Читать книгу Entre el pesimismo y la esperanza: Los derechos humanos en América Latina - Esteban Pérez Caldentey, Sandra Serrano, Agostina Costantino - Страница 8
La institucionalización de los derechos humanos
ОглавлениеNo haremos aquí una profusa reflexión en torno a lo que significa “institución”, cómo se ha analizado y cuáles son las corrientes teóricas existentes, pues se trata de un concepto que ha recibido especial atención en las ciencias sociales. Partiremos del hecho de que la institucionalización de los dh remite al proceso por medio del cual las normas de esos derechos se crean y difunden en los Estados, mediante diferentes procesos (como la legislación, la construcción de agencias específicas, el desarrollo de políticas, las sentencias judiciales, entre otros).
En esos procesos se relacionan tres instancias: reglas, organizaciones y actores. Con frecuencia se dice que una institución alude a una práctica; justamente en ésta se identifica la articulación entre las tres instancias mencionadas. La institucionalización de una institución —valga la redundancia— se mide por la interacción específica entre aquellas tres en determinada circunstancia espacio-temporal.
En particular, en materia de dh, la institucionalización se concibe a partir del fuerte proceso de legislación que inicia en 1948 con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que, durante la segunda mitad del siglo xx, tiene un amplio desarrollo a través de los pactos y convenciones que integran el sistema universal, así como por medio de los sistemas regionales de dh. En particular, a nosotros nos interesa el sistema interamericano de derechos humanos.
Desde esta lógica, una de las principales preguntas planteadas en la literatura es si una más profusa generación y firma de tratados supone un mayor ejercicio de los derechos. Como se mencionó en el primer apartado, no hay acuerdo sobre este punto. En cambio, el debate actual ha dado un giro muy interesante: el análisis se ha desplazado hacia el grado en el que tales tratados se cumplen, y en este volumen se estudia qué tipo de institucionalización resulta óptima para propiciar un mayor ejercicio de derechos. Ello supone complejizar la idea de institucionalización de dh, por ello aquí se habla de sistemas de protección de derechos, con diferentes características, de acuerdo con la combinación entre las tres dimensiones que lo componen: la incorporación del didh en el derecho local; la generación de políticas públicas que hagan efectivos los derechos, y la generación de mecanismos efectivos de justiciabilidad de los derechos.