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Ejemplos de efectos indirectos frente a terceros de los derechos fundamentales en el derecho civil general Efectos indirectos frente a terceros en el derecho de responsabilidad civil extracontractual: la sentencia Lüth del Tribunal Constitucional Federal
ОглавлениеLa sentencia Lüth del BVerfG del 15 de enero de 195819 fue fundamental para el reconocimiento de un efecto indirecto frente a terceros de los derechos fundamentales, específicamente en lo que tiene que ver con los delitos civiles regulados en los §§ 823 y siguientes del BGB. La sentencia Lüth se basó en los siguientes hechos:
El señor Erich Lüth era presidente de la asociación de prensa de Hamburgo. En 1950, llamó al boicot de la película Unsterbliche Geliebte (La amante inmortal) del director Veit Harlan. El señor Harlan filmó, entre otras películas de propaganda antisemita, la cinta del mismo género Jud Süß (El judío Süß) en tiempos del nacionalsocialismo. Debido a las actividades propagandísticas de este director de cine, el señor Lüth exigió a los empresarios de cine, prestatarios, reproductores de películas y al público impedir la proyección de la película de Veit Harlan.
El productor y el reproductor de la película demandaron al señor Lüth ante un juzgado civil para que cesara su llamado al boicot. El juzgado civil acogió la demanda y ordenó al señor Lüth a terminar dichas actividades. El juzgado fundamentó esa decisión señalando que la exhortación de Lüth a impedir la proyección de la película representaba un hecho dañino, cometido con dolo, que atentaría contra las buenas costumbres en el sentido del § 826 del BGB. Con ello, el juzgado indicó que la actividad del señor Harlan como director de cine también estaría protegida por GG. En cuanto a su actividad profesional como director, el señor Harlan esgrimió la libertad de profesión contemplada en el art. 12 (1) de la GG.
El señor Lüth interpuso contra la decisión del juzgado civil una acción de tutela. El BVerfG revocó la orden dada por el juzgado civil en su sentencia. De acuerdo con la sentencia del BVerfG20, el juzgado civil habría debido observar el efecto de irradiación de los derechos fundamentales en la interpretación de las buenas costumbres en el sentido del § 826 del BGB. Especialmente, habría debido tener en cuenta el derecho fundamental a la libertad de opinión y expresión, consagrado en el art. 5 (1) de la GG. Según esta norma, cualquier persona tiene el derecho de expresar y de difundir libremente su opinión en palabras, escritos o imágenes. El derecho fundamental a la libertad de opinión, en un Estado democrático de derecho, es un derecho de especial importancia.
El señor Lüth había realizado su llamado al boicot, dada su preocupación por la visión internacional de Alemania y de las películas alemanas. De acuerdo con la perspectiva del BVerfG21, el señor Lüth podía recurrir a su derecho a la libertad de opinión contemplado en el art. 5 (1) de la GG. En el caso concreto, este derecho tendría una prevalencia sobre el derecho fundamental al ejercicio libre de la profesión del señor Harlan, regulado en el art. 12 (1) de la GG. Basado en el efecto de irradiación del derecho fundamental a la libre expresión de su opinión, el comportamiento del señor Lüth no podía verse como un atentado contra las buenas costumbres, en el sentido del § 826 del BGB. El BVerfG revocó, en consecuencia, la sentencia del juzgado civil dictada contra el señor Lüth que lo condenaba a cesar su llamado al boicot.