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4. LA NECESARIA IDENTIFICACIÓN DEL AUDITORIO

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Un buen orador tiene la obligación de identificar y conocer a su auditorio. Con ello nos referimos a obtener, previa nuestra intervención forense, toda la información necesaria para conocer el perfil de cada uno de los intervinientes en el foro: el juez, el abogado contrario o el fiscal. Conociendo sus respectivos perfiles, averiguaremos aspectos tan importantes como sus conocimientos, sus actitudes y su forma de desenvolverse en la audiencia, lo que facilitará la estrategia oratoria que vayamos a emplear.

En tal sentido, en el libro Abogados Gestión y Servicios10), dedicamos un apartado a la importancia de conocer al juez con el fin de poder actuar más eficazmente en sala. Transcribimos a continuación el apartado titulado ¿Cómo es el juez que lleva mi caso?

Si antes de su intervención en una audiencia previa o un juicio, le preguntamos a varios abogados si es conveniente conocer la forma en la que el juez dirige estos actos procesales, presumo que la respuesta sería afirmativa al cien por cien. Sin embargo, y con la mano en el corazón, ¿hasta qué punto los abogados nos preocupamos de verdad por conocer cómo actúa el juez en sala?

Tras comentar este tema con algunos compañeros, he llegado a la conclusión de que la postura más generalizada es la siguiente:

- Respecto a los jueces de nuestro ámbito territorial de actuación, el conocimiento nos llega por propia experiencia y, en la primera ocasión, por consultar a algún compañero o a nuestro Procurador;

- En los casos de jueces de una circunscripción en la que no trabajamos habitualmente, solemos pedir información al Procurador en fechas cercanas al acto judicial.

A la vista de lo anterior me pregunto ¿es esto suficiente?, y la respuesta es indudablemente negativa.

Efectivamente, si reflexionamos sobre el asunto, llegamos a la conclusión que quienes trabajamos habitualmente ante los órganos judiciales debemos conocer a los jueces con una finalidad evidentemente estratégica. Con ello me refiero, a que el conocimiento de determinados aspectos vinculados a la forma de actuar del juez puede ayudarnos a prestar nuestros servicios profesionales en cualquier litigio con la máxima eficacia, si bien, dicho conocimiento tendrá que centrarse en aquellos aspectos que puedan tener, directa o indirectamente, alguna repercusión tanto en la preparación de la audiencia o del juicio como en el momento de celebración de dichos actos.

A modo de ejemplo, destaco algunos de los factores, entre otros muchos, a tener en consideración en cuanto a la forma de actuar los jueces en sala:

Generales:

- Si el juez es proactivo, en el sentido de que mantiene una comunicación abierta con los letrados durante la celebración o es por el contrario distante y formalista, es decir, que limita sus intervenciones a la conducción del acto procesal dando escasa participación a los letrados.

En la audiencia previa.

- Si conduce la audiencia previa agotando todos y cada uno de los trámites establecidos en la norma procesal o si limita su actuación a algunos de estos, obviando otros.

- Si es propenso a facilitar una transacción entre las partes durante las dos fases de conciliación de la audiencia previa.

- Si solicita la Nota de Prueba por escrito (y con copia para la otra parte) o por el contrario, ésta se consigna en el acta.

Durante el acto del juicio oral.

- Si es flexible en los interrogatorios, en el sentido de permitir a los letrados que entren a fondo en los interrogatorios, interrumpiendo en escasas ocasiones.

- Si limita el tiempo de las conclusiones.

- Si en los juicios verbales concede o no trámite de conclusiones o informe.

- Si está atento a la exposición de nuestras conclusiones, tomando notas, especialmente sobre citas jurisprudenciales.

- Si admite la entrega de la instructa al concluir el juicio.

Formal o flexible; proactivo o distante, etc..., son rasgos de los que participan los jueces, y cuyo conocimiento previo puede ayudarnos a aprovechar mejor nuestro tiempo a la hora de preparar una audiencia previa o un juicio, ya que sabremos exactamente, al menos con una importante certeza, cómo se va a desarrollar el acto procesal y que pasos tendremos que dar evitando incidencias que, en unas ocasiones, provocan malestar (no entregar la nota de prueba escrita) y en otras pueden ser determinantes para el resultado del litigio (un mal interrogatorio o realizar un informe desastroso ante una inesperada limitación del tiempo de conclusiones).

Por ello, es conveniente que los letrados dispongamos de esta información, lo que no sólo nos ayudará, sino también a nuestros compañeros de despacho a preparar sus intervenciones de la forma más adecuada, y con ello garantizar la más eficaz defensa del cliente.

Con la Venia, Manual de oratoria para abogados

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