Читать книгу Dimensiones y desafíos del seguro de responsabilidad civil - Abel B. Veiga Copo - Страница 72
I. LA RESPONSABILIDAD CIVIL SANITARIA Y SU ASEGURAMIENTO. ASPECTOS GENERALES 1. EL INCREMENTO RECÍPROCO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA Y DE SU NECESARIO ASEGURAMIENTO 1.1. La tendencia general
ОглавлениеConviene dar comienzo a este estudio constatando que, en el ámbito de la responsabilidad civil médica y de su seguro, se observa una tendencia que –como una auténtica “ley de hierro”– afecta a la generalidad de los seguros de responsabilidad civil comunes y, en particular, a los que cubren la responsabilidad civil profesional. Así, en términos generales, vemos como, en las sociedades desarrolladas, se extiende, día tras día, una suerte de “cultura de la reclamación” que se manifiesta, entre otras formas, mediante un incremento sostenido de las reclamaciones de responsabilidad civil a los profesionales y ello tanto en sentido cuantitativo, porque cada vez es mayor el número de tales reclamaciones y su cuantía; como en sentido cualitativo, porque la responsabilidad civil tanto empresarial como profesional tiende a objetivarse como consecuencia de la mera explotación de dichas actividades empresariales y profesionales.
Observamos, por lo tanto, que en este ámbito se da la “interferencia recíproca de la evolución de la responsabilidad civil y su seguro” que se ocupó de destacar el maestro Fernando Sánchez Calero1 y, conforme a la cual podemos anticipar un desarrollo de los seguros de responsabilidad civil profesional conforme a la dinámica creciente de lo que podríamos denominar “la espiral de la responsabilidad civil y su aseguramiento” porque, en el ámbito en el que operan estos seguros2 día tras día, se incrementan las exigencias de responsabilidad civil de los distintos profesionales (por ejemplo, médicos, abogados, auditores, administradores de sociedades, etc.3.). Y ello causa que estos profesionales suscriban sus respectivos seguros de responsabilidad civil cada vez con mayor frecuencia y por sumas aseguradas crecientes. Y, a su vez, estas mayores coberturas incentivan que los terceros perjudicados por los actos u omisiones de aquellos profesionales presenten reclamaciones con mayor frecuencia y por sumas más elevadas. Reclamaciones facilitadas por la consciencia de que disponen de acciones directas contra los aseguradores de aquella responsabilidad civil profesional. Lo que, a la postre, genera la espiral creciente que hemos señalado porque se genera un incremento del riesgo de responsabilidad civil profesional y de la necesidad de asegurarlo4.
La interferencia anterior produce dos tipos de efectos:
a) Efectos voluntarios en la contratación creciente de este tipo de seguros de responsabilidad civil profesional por los operadores económicos de “motu proprio”.
b) Efectos obligatorios cuando se obliga legalmente a suscribir un seguro de responsabilidad civil profesional de los operadores económicos profesionales que originan riesgos notables con su actividad. El régimen legal de los seguros obligatorios de responsabilidad civil se establece en la Disposición Adicional Segunda de la LOSSEAR que –a diferencia del antiguo art. 75 de la LCS que deroga– exige el rango legal para la creación de este tipo de seguros cuando dice que “la obligación de suscripción de seguros deberá establecerse mediante normas con rango de Ley”, que deberán contar con informe preceptivo de la DGSFP o del órgano competente de las Comunidades Autónomas, “con objeto de que puedan formular observaciones en materia de técnica aseguradora”5.
En el caso de la responsabilidad civil médica y sanitaria, la contemplación de la realidad más reciente nos dice que no escapa a la regla general que hemos descrito de incremento del riesgo de reclamaciones de su responsabilidad civil y, por ello, de la necesidad de su aseguramiento. En este sentido, la experiencia de los últimos ejercicios muestra una tendencia creciente del número de reclamaciones tanto a nivel cuantitativo como cualitativo.