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2.3 REFLEXIONES PSICOANALÍTICAS SOBRE LA SUPERVISIÓN CLÍNICA EN LA UNIVERSIDAD

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Es un hecho que la experiencia práctica no proporciona certezas ni cálculos que puedan prever los efectos de las intervenciones, ni mucho menos garantizar la eficacia del tratamiento. En su lugar, lo que se le aparece al clínico es la incertidumbre y la exigencia superyoica que vocifera preguntas inquietantes como: “¿has dicho bien?”, “¿has hecho lo correcto?”. Entonces, López (2011) plantea que el practicante del psicoanálisis en lugar de ser controlado por la voz feroz del superyó, controla su práctica para atemperar la voracidad superyoica que lo habita. En este sentido, “la función del supervisor es encarnar esa otra cara del Jano superyoico suscitando el reconocimiento simbólico del trabajo del supervisado. Se trata de una práctica orientada hacia una “nueva alianza” con el superyó.” (López, 2011, p. 107).

Lo anterior significa que el supervisor, lejos de ser el personal trainer, el entrenador de habilidades clínicas, que posee Todo el saber y evalúa el “ejercicio práctico” del estudiante, debe ser aquel que, desde una posición de total honestidad, reconoce al sujeto que lleva a controlar sus casos y trabajar sobre su enunciación. Como dice López (2011): “si hablo de «reconocimiento» no es para promover la aceptación ingenua, la falta de actitud crítica, la incitación al “todo vale”, sino para volver sobre la importancia que otorgó Lacan al reconocimiento instituyente del sujeto.” (p. 107).

Entonces, así como Lacan (2005) dijo que “un psicoanálisis es la cura que se espera de un psicoanalista” (p. 317), una supervisión es lo que se realiza con un supervisor, siendo este último “el instrumento” con el cual, y a través del cual, el practicante puede situarse en su escucha. Como bien lo dijo una practicante del CAPsi en el Coloquio realizado por los cinco años del consultorio: “la escucha de los supervisores permite escucharnos”.

Ahora bien, en calidad de supervisora del CAPsi, he encontrado que el practicante de psicología, en la transmisión de sus casos, desconoce muchas veces que su cuerpo y su subjetividad se encuentran implicados al momento de escuchar a un paciente, lo que se traduce en relatos descriptivos que muchas veces dificulta la cuestión diagnóstica. De allí que una de las primeras preguntas que realizo en las supervisiones es ¿usted qué piensa del caso?, pregunta que hago no tanto para que me den una explicación teórica, sino para que en su discurso él pueda escucharse, y con ello decantar sus prejuicios y saberes preconcebidos.

En el espacio de supervisión del CAPsi hemos identificado que el error más común del practicante es cómo él va procesando la información que le va surgiendo del paciente, pues muchas veces hay allí sesgos producidos por su propia historia de vida, pero también por los saberes académicos; y es justamente esos “sesgos” los que resultan ser un obstáculo para “dejar ser a quien se confía a ustedes” (Miller, 2012, p. 98); y cuando esto se elabora en el espacio de supervisión, es allí cuando “hacemos clínica”, al mismo tiempo que contribuimos a la formación del clínico.

López (2011) resume la función del supervisor como la de mitigar la exigencia superyoica para que esta no contamine el acto clínico en la práctica, a lo cual agregamos: para que el practicante pueda escucharse. Para ello, el supervisor debe, por un lado, no ubicarse en la posición de evaluador, en tanto ello implica un redoblamiento de la voz superyoica; y, por otro lado, renunciar a imprimir al supervisado su propio estilo y sus propias reglas. En pocas palabras, el supervisor debe aceptar su condición de “instrumento” al momento de ejercer la supervisión. Finalmente, López (2011) plantea que “la función del control no es la de reprimir ni la de consentir, sino la de favorecer que el analista pueda autorizarse por sí mismo. Y para esto el supervisor es la herramienta con que cuenta el analista en formación.” (p. 108). Extrapolando esta cita al contexto universitario, podríamos decir que la función de la supervisión no es la de reprimir al estudiante, ni la de consentir a cualquier tipo de intervención; sino la de favorecer que cada quien intervenga sin estándares, con su estilo, y sobre todo con principios éticos.

Baudini (2010) señala a partir de Lacan que habría dos momentos de la supervisión: el primero consiste en que aquellos que supervisan son como el rinoceronte, “hacen poco más o menos cualquier cosa –y agrega– y yo los apruebo siempre. Efectivamente, ellos siempre tienen la razón.” (Baudini, 2010, p. 97). El segundo consiste en conmover la posición subjetiva del practicante.

En este sentido, la supervisión es una de las herramientas en la formación del clínico que sirve para cuestionar el saber ya establecido, al mismo tiempo que introduce una terceridad con el objetivo de verificar cómo cada practicante se la juega en la transferencia con sus pacientes; pues es necesario asegurarse que la posición del practicante no haga obstáculo al tratamiento, que en “la práctica” él no cuente como sujeto. De allí que la supervisión debe tener por función deshechizar al practicante de su propia posición subjetiva.

Entonces, lo que se supervisa no es tanto al paciente, sino la enunciación del clínico que comenta el caso, sin con ello descartar la necesidad de psicoterapia para el practicante mismo, aspecto que además se hace indispensable para algunos estudiantes que han iniciado su práctica clínica. Como bien lo afirma Jaramillo (2019) en una conferencia dictada en el marco de los cinco años del CAPsi: “que las universidades no puedan exigir a los estudiantes que se analicen, no significa que no sea necesario”.

Caso por caso: clínica y lazo social

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