Читать книгу La Relación Laboral Especial de los Abogados en Despachos - Icíar Alzaga Ruiz - Страница 26

B) Caso de la existencia de vínculo societario entre los abogados

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Este vínculo societario podrá ser de cualquier naturaleza, pues lo importante es que la sociedad de que se trate no actúe como un despacho unitario ante los clientes, a efectos de evitar que se presuma la existencia de una unidad funcional entre los abogados, y no la pluralidad inorgánica de abogados individuales, y ello aunque el contrato de sociedad no haya constituido el despacho, limitándose a establecer otro tipo de obligaciones entre los socios, por ejemplo las relativas a la contratación y mantenimiento de las instalaciones comunes.

Por ello, tampoco se ha considerado existente una relación laboral especial por la creación de una sociedad civil entre varios abogados y la percepción de un porcentaje de los beneficios netos anuales con anticipos mensuales [STSJ-Galicia 3288/2013, de 27 de junio de 2013 (JUR 2013, 252034)].

La Relación Laboral Especial de los Abogados en Despachos

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