Читать книгу Gestión de recursos laborales, formativos y análisis de puestos de trabajo para la inserción sociolaboral de personas con discapacidad. SSCG0109 - Aránzazu Rodríguez Jover - Страница 23
7.1. Prestaciones económicas básicas para la atención de las necesidades esenciales
ОглавлениеEstas hacen referencia a:
1 La prestación de la seguridad social de incapacidad permanente en su modalidad contributiva. En ella, se distinguen 4 tipos de discapacidad: discapacidad permanente parcial para la profesión habitual, incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente para todo trabajo y gran invalidez. Están reguladas en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
2 La pensión de orfandad de la seguridad social, que se otorga ante el fallecimiento de un/a trabajador/a. El huérfano no puede tener más de 18 o 22 años salvo que esté incapacitado para el trabajo y/o tenga reconocida una situación de dependencia.
3 Pensión de la seguridad social a favor de familiares, que se otorga a familiares que han convivido con el causante durante al menos 2 años con antelación al fallecimiento, que carecen de medios de subsistencia, que no tienen derecho a otra pensión y que no tienen familiares obligados a prestarles alimentos según lo que estipula el Código Civil.
4 Pensiones del seguro obligatorio de vejez e invalidez (SOVI), que es una pensión vitalicia que se otorga, en caso de discapacidad, a una persona que hubiese estado afiliada al Régimen de Retiro Obrero Obligatorio, no tenga derecho a otra pensión salvo la de viudedad, y tenga una incapacidad absoluta y permanente para la profesión habitual.
5 Pensión de invalidez de la seguridad social en su modalidad no contributiva. Entre otros hechos, requiere carecer de rentas o ingresos o que los ingresos, en cómputo anual, sean inferiores al importe íntegro anual de la pensión no contributiva.
6 Asignación económica por hijo a cargo o menor acogido a cargo, que consiste en una asignación económica para cada menor de 18 años si está afectado por una discapacidad igual o superior al 65 %.
7 Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM), que es una prestación económica de carácter periódico. Entre sus requisitos se estipula que tienen que tener reconocido un 65 % de discapacidad y no superar el 70 %, en cómputo anual, del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Además, se estipula que, si teniendo reconocido el derecho se comienza a trabajar, se suspenderá el pago, recuperándose automáticamente cuando finalice la actividad. Es una modalidad a extinguir en la que no se aceptan nuevas solicitudes.
Sabía que...
Durante el 2014, el importe mensual de una pensión no contributiva era de 369.90 € y el subsidio mensual de movilidad y trasporte era de 62.90 €. Además, según el Informe de Seguimiento y Evolución de la Gestión de las Pensiones no contributivas de la Seguridad Social y de las Prestaciones Sociales y Económicas para personas con discapacidad de junio de 2014, el 43.87 % de las Pensiones no Contributivas corresponden a la modalidad de Invalidez. Según datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, el 54 % de las personas discapacitadas en edad laboral percibieron una prestación durante 2012, y de ellas, el 18.6 % eras activas.
Actividades
18. Localice en internet el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, localice dentro del Capítulo V del Título II los grados de invalidez, así como los beneficiarios y prestaciones tanto en la modalidad contributiva como en la no contributiva.