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IV. BIBLIOGRAFÍA

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APILLUELO MARTÍN, M.: Los derechos sociales del trabajador autónomo: especialmente del pequeño y del dependiente, Tirant lo Blanch, Valencia 2006.

ALFONSO MELLADO, C.L., FABREGAT MONFORT, G. y PARDO GABALDÓN, R.: «Reformas urgentes en materia de trabajo autónomo: medidas laborales», Revista Derecho Social núm. 80 de 2018,

BALLESTER LAGUNA, F.: Reformas urgentes del trabajo autónomo. Análisis crítico de la Ley 6/2017, de 24 de octubre. Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, núm. 47 de 2017.

BALLESTER PASTOR, I.: «RETA: las actuales peculiaridades en materia de acción protectora», Documentación Laboral, núm. 69, 2003.

ESTEVE SEGARRA, M.A.: « Insuficiencias y propuestas de reforma para la relación laboral especial de abogados tras un decenio de aplicación: a propósito de la negociación colectiva para la abogacía» Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, núm. 44 de 2016.

GUERRERO VIZUETE, E.: Aproximación al ámbito subjetivo del trabajador autónomo, Tirant lo Blanch, Valencia (2017).

LEONÉS SALIDO, J. M.: «Edad mínima para acceder al trabajo autónomo: una controversia inacabada», Diario La Ley, núm. 7214 de 2009.

LÓPEZ ANIORTE, M. C.: LÓPEZ ANIORTE, M. C.: «El difuso concepto de trabajador por cuenta propia o autónomo. De la eventual cuantificación económica de la “habitualidad” al reconocimiento del trabajo autónomo a tiempo parcial», Revista Relaciones Laborales núm. 9 de 2013.

ORDEIG FOS, J. M.: El Sistema Español de Seguridad Social (y el de la Comunidad Europea), Editoriales de Derecho Reunidas, Madrid, 1993.

1

RDLegis 8/2015, de 30 octubre, que aprueba el Texto de la LGSS

2

López Aniorte, M. C.: «El difuso concepto de trabajador por cuenta propia o autónomo. De la eventual cuantificación económica de la “habitualidad” al reconocimiento del trabajo autónomo a tiempo parcial», Revista Relaciones Laborales núm. 9 de 2013. BALLESTER LAGUNA, F.: Reformas urgentes del trabajo autónomo. Análisis crítico de la Ley 6/2017, de 24 de octubre. Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, núm. 47 de 2017.

3

A título de ejemplo, RD 314/2006, de 17 de marzo (RCL 2006, 655) que aprueba el Código Técnico de la Edificación.

4

La Ley 25/2009 (RCL 2009, 2556), de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, modificó la Ley 2/1974, de 13 de febrero (RCL 1974, 346), sobre Colegios Profesionales

5

Ballester Pastor, I.: «RETA: “Las actuales peculiaridades en materia de acción protectora”», Documentación Laboral, núm. 69, 2003.

6

GUERRERO VIZUETE, E.: Aproximación al ámbito subjetivo del trabajador autónomo, Tirant lo Blanch (2017), p. 69

7

Leonés Salido, J. M.: «Edad mínima para acceder al trabajo autónomo: una controversia inacabada», Diario La Ley, núm. 7214 de 2009. Ver la Disp. Derog. Única LETA por la que se derogan todas aquellas normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en ella. Entre las cuales deberán figurar los arts. 7.1b) LGSS (RD-Legis 8/2015, de 30 octubre) y art. 3 D. 2530/1970.

8

No obstante, hay una excepción a esa prohibición absoluta que se contiene tanto en el art. 9.2 LETA, respecto al trabajo autónomo, como en el art. 6.4ET respeto al trabajo por cuenta ajena. Es el supuesto de la intervención de estos menores de 16 años en espectáculos públicos que, incluso, deberá autorizarse excepcionalmente por la autoridad laboral cuando no haya peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana, debiendo constar el permiso por escrito y para actos concretos y determinados

9

Reformada por LO 8/2000, de 22 de diciembre; por LO 2/2009, de 11 diciembre

10

RD 864/72001, RD 2393/2004 –modificado por RD 1162/2009, de 10 de julio‒ y RD 557/2011, de 20 de abril.

