Читать книгу Teoría general de la reparación simbólica - Yolanda Sierra León - Страница 12
2.1. Sistema Interamericano de Derechos Humanos
ОглавлениеEl Sistema Interamericano de Derechos Humanos está compuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). Ambos órganos acogen medidas de reparación simbólica en sus recomendaciones y sentencias que se enfocan principalmente en: (i) medidas de satisfacción orientadas a la publicación de sentencias15, la realización de actos de reconocimiento de responsabilidad y solicitud de perdón16 y la búsqueda y localización de restos de personas desaparecidas17; (ii) garantías de no repetición, que incluyen reformas legales, becas, créditos de estudio y educación en derechos humanos18, y (iii) objetos de tipo material, relacionados con la construcción de monumentos, y de tipo inmaterial, con la asignación del nombre de la víctima a espacios o lugares19.
Adicionalmente, la CorteIDH otorga un efecto simbólico a la sentencia y la constituye como una forma de reparación.20 En ese sentido, algunos autores señalan que para que las sentencias cumplan un fin reparador deben “emanciparse estéticamente”. Al respecto, Eliana Rocío Motta considera:
Sin perjuicio de los importantes avances que la CteIDH ha demostrado respecto de la ideación de otras formas de reparación, la unificación de decisiones, la duración del proceso y el acceso a la decisión final; es necesario que a su vez la sentencia se emancipe estéticamente a través del componente artístico21 y lingüístico22. Estos componentes permitirán que se le proporcione un elemento transformador eficaz, capaz de modificar los arquetipos culturales que generan la violación de derechos y convertirse en un verdadero símbolo reparador para las víctimas y transformador para la comunidad en general. (Motta, 2018, pp. 157-158).
A continuación se analizarán algunos informes y sentencias proferidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, respectivamente, que consolidan jurisprudencialmente la reparación simbólica.