Читать книгу Manual de casos prácticos de ISR 2020 - José Pérez Chávez - Страница 64

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1. Deducción correspondiente al ejercicio de 2020, de una maquinaria que se adquirió el 19 de marzo del mismo año.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar en el mismo mes de la adquisición.

•El ejercicio es enero-diciembre de 2020.

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

2. Deducción correspondiente al ejercicio de 2020 de una maquinaria que se adquirió el 19 de marzo del mismo año.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar el 14 de agosto de 2020.

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

3. Deducción correspondiente al ejercicio irregular de 2020 de una maquinaria que se adquirió el 12 de agosto del mismo año.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar en el mismo mes de la adquisición.

•El ejercicio es julio-diciembre de 2020 (irregular).

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

4. Deducción correspondiente al ejercicio de 2021, de una maquinaria que se adquirió el 2 de abril de 2020.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar el 17 de julio de 2020.

•El ejercicio es enero-diciembre de 2021.

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio siguiente al de su utilización.

5. Deducción correspondiente al ejercicio de 2021, de una maquinaria que se adquirió el 2 de abril de 2020.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar el 17 de marzo de 2021.

•El ejercicio es enero-diciembre de 2021.

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

6. Deducción para el ejercicio de 2021 de una maquinaria que se vendió el 7 de mayo de 2021.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se adquirió el 19 de marzo de 2020.

•Se empezó a utilizar el mismo mes de su adquisición.

•El ejercicio es enero-diciembre de 2021.

•Se optó por depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

7. Deducción para el ejercicio de 2020, al perder, por caso fortuito o fuerza mayor, una maquinaria el 30 de agosto de 2020.

•Se depreció con base en el artículo 31.

•Se empezó a utilizar el mismo mes de su adquisición.

•El ejercicio es enero-diciembre de 2020.

•Se optó por depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

8. Deducción correspondiente al ejercicio de 2020 de un automóvil que se adquirió el 23 de enero del mismo año.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar en el mismo mes de la adquisición.

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

•El precio de adquisición del automóvil es inferior a $175,000.00.

9. Deducción correspondiente al ejercicio de 2020 de un automóvil que se adquirió el 23 de enero del mismo año.

•Se deprecia con base en el artículo 31.

•Se empieza a utilizar en el mismo mes de la adquisición.

•El ejercicio es enero-diciembre de 2020.

•Se opta por comenzar a depreciar en el ejercicio en que se empezó a utilizar.

•El precio de adquisición del automóvil es superior a $175,000.00.

Manual de casos prácticos de ISR 2020

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