11

SSTS 29 octubre 1997 (RJ 1997, 7683) y 18 marzo 2003 (RJ 2003, 4836), por todas.

12

STS 20 marzo 2007 (RJ 2007, 3185): procede la baja en el RETA del vendedor ambulante cuyos ingresos no superan el SMI

13

Vid. ALFONSO MELLADO, C.L., FABREGAT MONFORT, G. y PARDO GABALDÓN, R.: «Reformas urgentes en materia de trabajo autónomo: medidas laborales», Revista Derecho Social núm. 80 de 2018, p. 52, con cita de SSTS 29/10/1997, rec. 406/1997, 14/02/2002, rec. 1349/2001 y 20/03/2007, rec. 5006/2005.

14

Para un análisis de la problemática de la realización del trabajo autónomo a tiempo completo o parcial: GUERREO VIZUETE, E.: Aproximación al ámbito subjetivo, cit., pp. 81 y ss.

15

Ordeig Fos, J. M.: El Sistema Español de Seguridad Social (y el de la Comunidad Europea), 5.ª edición, Editoriales de Derecho Reunidas, Madrid, 1993, pp. 535 y ss.

16

Al respecto Ley 32/2006, de 18 de octubre, relativa a la subcontratación en el sector de la construcción y la prohibición contenida en su art. 5.2.e).

17

Apilluelo Martín, M.: Los derechos sociales del trabajador autónomo: especialmente del pequeño y del dependiente, Tirant lo Blanch, Valencia 2006.

18

SSTS de 24 febrero 2000 y de 11 marzo 2005

19

Algunas decisiones judiciales se refieren a las parejas de hecho como relaciones de afectividad equiparables a la conyugal: SSTSJ, de Castilla y León de 17 junio 2002, y de Cataluña de 20 enero 2010.

20

. El ordenamiento jurídico de Seguridad Social ha ido recogiendo algunos casos de forma esporádica y excepcional en los que se reconoce a las parejas unidas de forma estable en una relación de afectividad análoga a la conyugal una situación equiparable a los matrimonios, en particular ha habido supuestos referidos a la asistencia sanitaria (Res. 29 diciembre 1984), al otorgamiento del subsidio de defunción para mutualistas de MUFACE ( art. 133 RD 375/2003) o a la pensión de viudedad en supuestos excepcionales de accidentes militares o terrorismo (RD 8/2004 y RDley 6/2006). La labor de la Jurisprudencia constitucional ha sido importante, principalmente por lo que atañe a la equiparación de los hijos matrimoniales y no matrimoniales que, con fundamento en el art. 39.2 CE, admitió el derecho al acrecimiento de la pensión de viudedad a la de orfandad en parejas de hecho ( STC 154/2006, de 22 mayo [RTC 2006, 154]). Sin embargo, la separación entre las formas de convivencia –conyugal y more uxorio ‒ es tajantemente sostenida por el Tribunal Constitucional, el cual ha afirmado que el matrimonio y la convivencia extramatrimonial no son situaciones equivalentes sino realidades jurídicamente distintas ( STC 155/1998, de 13 julio).

21

Modificada por Ley 26/2005, de 30 de noviembre.

22

La Ley 15/2009, de 11 noviembre, del Contrato de transporte de mercancías regula este contrato sustituyendo por derogación a los preceptos del CCom que regulaban esta materia

23

Vid. Real Decreto 2131/2008, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.

24

Hay que tener en cuenta el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

25

ESTEVE SEGARRA, M.A.: «Insuficiencias y propuestas de reforma para la relación laboral especial de abogados tras un decenio de aplicación: a propósito de la negociación colectiva para la abogacía» Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, núm. 44 de 2016.

26

Vid. Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, que regula la figura del mediador de seguros en sus dos modalidades: agentes de seguros (exclusivos o vinculados según presten servicios para una o varias entidades aseguradoras) ligados a la entidad aseguradora por un contrato de agencia de seguros, y corredores de seguros o reaseguros (arts. 6 y ss.).

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