Читать книгу Manual de Derecho de daños - Pilar Álvarez Olalla - Страница 34

3. FUNCIÓN REPARADORA O INDEMNIZATORIA

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En cualquier caso, y sin perjuicio de que la responsabilidad civil extracontractual pueda desempeñar esta función preventiva, el objetivo primordial es permitir la reparación o compensación por equivalente, esto es, la indemnización, a favor de la víctima, del daño que otro le ha causado. Precisamente por la naturaleza reparadora de la institución, y no sancionadora, no se aplica el principio de presunción de inocencia, siendo posible la existencia de inversión de la carga de la prueba respecto a los elementos que deben concurrir, como el título de imputación; e incluso, ello permite la existencia de sistemas de responsabilidad objetiva.

Manual de Derecho de daños

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