos y, por tanto, no fiables, que pueden ser manipulados por ciberataques, pueden ser sesgados o simplemente estar equivocados. Aplicar de forma irreflexiva la tecnología a medida que se desarrolla produciría, por tanto, resultados problemáticos, así como la renuencia de los ciudadanos a aceptarla o utilizarla”.
Por todo ello, la citada Comunicación destaca que “la tecnología de IA debería, más bien, desarrollarse de manera que las personas sean su centro y se gane así la confianza del público. Esto implica que las aplicaciones de IA no solo deben ajustarse a la ley, sino también respetar unos principios éticos y garantizar que su implementación evite daños involuntarios. En cada una de las fases de desarrollo de la IA debe estar garantizada la diversidad en cuanto al género, el origen racial o étnico, la religión o las creencias, la discapacidad y la edad. Las aplicaciones de IA deben empoderar a los ciudadanos y respetar sus derechos fundamentales. Su objetivo debe ser mejorar las capacidades de las personas, no sustituirlas, y permitir también el acceso de las personas con discapacidad”42.
Volviendo al Libro Blanco, una vez perfilados tanto el marco político como el futuro marco normativo de la IA, el documento recoge la siguiente conclusión: “La inteligencia artificial es una tecnología estratégica que ofrece numerosas ventajas a los ciudadanos, las empresas y la sociedad en su conjunto, siempre y cuando sea antropocéntrica, ética y sostenible y respete los derechos y valores fundamentales. La IA aporta importantes mejoras de la eficiencia y la productividad que pueden reforzar la competitividad de la industria europea y mejorar el bienestar de los ciudadanos. También puede contribuir a encontrar soluciones a algunos de los problemas sociales más acuciantes, como la lucha contra el cambio climático y la degradación medioambiental, los retos relacionados con la sostenibilidad y los cambios demográficos, la protección de nuestras democracias y, cuando sea necesario y proporcionado, la lucha contra la delincuencia. Para que Europa aproveche plenamente las oportunidades que ofrece la IA, debe desarrollar y reforzar las capacidades industriales y tecnológicas necesarias. Tal como se establece en la Estrategia Europea de Datos, ello también requiere de medidas que permitan a la UE convertirse en un centro de datos mundial. El enfoque europeo sobre la IA aspira a promover la capacidad de innovación de Europa en el sector de la IA, e incentiva el desarrollo y la adopción de una IA ética y fiable en toda la economía de la UE. La IA debe estar al servicio de las personas y ser una fuerza positiva para la sociedad”43.